El Lote I se adjudicó pese a que el acta consigna un precio unitario mayor
· hace 19 días
El acta registra que Comidas Sanas presentó el menor precio unitario para los lotes I y II, pero adjudica el Lote I a Orox. El pliego establece adjudicación por menor precio para cada lote; aunque el informe atribuye a Orox mayor puntaje final global, el acta no explica cómo ese resultado concilia la adjudicación del Lote I con el criterio publicado. Este documento aporta la decisión y los montos adjudicados: RD$6,628,500.00 a Orox y RD$3,826,125.00 a Comidas Sanas.
“El oferente Comidas Sanas P & R, S.R.L., presentó propuesta por un valor tota! de RD$10,123,200.00, presentó menor precio unitario fína! para el ¡ote 1 y 2, por valor de RD$241.53 … Orox Inversiones, S.R.L … 1er RD$6,628,500”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 121 · Ley 47-25, art. 125 · Reglamento 52-26, art. 114 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 121 — Menor precio
Artículo 121.- Menor precio. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir del menor precio, la institución contratante deberá evaluar en primer lugar la oferta técnica “Sobre A” bajo el criterio cumple o no cumple, y solo aquellas propuestas que cumplan con todos los criterios establecidos, serán habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I.- La oferta más conveniente será aquella que luego de haber cumplido todo lo técnico, presente el menor precio. Párrafo II.- Para el procedimiento de contratación mediante subasta inversa, siempre será considerada como propuesta más conveniente la de menor precio ofertado.
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Reglamento 52-26, artículo 114 — Criterios de adjudicación
Artículo 114.- Criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación constituyen las reglas generales a partir de las cuales se entiende una propuesta como la más conveniente. Deben ser establecidos de manera inequívoca en el pliego de condiciones. De conformidad con el contenido de la Ley núm. 47-25, pueden ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor costo atendiendo al…