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Pliego

ESPECIFICACIONES TECNICAS GENERALES.pdf

Construcción de Obras del Parque Recreativo y Ecológico en la Margen del Rio Isabela en el Barrio La Zurza, Distrito Nacional. · Unidad Ejecutora para la Readecuación de Barrios y Entornos (URBE)

Publicado el 23 sept de 202649 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso URBE-CCC-LPN-2026-0005

Lo que dice

El documento, fechado en agosto de 2026, contiene especificaciones técnicas generales para la construcción del Parque Recreativo y Ecológico en La Zurza, con una superficie aproximada de intervención de 45,000 m². Establece requisitos habilitantes de experiencia, equipos y personal, además de criterios de evaluación técnica por 80 puntos y una ponderación final de 80% técnica y 20% económica.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentosRD$490 millones

Acumulación de requisitos de experiencia puede restringir la concurrencia

Documento del 23 sept 2026 · hace 26 días

Para un contrato estimado en RD$490,000,000, las especificaciones exigen, entre otros requisitos, diez años en construcción, experiencia contractual de alto monto y experiencia en varias categorías de obra con umbrales propios. La acumulación merece revisión para determinar si cada requisito y su efecto conjunto son proporcionales al objeto y están técnicamente sustentados.

““Experiencia mínima de 10 años en el sector construcción.” … “Demostración de Experiencia en la ejecución de al menos dos (2) contratos con montos igual o superiores a los ciento setenta y cinco millones de pesos dominicanos (RD$175,000,000” (pág. 20, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

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A revisarHallazgo en documentos

Requisito contradictorio para el residente de obra paisajista

Documento del 23 sept 2026 · hace 26 días

La tabla atribuye al residente de obra paisajista experiencia en proyectos eléctricos y, en la página siguiente, experiencia como residente en construcción de áreas verdes y arborización. La contradicción deja incierto qué experiencia se exige para cumplir la habilitación de este rol.

““Residente de Obra Paisajista. | Participación en al menos dos (2) proyectos como residente de obras eléctricas.” … “Participación en al menos dos (2) proyectos como Residente en la construcción de áreas verdes y arborización.”” (págs. 37-38, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

A revisarHallazgo en documentos

Contradicción sobre qué personal clave recibe puntuación

Documento del 23 sept 2026 · hace 26 días

El documento afirma que solo se puntúan el director general de obra y el residente de obras civiles, pero la tabla también asigna hasta cuatro puntos a un criterio rotulado como ingeniero civil o arquitecto. Esto puede generar incertidumbre sobre a quién se aplica esa puntuación y cómo comparar las ofertas.

““Se puntúan únicamente el director general de Obra y el Residente de Obras Civiles.” … “Ingeniero Civil o Arquitecto con experiencia en la ejecución de obras civiles. | Certificado de experiencias emitidas por la empresa contratante donde s” (págs. 44-45, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 101 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

A revisarHallazgo en documentos

Costos de ingeniería complementaria y discrepancias asumidos por el contratista

Documento del 23 sept 2026 · hace 26 días

Las especificaciones asignan al oferente adjudicado los costos de estudios, verificaciones y soluciones de ingeniería que resulten necesarios, sin costos adicionales, y rechazan reclamaciones posteriores por omisiones o discordancias documentales. La extensión de estas obligaciones puede dificultar la estimación comparable del precio y merece verificarse frente a la identificación y asignación de riesgos del expediente.

““Todos los costos asociados a los estudios generales, a la verificación y revisión de la ingeniería suministrada, a los estudios complementarios que resulten necesarios y a las soluciones de ingeniería técnica y estructural requeridas para ” (pág. 8, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 135 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos

Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…

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Ley 47-25, artículo 135 — Contenido mínimo de los contratos

Artículo 135.- Contenido mínimo de los contratos. Para ser considerados válidos, los contratos deberán tener el siguiente contenido mínimo: 1) Identificación de las partes contratantes; 2) Acreditación de la calidad de los suscribientes a los fines de la formalización del contrato; 3) Antecedentes de la contratación; 4) Definición del objeto contractual y tipo de contrato; 5) La duración del contrato, la fecha de inicio de su ejecución, el cronograma de entrega o prestaciones y la posibilidad de prórrogas a la duración; 6) La determinación del riesgo previsible y el esquema bajo el cual estará distribuido entre las partes; 7) El precio cierto o el modo de determinarlo, los criterios para el…

Otros documentos del proceso (27)

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  • LISTADO DE PARTIDAS.xlsxDocumento · 18 sept de 2026
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  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

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