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Pliego

PLIEGO DE CONDIICONES.pdf

Contratación de Obras del Presupuesto Administrativo · Ayuntamiento Santo Domingo Norte

Publicado el 10 sept de 202628 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ASDN-DAF-CM-2026-0043

Lo que dice

El pliego establece una contratación menor de obras del Presupuesto Administrativo del Ayuntamiento Santo Domingo Norte, dividida en tres lotes por un total de RD$16,152,176.57. Fija la convocatoria para el 10 de septiembre de 2026 y la recepción de ofertas para el 16 de septiembre de 2026; prevé adjudicar por menor precio entre las ofertas que cumplan los requisitos. El documento contiene requisitos de garantía y solvencia, y reglas de evaluación y apertura que ameritan revisión.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (8)

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Prohibición amplia por accionistas o socios coincidentes

Documento del 10 sept 2026 · hace 1 mes

El pliego prohíbe la participación simultánea de empresas que compartan identidad de accionistas o tengan algún socio en común, sin limitar la regla a una participación múltiple de la misma persona ni a una conducta prohibida comprobada. Esta condición puede excluir empresas por su sola estructura societaria y restringir la concurrencia.

“No se I)ermite la mtltip]e participaci6n, esto es, tina persona fisica no podra participar come persona fisica si ]a empresa en ]a que es socio taml)i6n participa y viceversa. En ese sentfro, bs participantes que posean esta condici6n deb”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 36 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación

Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.

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Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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El cronograma no separa la apertura económica de la evaluación técnica

Documento del 10 sept 2026 · hace 1 mes

El cronograma fija para una misma fecha y hora la apertura y evaluación de las ofertas técnicas y económicas. La ley establece que las ofertas económicas solo pueden conocerse después de la apertura y evaluación final de las técnicas; la redacción del pliego deja sin claridad esa secuencia.

“5. Apertura, verificaci6n, validaci6n y evalunci6n del contenido de … las Ofertas T6cnicas "Sobre A" v Ofertas ccon6micas "Sobre 8”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 113 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 113 — Apertura de ofertas

Artículo 113.- Apertura de ofertas. Las ofertas deberán abrirse en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones o en sus alcances sobre prórrogas, en el lugar y con las formalidades que se hayan indicado; debiendo ser agotado el procedimiento siguiente: 1) Una vez agotado el horario de recepción de las ofertas, deberán abrirse las ofertas técnicas o “Sobres A” en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones; 2) El acto de apertura se llevará a cabo por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, según corresponda, y en presencia de notario público, quien se limitará a certificarlo. El acto será público para todo aquel…

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Garantía de seriedad exigida también a oferentes MIPYME

Documento del 10 sept 2026 · hace 1 mes

El pliego exige garantía de seriedad y solo indica que, para una MIPYME, se aceptará una fianza de seguro. La ley establece que no se requiere garantía de seriedad de oferta a las MIPYMES, por lo que la condición publicada puede imponerles un costo y un requisito de participación adicional.

“los(as) oferentes/proponentes deberin coustituir una garantia de seriedad de su ofata, que este vigerfe hasta cuarenta y cinco (45) dias habi]es desputs de la feeha prevista en el cronogramapara la suscripci6n del conhato”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES

Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…

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Solvencia bancaria adicional del 30% y no subsanable

Documento del 10 sept 2026 · hace 1 mes

Se exige una certificación bancaria que acredite fondos disponibles equivalentes al 30% de la oferta y se califica como no subsanable. Es una exigencia financiera que puede limitar la participación y cuya proporcionalidad respecto de cada lote y de la capacidad necesaria para ejecutar las obras merece verificarse.

“5) Certificacidn de solvencia econ6mica, de un banco comercial de la reptiblicadominieana, que indique que el oferente posee el treinta por ciento (30%) disponible de la ofem presentada. (no subeaml)Ie)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Subcontratación de hasta 50% sin limitarla a MIPYMES

Documento del 10 sept 2026 · hace 1 mes

El pliego permite subcontratar hasta el 50% de las tareas sin condicionar ese porcentaje a que las subcontratistas sean MIPYMES. La ley fija un máximo general de 45% y contempla hasta 50% de manera especial cuando las subcontratadas son MIPYMES.

