INICONSA presentó el 29 de septiembre de 2026 un recurso de reconsideración contra su no adjudicación en el proceso ASC-CCC-CP-2026-0005, alegando que presentó la garantía de seriedad y que estaba exenta por su condición de MIPYME. El documento anexa el informe económico y el acta que adjudican ítems a OPORTO GROUP, Rossy Lorenny Garcia Rodriguez, Constructora ZJS Perez y Asociados y CONSTRUCTORA GARCES CASTILLO & ASOCIADOS; para INICONSA, el informe recomienda no adjudicar los ítems 2 y 5 por incumplimientos descritos en términos generales.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (13 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe recomienda no adjudicar a INICONSA dos ítems por incumplimiento de los requerimientos, pero la justificación reproducida no identifica el requisito concreto incumplido. El recurso alega que la garantía no fue una omisión y pide que se explique la causa individualizada; la evaluación de una oferta debe estar motivada y justificar sus resultados.
“EI ofeTente INICONSA (INGENIERÍA INSTALACIONES Y CONSTRUCCIÓN), SRL, No cumplió con todos los requerimientos planteados para las Ofertas Económica y Técnica, por lo que recomendamos:”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 124 · Reglamento 52-26, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 124 — Informes de los peritos evaluadores
Artículo 124.- Informes de los peritos evaluadores. Los peritos responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, tanto en la primera como en la segunda etapa de evaluación, deberán presentar informes motivados en donde se justifiquen los resultados a los que arriben. Párrafo I.- Los informes de los peritos evaluadores deberán contar con una evaluación de los aspectos legales, técnicos y económicos de las propuestas y, en adición, deberán presentarse las recomendaciones para que la autoridad competente, según lo establecido en el artículo 68 de la presente ley, tome una decisión sobre la habilitación, adjudicación, declaratoria de desierto o cancelación del procedimiento de…
Reglamento 52-26, artículo 118 — Reglas generales para los informes de evaluación
Artículo 118.- Reglas generales para los informes de evaluación. Los informes elaborados por los peritos evaluadores deben presentarse por escrito, firmados y fechados, y contener al menos los siguientes elementos: 1. Identificación del procedimiento de contratación, número de referencia y objeto del contrato; 2. Nombre y cargo de los peritos participantes; 3. Descripción de la metodología aplicada para la evaluación de las ofertas, asegurando el apego irrestricto a los criterios de evaluación y reglas de valoración establecidos en el pliego de condiciones; 4. Resumen de los aspectos legales, técnicos y económicos analizados; 5. Cuadros comparativos de las puntuaciones asignadas y la…
Ítem 2, Génesis, Madre Vieja Sur; ítem 5, Urbanización José Francisco Peña Gómez
RD$10,902,079
OPORTO GROUP, SRLAdjudicado el ítem de Génesis, Madre Vieja Sur por cumplir los requerimientos; el informe recomienda no adjudicarle el ítem 5.
Adjudicado
Génesis, Madre Vieja Sur
RD$3,634,394
Damian Oscar Puello PérezEl informe recomienda no adjudicarle los ítems de La Plena y Los Britos, Sainagua, por no cumplir los requerimientos planteados.
No habilitado
La Plena; Los Britos, Sainagua
RD$5,381,790
Rossy Lorenny Garcia RodriguezEl informe recomienda adjudicarle los ítems de La Capilla, Najayo Arriba y Los Britos, Sainagua, por cumplir los requerimientos.
Adjudicado
La Capilla, Najayo Arriba; Los Britos, Sainagua
RD$5,847,198
Constructora ZJS Perez & Asociados, SRLAdjudicado el ítem de la Urbanización José Francisco Peña Gómez I por cumplir los requerimientos.
Constructora CAG, SRLEl informe recomienda no adjudicarle el ítem de la Urbanización José Francisco Peña Gómez I; la frase justificativa termina indicando contradictoriamente que habría cumplido los requerimientos.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona