El Comité de Contrataciones Públicas del MINERD aprobó el informe pericial y adjudicó, por mayoría de votos, el lote único del proceso MINERD-CCC-PEPU-2026-0010 a Susaeta Ediciones, S.A.S. por RD$124,037,500.00, impuestos incluidos. El acta está fechada el 11 de septiembre de 2026 y consigna que esa empresa fue la única oferente cuya propuesta técnica y económica se recibió y evaluó.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra que Susaeta fue invitada y que se recibió una sola propuesta, adjudicada por RD$124,037,500.00; el portal indica el mismo monto estimado. Al tratarse de una excepción por proveedor único, la ausencia de competencia de precios puede derivar de la modalidad, pero conviene verificar el sustento del valor estimado y su contraste con el mercado.
““fue recibida y aperturada la propuesta técnica y económica presentada por el oferente SUSAETA EDICIONES, S.A.S.” … “el monto ofertado asciende a la suma total de ciento veinticuatro millones treinta y siete mil quinientos pesos dominicanos”
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Ley 47-25, artículo 88 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 88.- Actuaciones incluidas en los estudios previos. Las instituciones contratantes deberán agotar para la realización de los estudios previos, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación, de manera enunciativa y no limitativa, una o varias de las actuaciones siguientes: 1) Estudios de mercado; 2) Consultar los catálogos de bienes y servicios y sistemas de información de precios administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato; 4) Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la institución; 5)…
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
El acta indica que Carlos Federico Ayacx Mercedes Contreras no estaba presente al momento de la votación, pero aparece entre las firmas al cierre. Conviene verificar el registro de asistencia y de votación para precisar su participación y la trazabilidad de la decisión adoptada por mayoría.
““al momento de la votación sobre este asunto, el señor Carlos Federico Ayacx Mercedes Contreras, viceministro de Planificación y Desarrollo, miembro del comité, no se encontraba presente” … “Carlos Federico Ayacx Mercedes Contreras””
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 18 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 18 — Funcionamiento interno y condiciones de deliberación
Artículo 18.- Funcionamiento interno y condiciones de deliberación. Los Comités de Contrataciones Públicas se rigen por las siguientes reglas de funcionamiento interno y condiciones de deliberación: 1. Las convocatorias a reuniones de los Comités de Contrataciones Públicas deben ser realizadas por el presidente, con la asistencia de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas. 2. El personal de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe fungir como secretario, con la responsabilidad de elaborar las actas de las reuniones y asistir en la coordinación de los encuentros. 3. El quórum mínimo para iniciar las reuniones y deliberar es de al menos tres (3) miembros, siendo siempre…
Susaeta Ediciones, S.A.S.Adjudicada para el lote único tras ser evaluada como cumplidora de los requisitos legales, financieros, técnicos y económicos.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona