El acto, fechado el 23 de septiembre de 2026, adjudica tres lotes del proceso ASDN-DAF-CM-2026-0043: el Lote 1 a Nicolás García Cuesta por RD$5,347,438.85, el Lote 2 a Constructora Supremarenas, SRL por RD$5,363,873.36 y el Lote 3 a Tiru Company Group, SRL por RD$4,853,608.30. Aunque el encabezado y los considerandos lo identifican como Contratación Menor, la parte resolutiva lo denomina «comparación de precio», lo que no coincide con la modalidad que registra el portal.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (13 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acto adjudica este proceso por RD$16,152,176.57. Según los datos de otros procesos, entre el 15 de junio y el 10 de septiembre de 2026 se convocaron también obras administrativas por RD$16,000,000, RD$11,100,000 y RD$15,468,890.93; junto con este proceso suman RD$58,721,067.50, por encima del umbral de Contratación Menor para obras. Los objetos pueden corresponder a necesidades distintas; conviene comprobar si pertenecen al mismo rubro y si fueron planificados separadamente.
“el monto de Diecis6is NIIlones Ciento Cincuenta y Dos Mil Ciento Setenta y Seis Pesos Dominicanos Con 57/100 QDS16,152,176.57)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 81 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 81 — Prohibición de fraccionamiento
Artículo 81.- Prohibición de fraccionamiento. Se prohibirá el fraccionamiento de contrataciones de bienes, servicios u obras cuando este tenga por objeto eludir los procedimientos de contratación aplicables para en cambio optar por otros de menor cuantía. Párrafo I.- Se considerará fraccionamiento la división de contrataciones para la adquisición de bienes, servicios u obras de un mismo rubro, de conformidad con la clasificación adoptada por la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de un lapso menor a tres (3) meses, contados a partir del primer día de la convocatoria. Párrafo II.- La autoridad administrativa responsable no deberá permitir el fraccionamiento cuando habiendo…
El portal registra Contratación Menor y el monto estimado es RD$16,152,176.57. Para obras convocadas en 2026, el umbral de Contratación Menor llega hasta RD$53,622,276.92, mientras que la Contratación Simplificada —denominada Comparación de Precios en el portal— comienza en RD$53,622,276.93. La referencia resolutiva a «comparación de precio» contradice la modalidad consignada en el encabezado y requiere verificar qué reglas rigieron la evaluación y adjudicación.
“PRIMERO: ADJUDICA el procediniento por comparaci6n de precio de referencia ASDN-DAF-CM-2026-0043 para la "CONTRATACION DE OBRAS DEL PRESUPUESTO ADNINISTRATIVO," entidad comercial indicada a continuaci6n”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Artículo 57.- Selección por cuantía. La selección por cuantía aplicará en: 1) La licitación pública cuando el valor estimado sea igual o superior al umbral mínimo determinado en aplicación del tratado internacional de libre comercio vigente, el cual deberá ser fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 2) La contratación simplificada cuando el valor estimado sea inferior al umbral fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) La contratación menor cuando el valor estimado sea inferior al umbral de contratación simplificada fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de…
El acto adjudica los lotes 2 y 3 a Constructora Supremarenas y Tiru Company Group y afirma que los oferentes cumplieron los requerimientos. Sin embargo, según la consulta de DGII del 12 de octubre de 2026, posterior al proceso, las actividades registradas para ambas aparecen vinculadas, respectivamente, a servicios inmobiliarios y al alquiler de maquinaria; verificar la actividad y capacidad acreditadas cuando presentaron sus ofertas, sin inferir de esos datos posteriores que incumplieran entonces.
“RESULTA: Que, de la evaluaci6n de la oferta presentada, se pudo concluir que el oferente participante cumplla con todos los requerinientos establecidos en las especificaciones tecnicas elaboradas en ocasi6n del procedi- miento […], tanto…”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
El acto adjudica el Lote 1 a Nicolás García Cuesta. El RPE consultado el 13 de octubre de 2026 lo ubica en Barahona, mientras que las obras se ejecutan en Santo Domingo Norte; como el dato registral es posterior y no prueba por sí solo el domicilio al momento de ofertar ni descarta presencia operativa local, debe verificarse el domicilio y la capacidad local considerados en la evaluación.
“NICOLAS GARCIA CUESTA Lote I RDSj47,438.85”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 199 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 199 — Participación de proveedores locales
Artículo 199.- Participación de proveedores locales. En las contrataciones públicas de los gobiernos locales se establecerá como condición de participación que los proveedores estén domiciliados en el distrito municipal o municipio en el que se vayan a suministrar los bienes, prestar los servicios o ejecutar las obras. Párrafo I.- En caso de que no existan proveedores que puedan satisfacer el objeto contractual, se priorizará a los proveedores de la provincia o, en su defecto, los de la región. Párrafo II.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley establecerán para los oferentes de los distritos municipales y los municipios en que no estén asentadas las ciudades cabeceras de…
Nicolás García CuestaAdjudicado el Lote 1; el acto indica que su oferta técnica cumplió lo solicitado y que la económica cumplió con el monto destinado.
Adjudicado
Lote 1
RD$5,347,439
CONSTRUCTORA SUPREMARENAS, SRLAdjudicada el Lote 2; el acto indica que su oferta técnica cumplió lo solicitado y que la económica cumplió con el monto destinado.
Adjudicado
Lote 2
RD$5,363,873
TIRU COMPANY GROUP, SRLAdjudicada el Lote 3; el acto indica que su oferta técnica cumplió lo solicitado y que la económica cumplió con el monto destinado.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Artículo 59.- Umbrales de contratación. Los umbrales topes para la modalidad de selección a aplicar en un proceso de contratación serán calculados por la Dirección General de Contrataciones Públicas anualmente, multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso Nacional, por los factores siguientes, según corresponda a obras, bienes o servicios: 1) Licitación pública: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 2) Licitación pública abreviada: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 3) Sortero de obras: a) Obras: 0.00015. 4) Contratación simplificada: a) Obras: 0.00004; b) Bienes: 0.0000015; c)…
Reglamento 52-26, artículo 145 — Contratación menor
Artículo 145.- Contratación menor. De conformidad con lo previsto en la Ley núm. 47-25, el procedimiento de contratación menor solo puede usarse cuando el valor estimado de la contratación no supere el umbral aplicable y en alguno de los siguientes casos: 1. Bienes y servicios comunes y estandarizados. 2. Obras de menor cuantía. 3. Reparaciones menores. Párrafo. En la aprobación de la modalidad de procedimiento, el responsable debe justificar la procedencia de la contratación menor en atención a lo previsto en la Ley núm. 47-25 y en el presente artículo.