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Abriendo la ficha…

Informe de evaluación

INFORME DEFINITIVO DE OFERTA TECNICA.pdf

COMPRA DE UTILERIA DEPORTIVA, EXCLUSIVAMENTE PARA MIPYMES MUJER · Instituto Nacional de Educacion Fisica

Publicado el 17 sept de 2026Fechado el 15 sept de 202612 páginasEn el mensaje «Acta de Habilitación e Informe Definitivo de Evaluación Técnica»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INEFI-CCC-CP-2026-0040

Lo que dice

El informe definitivo de evaluación técnica, fechado el 16 de septiembre de 2026, concluye que EL MOLINO DEPORTIVO, S.R.L. cumple con los requisitos legales, financieros y técnicos y recomienda habilitarlo para la apertura de la oferta económica. Registra que fue la única oferta recibida para los 15 ítems; el informe no consigna monto ofertado ni adjudicación.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

A revisarHallazgo en documentos

Referencias comerciales limitadas a un período muy reciente

Documento del 17 sept 2026 · hace 29 días

El informe reproduce como requisito tres referencias que acrediten suministro del bien o servicio y que tengan una antigüedad máxima de dos meses. Por su corta vigencia, conviene verificar la proporcionalidad de esta condición para la compra y su posible efecto sobre la participación.

“Tres (3) cartas de referencia, igual o menor a dos meses, donde se evidencia haber dado el bien o servicio ofertado.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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ContextoHallazgo en documentos

Diferencia entre requisito legal descrito y matriz de evaluación

Documento del 17 sept 2026 · hace 29 días

La lista de documentación legal identifica el RNC vigente como requisito 9, mientras que la matriz de evaluación incluye en el lugar 9 una certificación de cuenta bancaria registrada como beneficiario del Estado. La diferencia merece verificarse contra el pliego y las evidencias de evaluación para confirmar qué documento se exigió y evaluó.

“9. Certificación del Registro Nacional del Contribuyente (RNC) vigente. … 9 | Certificación de Cuenta de banco registrada como beneficiario del estado.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

Oferentes que registra (1)

1 habilitado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
EL MOLINO DEPORTIVO, S.R.L.El informe definitivo registra que cumple los requisitos legales, financieros y técnicos y recomienda habilitarlo para la apertura de la oferta económica.HabilitadoÍtems 1 al 15—

Otros documentos del proceso (22)

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  • DICTAMEN JURIDICO.pdfDictamen · 26 ago de 2026
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

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Documento · 26 ago de 2026
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