La ficha técnica FT-CONANI-DAF-2024-0001, aprobada el 28 de agosto de 2024, especifica características de fórmulas lácteas y suplementos alimenticios para el proceso CONANI-CCC-CP-2026-0010. Incluye requisitos de composición, presentación, registros sanitarios e industriales y muestras físicas; las columnas para completar por el oferente están en blanco. Se observan especificaciones potencialmente restrictivas y contradicciones en algunas descripciones de producto que conviene aclarar antes de evaluar ofertas.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Para la fórmula de inicio se exige una combinación concreta de ingredientes y atributos nutricionales y de salud. Al tratarse de requisitos de la ficha, conviene comprobar si están justificados por la necesidad clínica y si existen productos de varios fabricantes que los satisfagan, pues podrían limitar la participación.
“• MEZCLA DE 5 HMOS. … • GRASAS LIBRE DE OLEÍNA DE PALMA.LA ETIQUETA RESALTA PROPIEDADES NUTRICIONALES Y BENEFICIOS PARA LA SALUD:”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
La ficha identifica el producto como fórmula sin lactosa, pero incluye lactosa entre sus componentes. La discrepancia deja incierto qué producto debe ofertarse y cómo se verificará su conformidad; corresponde aclarar si la presencia de lactosa es admisible.
“PRODUCCTO: Fórmula láctea en polvo sin lactosa para niños de 1 año en adelante … CONTENIDO : JARABE DE GLUCOSA, ACEITE DE MAÍZ, ACEITE DE COLZA DE BAJO CONTENIDO EN ÁCIDO ERÚCICO, MIEL, ACEITE DE GIRASOL CON ALTO CONTENIDO DE ÁCIDO OLEICO”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 101 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
La ficha denomina el producto como suplemento de 237 ml, pero su descripción nutricional lo caracteriza como fórmula en polvo. La diferencia entre volumen y forma de presentación puede generar ofertas no comparables o dudas sobre la unidad y el producto requerido.
“PRODUCCTO: | Suplemento Alimenticio para Diabetico de 237ml … FÓRMULA NUTRICIONAL COMPLETA EN POLVO CON PROTEÍNA, CARBOHIDRATOS COMPLEJOS, OMEGA-3 (DHA/EPA), FIBRA, PREBIÓTICOS (FOS), VITAMINAS, Y MINERALES, SIN AZÚCAR AÑADIDA, ESPECIALMENT”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 101 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
En la ficha del suplemento para jóvenes y adultos se mencionan osmolalidad, osmolaridad y carga renal de solutos, pero no aparecen valores o rangos asociados. Sin parámetros cuantificables resulta difícil verificar de forma objetiva si el producto ofertado cumple esas características.
“CONTIENE PROTEÍNAS DE ALTO VALOR BIOLÓGICO, CON UNA BAJA OSMOLALIDAD : MOSM/KG H2O, OSMOLARIDAD MOSM/L, CARGA RENAL DE SOLUTOS: MOSM/L, RELACIÓN KCAL: RELACIÓN KCAL NO PROTEICA/ N.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Reglamento 52-26, art. 227 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Reglamento 52-26, artículo 227 — Criterios especiales de evaluación
Artículo 227.- Criterios especiales de evaluación. Los criterios especiales de evaluación previstos en la Ley núm. 47-25 deben cumplir obligatoriamente con los principios de objetividad, verificabilidad, proporcionalidad y relación directa con el objeto contractual. Párrafo I. En la formulación de los pliegos de condiciones, la institución contratante debe definir cada criterio especial mediante parámetros medibles, comprobables y sustentados en evidencia documentada, evitando cualquier valoración subjetiva o discrecional. Párrafo II. Los criterios deben diseñarse de modo tal que permitan a todos los oferentes conocer anticipadamente la forma de evaluación, incluyendo: descripción del…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona