El Acto Administrativo núm. CCC-130-2026, de fecha 2026-09-30, inicia el procedimiento SUPBANCO-CCC-CP-2026-0013 para contratar servicios de mantenimiento de vehículos y motocicletas por dos años, con apropiación de RD$5,000,000. Aprueba el pliego, los estudios previos y las especificaciones técnicas, y designa cinco peritos para evaluar las ofertas. El acta registra también una convocatoria fechada el 22 de septiembre, aunque el portal indica publicación el 2 de octubre.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (3 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta, fechada el 30 de septiembre, identifica la convocatoria como fechada el 22 de septiembre, antes de la aprobación del pliego en este mismo acto. El portal registra publicación el 2 de octubre, por lo que debe verificarse si la fecha del acta corresponde a la convocatoria formal o a un documento previo; la regla exige aprobar el procedimiento y el pliego antes de publicar la convocatoria.
“La convocatoria para la participación en el procedimiento de contratación simplificada núm. SUPBANCO-CCC-CP-2026-0013, de fecha veintidós (22) del mes de septiembre del año dos mil veintiséis (2026)… … hoy treinta (30) del mes de septiembre”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 95 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 95 — Aprobación del procedimiento de selección y de los pliegos de condiciones
Artículo 95.- Aprobación del procedimiento de selección y de los pliegos de condiciones. Previo a la publicación de la convocatoria, la institución contratante deberá aprobar, mediante acto administrativo, el procedimiento de selección y los pliegos de condiciones que hayan sido elaborados; el cual dará inicio al procedimiento de selección.
El acta afirma que estaban presentes todos los miembros y, a la vez, consigna que Sarah Andrainet De Oleo Sosa estaba ausente por vacaciones. Cuatro miembros, incluida la presidencia, sí superan el quórum mínimo de tres; el punto es verificar la exactitud del registro de asistencia, no una falta de quórum.
“La señora Sarah Andrainet De Oleo Sosa, Responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública, se encuentra ausente de la presente deliberación por motivo de vacaciones. … al determinar que se encontraban todos los miembros pre”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 18 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 18 — Funcionamiento interno y condiciones de deliberación
Artículo 18.- Funcionamiento interno y condiciones de deliberación. Los Comités de Contrataciones Públicas se rigen por las siguientes reglas de funcionamiento interno y condiciones de deliberación: 1. Las convocatorias a reuniones de los Comités de Contrataciones Públicas deben ser realizadas por el presidente, con la asistencia de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas. 2. El personal de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe fungir como secretario, con la responsabilidad de elaborar las actas de las reuniones y asistir en la coordinación de los encuentros. 3. El quórum mínimo para iniciar las reuniones y deliberar es de al menos tres (3) miembros, siendo siempre…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona