El encabezado denomina el proceso como contratación simplificada
· hace 26 días
El título identifica el procedimiento como contratación simplificada, mientras que los considerandos y resolutivos lo ratifican como excepción por proveedor único (PEPU). Aunque la referencia reiterada a PEPU y el código del proceso apuntan a un error de encabezado, la contradicción documental merece verificarse porque las modalidades tienen reglas distintas.
“PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIO SIMPLIFICADA SOBRE “ADQUISICIÓN DE ESCÁNERES, LICENCIAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE LA SOLUCIÓN APERTA PARA CAPTURA DE CHEQUES EN LAS SUCURSALES” … TERCERO: RATIFICAR que la modalidad del presente procedimiento es e”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 65 · Ley 47-25, art. 78 · Reglamento 52-26, art. 149 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 65 — Contratación simplificada
Artículo 65.- Contratación simplificada. La contratación simplificada es el procedimiento de selección que podrá ser utilizado para la contratación de bienes y servicios comunes y estandarizados y no comunes ni estandarizados, así como obras no complejas y reparaciones menores, cuando el valor estimado no exceda el umbral establecido.
Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción
Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…
Reglamento 52-26, artículo 149 — Aplicación estricta y prohibición de interpretación extensiva
Artículo 149.- Aplicación estricta y prohibición de interpretación extensiva. Las modalidades de excepción a los procedimientos ordinarios de selección previstas en la Ley núm. 47-25 solo pueden aplicarse en los casos y supuestos taxativamente establecidos, los cuales deben ser entendidos de manera estricta y nunca por analogía o interpretación extensiva.
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.