El Acto de Adjudicación núm. 37/2026 declara adjudicataria a TECNIMETRO, S.A.S. para suministrar dos minicargadores por RD$5,550,000.00, con ITBIS incluido, frente a una apropiación total consignada de RD$5,600,000.00. El acta indica que se recibieron tres propuestas, pero que solo TECNIMETRO e IMCA fueron habilitadas para la apertura económica; según el portal, la oferta registrada de Inversiones Peyco fue de RD$5,194,000.00. El aviso de recursos administrativos del acto describe vías de impugnación que no corresponden a la secuencia prevista en la Ley 47-25.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acto presenta el recurso de impugnación y el recurso jerárquico como vías alternativas dentro del mismo plazo. La Ley 47-25 establece que la actuación recurrible debe impugnarse primero mediante reconsideración y que el recurso jerárquico procede contra la resolución que decida esa reconsideración; la redacción del aviso puede generar incertidumbre sobre la vía y el orden para recurrir.
“Este acto administrativo del Comité de Contrataciones Públicas puede ser recurrido en sede administrativa mediante un recurso de impugnación o a través de la interposición de un recurso jerárquico en el plazo de diez (10) días, según se est”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 204 · Ley 47-25, art. 207 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 204 — Recurso de reconsideración
Artículo 204.- Recurso de reconsideración. Toda actuación recurrible en virtud de la presente ley deberá, en primer lugar, ser impugnada mediante un recurso de reconsideración ante el órgano responsable del proceso.
Artículo 207.- Recurso jerárquico impropio. El medio de impugnación contra las resoluciones que decidan recursos de reconsideración es el recurso jerárquico impropio ante la Dirección General de Contrataciones Públicas.
INVERSIONES PEYCO, S.R.L.No figura entre los habilitados para apertura económica en el acta; el documento no indica allí el motivo. El portal registra una oferta de RD$5,194,000.00.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona