El informe preliminar de evaluación técnica del proceso ARS SENASA-CCC-LPN-2026-0004 recomienda al Comité permitir la subsanación de documentos dentro del plazo previsto en el pliego. Su cuadro consolidado registra cinco oferentes con resultado «Cumple», seis que deben subsanar y dos descalificados por no presentar la oferta técnica y colocar la oferta económica en el Sobre A. La portada indica 14 de septiembre de 2026 y el cierre del informe indica 16 de septiembre de 2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe consigna que H&H Solutions no presentó oferta técnica y colocó su oferta económica en el Sobre A, pero en la tabla técnica también califica como «Cumple» documentación técnica específica. La contradicción amerita verificar qué documentos fueron realmente evaluados; el cuadro consolidado igualmente recomienda su descalificación preliminar.
“Oferta Técnica/ especificaciones técnicas de acuerdo con el numeral "3. Términos de referencia del servicio", firmada por el representante legal o apoderado y sellada) | No Cumple | No presentó oferta técnica. | Presentó su oferta económica”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 124 · Reglamento 52-26, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 124 — Informes de los peritos evaluadores
Artículo 124.- Informes de los peritos evaluadores. Los peritos responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, tanto en la primera como en la segunda etapa de evaluación, deberán presentar informes motivados en donde se justifiquen los resultados a los que arriben. Párrafo I.- Los informes de los peritos evaluadores deberán contar con una evaluación de los aspectos legales, técnicos y económicos de las propuestas y, en adición, deberán presentarse las recomendaciones para que la autoridad competente, según lo establecido en el artículo 68 de la presente ley, tome una decisión sobre la habilitación, adjudicación, declaratoria de desierto o cancelación del procedimiento de…
Reglamento 52-26, artículo 118 — Reglas generales para los informes de evaluación
Artículo 118.- Reglas generales para los informes de evaluación. Los informes elaborados por los peritos evaluadores deben presentarse por escrito, firmados y fechados, y contener al menos los siguientes elementos: 1. Identificación del procedimiento de contratación, número de referencia y objeto del contrato; 2. Nombre y cargo de los peritos participantes; 3. Descripción de la metodología aplicada para la evaluación de las ofertas, asegurando el apego irrestricto a los criterios de evaluación y reglas de valoración establecidos en el pliego de condiciones; 4. Resumen de los aspectos legales, técnicos y económicos analizados; 5. Cuadros comparativos de las puntuaciones asignadas y la…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Liberty Networks Dominicana, SAEl resultado preliminar consolidado consigna que no presentó oferta técnica y presentó la oferta económica en el Sobre A; también registra que no presentó los estados financieros.
Descalificado
4 y 7
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Metrotecnologia (METROTEC), SRLResultado preliminar: debe subsanar documentos legales y el formulario de experiencia del Lote 7.