Los tres peritos propuestos tienen perfiles técnicos
· hace 1 mes
El estudio propone tres perfiles de ingeniería y sistemas, sin identificar entre ellos un perito legal ni uno financiero. La norma requiere, salvo contratación menor, un mínimo de tres peritos que incluya uno legal, uno financiero y uno técnico; conviene verificar la designación formal antes de la evaluación, pues el documento solo consigna una propuesta para la evaluación técnica.
““Para la evaluación técnica del presente proceso se propone la designación de los peritos siguientes: ... Diego Aquino ... Ingeniero Eléctrico, mención Potencia. Máster en Sistemas Eléctricos de Potencia. Coordinador de Sistema Central SCAD”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 90 · Reglamento 52-26, art. 89 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 90 — Designación de peritos
Artículo 90.- Designación de peritos. Para cada procedimiento de contratación, la institución contratante deberá designar los peritos que participarán en la elaboración de las especificaciones técnicas y la evaluación de las propuestas. Párrafo I.- Con excepción del procedimiento de contratación menor, deberán designarse un mínimo de tres (3) peritos: uno (1} legal, uno (1) financiero y uno (1) técnico, procurando siempre que el número total de peritos sea impar. Párrafo II.- Los reglamentos de aplicación a de la presente ley, las normas, instructivos y políticas adoptadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas, regulará los mecanismos de designación de peritos asegurando la…
Reglamento 52-26, artículo 89 — Perfil y cantidad de peritos
Artículo 89.- Perfil y cantidad de peritos. Las instituciones contratantes deben designar como mínimo tres (3) peritos, procurando que el número total sea impar, integrados de la siguiente manera: 1. Un perito técnico, con conocimientos en el objeto de la contratación o en el área del conocimiento que corresponda (ingeniería, salud, tecnología, servicios, etc.); 2. Un perito financiero o económico, responsable de analizar la razonabilidad de precios, presupuestos y sostenibilidad económica de las ofertas; 3. Un perito legal, encargado de verificar la conformidad jurídica de las actuaciones y documentos legales. Párrafo I. En los procedimientos de contratación menor y de contratación directa…
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