El Acto Administrativo núm. 381/2026, de fecha 2026-09-22, aprueba la Enmienda núm. 01-2026 al numeral 12.3 del pliego del proceso INAPA-CCC-CP-2026-0029. Precisa que la adjudicación se basará en la mejor relación calidad-costo, determinada por la mayor puntuación total de las ofertas técnica y económica; el pasaje del pliego aportado ya contemplaba adjudicar según la suma de esas puntuaciones.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Sección I, numeral 12.3Criterio de adjudicación | El pasaje del pliego aportado establece adjudicar al oferente habilitado que obtenga la mayor puntuación sumando la oferta técnica y la económica, sin denominar expresamente el criterio como calidad-costo. | La enmienda denomina el criterio mejor relación calidad-costo y establece que se determinará por el puntaje final más elevado, totalizadas las ponderaciones técnica y económica. | Aclara |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona