La Resolución núm. SNS/CCP/2026/183, de 2026-09-22, aprueba la Enmienda núm. 1 al pliego del proceso SNS-CCC-CP-2026-0027. Añade una plantilla de precios editable, ajusta los requisitos documentales para MIPYMES, fija el anticipo en 30% dentro de un máximo de 30 días desde la firma y establece una vigencia contractual de hasta 12 meses; no consigna cambios al monto estimado de RD$5,000,000.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: La exigencia de estar al día en obligaciones fiscales y de seguridad social queda exceptuada para MIPYMES en los términos legales: incumplimiento de hasta seis meses..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La enmienda establece el pago del anticipo del 30% dentro de un máximo de 30 días desde la firma. La Ley 47-25 dispone que el anticipo MIPYME se otorgue con la suscripción del contrato u orden; el plazo añadido puede diferir el acceso a esos fondos. La garantía por el total del avance es una salvaguarda consignada en la misma enmienda.
“El anticipo que le será otorgado al(la) adjudicatario(a) como parte de las condiciones de pago, previstas en el numeral 11, a un 30% si se trata de un oferente certificado como MIPYME, se hará en un plazo no mayor de treinta (30) días a”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
Según el portal, la enmienda se registró el 22 de septiembre y el cierre de ofertas es el 25 de septiembre: tres días calendario para incorporar, entre otros cambios, una plantilla editable y nuevas condiciones del anticipo. Merece verificarse si ese tiempo permitió ajustar las propuestas; la fecha disponible no evidencia por sí sola que se activara la regla de extensión posterior al 75% del plazo.
“PRIMERO: ENMENDAR, se agrega el documento "Plantilla de precios como documento requerido " en formato editable.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
«Certificación MIPYMES» exclusivamente, por tratarse de un procedimiento dirigido a MIPYMES.
Aclara
11.1.1 Credenciales — documentación financieraCertificaciones DGII y TSS y excepción MIPYME
El texto previo de los numerales 2 y 3 no se reproduce en la resolución.
Se requieren certificaciones vigentes de DGII y TSS, con aplicación del artículo 172, párrafo III, de la Ley 47-25 para proveedores MIPYMES.
RelajaQuita un control: La exigencia de estar al día en obligaciones fiscales y de seguridad social queda exceptuada para MIPYMES en los términos legales: incumplimiento de hasta seis meses.
Punto 7 — Anticipo y garantía de buen usoAnticipo a MIPYME
El texto anterior del punto 7 no se reproduce en la resolución.
Anticipo del 30% para adjudicatarios certificados como MIPYME, dentro de un máximo de 30 días desde la firma del contrato y contra garantía de buen uso por el total del avance.
Endurece
Numeral 4 — Vigencia del contratoDuración contractual
El texto anterior del numeral 4 no se reproduce en la resolución.
La vigencia será de hasta 12 meses desde la suscripción y hasta el fiel cumplimiento y liquidación, conforme al cronograma de entregas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona