La certificación, fechada el 20 de septiembre de 2026, acredita apropiación presupuestaria de RD$5,000,000 para adquirir dos ecocardiógrafos a un precio unitario estimado de RD$2,500,000. El monto y las cantidades coinciden con los datos del portal, y la certificación es anterior a la convocatoria del 30 de septiembre de 2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento identifica a Eugenio Rosario como Sub-Director Administrativo y Financiero en el cuerpo, pero el bloque de firma lo presenta como Director Administrativo y Financiero. Conviene verificar el cargo y la competencia con que emitió la certificación de fondos.
“Yo, Eugenio Rosario, en mi calidad de Sub-Director Administrativo y Financiero del Hospital Materno Infantil San Lorenzo de los Mina, … Director Administrativo y Financiero [sello]”
La certificación fija RD$2,500,000 por unidad; el contexto del portal reporta, para 62 ítems identificados como ecocardiógrafo por unidad, una mediana estimada de RD$15,000 y un rango central de RD$5,586.58–RD$81,394.73. La diferencia merece verificar la comparabilidad de los equipos y el sustento de mercado, aunque las especificaciones y configuraciones pueden explicar diferencias de precio.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 88 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Ley 47-25, artículo 88 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 88.- Actuaciones incluidas en los estudios previos. Las instituciones contratantes deberán agotar para la realización de los estudios previos, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación, de manera enunciativa y no limitativa, una o varias de las actuaciones siguientes: 1) Estudios de mercado; 2) Consultar los catálogos de bienes y servicios y sistemas de información de precios administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato; 4) Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la institución; 5)…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona