La designación de peritos no consigna funciones individuales ni declaraciones de conflicto
· hace 29 días
La resolución designa a tres peritos, pero no identifica las funciones específicas asignadas a cada uno ni consigna sus declaraciones de ausencia de conflictos de interés. El artículo 91 del Reglamento 52-26 exige que esos datos consten en el acto de designación; conviene verificar si se documentaron en otra pieza del expediente.
“DESIGNAR como peritos responsables de la evaluación de las ofertas presentadas en el procedimiento de Licitación Pública Nacional para la “ADQUISICIÓN DE GAS OIL ÓPTIMO A GRANEL Y GAS LICUADO PETRÓLEO (GLP)”, a los señores Julio Cesar Geral”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 91 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 91 — Formalización de designación y duración de funciones
Artículo 91.- Formalización de designación y duración de funciones. La designación de los peritos debe constar mediante acto administrativo motivado emitido por el Comité de Contrataciones Públicas. Dicho acto debe indicar: 1. Nombres, cargos y perfiles de los peritos designados; 2. Funciones específicas asignadas a cada uno; 3. Declaración de ausencia de conflictos de interés. Párrafo I. En los procedimientos de contratación directa sujeta a umbral y de contratación menor, los peritos son designados por la Dirección Administrativa y Financiera. La designación debe hacerse constar en un acta simple de inicio de procedimiento. Párrafo II. La designación de peritos tiene validez únicamente…
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