“El(la) contratisfa podri subcontratar la ejecuci6n de hasta el 50% del monto de las tareas comprendidas en este pliego de condiciones”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 152 · Ley 47-25, art. 176 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 152 — Subcontratación

Artículo 152.- Subcontratación. Los proveedores podrán subcontratar la realización parcial de las prestaciones requeridas por hasta un cuarenta y cinco por ciento (45%) del monto del contrato, siempre que la persona propuesta cumpla con los requisitos de calificación que resulten adecuados y proporcionales a las obligaciones contractuales pendientes de ejecutar y a la responsabilidad que deba asumir y no se encuentre incurso en el régimen de prohibiciones previsto en la presente ley. Párrafo I.- Autorizada la subcontratación, el proveedor contratado mantendrá su responsabilidad frente a la institución contratante por el cumplimiento del contrato. Párrafo II.- En ningún caso la…

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Ley 47-25, artículo 176 — Porcentaje subcontratación entre MIPYMES

Artículo 176.-Porcentaje subcontratación entre MIPYMES. El porcentaje de subcontratación permitido podrá alcanzar hasta el cincuenta por ciento (50%), de manera especial, cuando las empresas subcontratadas sean Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES).

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Plazo de hasta 20 días hábiles para suscribir

Documento del 10 sept 2026 · hace 1 mes

El pliego contempla hasta 20 días hábiles desde la notificación de la adjudicación para suscribir la orden o contrato. La ley establece un máximo de 10 días hábiles para suscribir contratos y de 5 días hábiles para formalizar órdenes de compra o servicio.

“La orden de compra/servicio entre AYUNTANIENTO SANTO DOMINGO NORTE (ASDN) y el(la) adjudicatario(a) debera ser suscrito en la fecha que establece el cronogrania de actividades del presente pliego de condiciones, el cual no debed sea mayor a”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios

Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…

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Plazo de defensa en debida diligencia inferior al previsto para excluir

Documento del 10 sept 2026 · hace 1 mes

Para indicios detectados en la debida diligencia, el pliego concede tres días hábiles para responder antes de la descalificación. El Reglamento fija cinco días hábiles para presentar alegatos en el procedimiento de exclusión por prácticas prohibidas; conviene verificar cómo se aplicaría esa diferencia si la diligencia conduce a una exclusión.

“Adends,1e otorgari un plazD de ties (3) dias habiles para que el oferente presente, tambich per escrito, sus argumentos y evidencds que demuestren que no existe lo alegado.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 110 · Ley 47-25, art. 116 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 110 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas

Artículo 110.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. La exclusión de oferentes por haber incurrido en alguna de las prácticas prohibidas establecidas en el artículo 116 de la Ley núm. 47-25 debe cumplir con el siguiente procedimiento: 1. El procedimiento puede iniciar de oficio o a requerimiento de cualquier parte interesada o ciudadano; 2. El inicio del procedimiento debe formalizarse mediante acto administrativo motivado y notificado al oferente correspondiente, en el que se detallen las prácticas prohibidas en las que habría incurrido y las pruebas que las sustenten; 3. A partir de la notificación del acto administrativo indicado en el numeral anterior, el oferente tiene un…

Texto oficial completo

Ley 47-25, artículo 116 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas

Artículo 116.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. Los oferentes, en cualquier fase del procedimiento de selección, podrán ser excluidos cuando se compruebe que han incurrido en algunas de las prácticas prohibidas siguientes: 1) Cuando el o los oferentes se encuentre en el régimen de inhabilidades previsto en la presente ley o haya intentado eludirlo a través de maniobras; 2) Cuando el o los oferentes haya desarrollado prácticas o actuaciones tendentes a influenciar a las autoridades de la institución contratante, a fin de ser beneficiado directa o indirectamente; 3) Cuando el o los oferentes hayan ejercido actos o acuerdos nominados y sancionados por la ley sobre defensa de la…

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Experiencia y referencias mínimas requieren verificar proporcionalidad

Documento del 10 sept 2026 · hace 1 mes

Para las obras, el pliego requiere al menos dos años de experiencia en el tipo de suministro y tres referencias de recepción conforme, respaldadas por contratos u órdenes. Dado el valor de los lotes, la proporcionalidad de estas exigencias y su conexión con la ejecución concreta merece revisión.

“Cartas de referencia de reeepci6n conforme minimo tres (3 … de suministros de serviciosrecibides con satisfacci6n, debed anexar contrato u orden de compra. Formularioexperfenciacomocontratista/proveedoreneste … tipo de suministro (SNCC.D”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Oferentes que registra (1)

1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
INICONSA (Ingeniería De Instalaciones & Construcciones), SRLEl portal registra una oferta cargada y pendiente; el documento no consigna una decisión de habilitación ni adjudicación.Mencionado—RD$14,536,959

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  • VOLUMETRIA.pdfDocumento · 10 sept de 2026
  • COMPROMISO ETICO.docxDocumento · 10 sept de 2026
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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