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Abriendo la ficha…

Estudio previo

INFORME DE ESTUDIOS PREVIOS.pdf

ADQUISICIÓN DE GASOIL ÓPTIMO A GRANEL Y GAS LICUADO DE PETRÓLEO (GLP)DASAC-CCC-LPN-2026-0010. · Dirección de Asistencia Social y Alimentación Comunitaria

Publicado el 14 sept de 2026Fechado el 17 ago de 20269 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso DASAC-CCC-LPN-2026-0010

Lo que dice

El informe de estudios previos, fechado el 18 de agosto de 2026, sustenta la compra de combustibles para la flotilla, las cocinas móviles y los comedores comunitarios, y recomienda una Licitación Pública Nacional. Estima RD$47,379,000.00 para 90,000 galones de gasoil y 150,000 de GLP, con entregas a requerimiento y fecha límite del 31 de diciembre de 2027. Esas cantidades y el monto estimado difieren de los registrados para el proceso en el portal: 73,333 galones de gasoil, 148,229 de GLP y RD$41,534,463.10.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

A revisarHallazgo en documentosRD$5.8 millones

Estudio previo y ficha del proceso difieren en cantidades y presupuesto

Documento del 14 sept 2026 · hace 1 mes

El estudio calcula RD$47,379,000.00 para 90,000 galones de gasoil y 150,000 de GLP; el portal registra para este proceso 73,333 y 148,229 galones, respectivamente, y un estimado de RD$41,534,463.10. La diferencia total es RD$5,844,536.90; aunque el cálculo del estudio coincide con sus propias cantidades y precios de referencia, conviene verificar si el objeto y el presupuesto fueron actualizados antes de la convocatoria.

““Se espera garantizar el abastecimiento continuo de noventa mil (90,000) galones de Gas Oil Óptimo a Granel y ciento cincuenta mil (150,000) galones de Gas Licuado de Petróleo (GLP) durante la vigencia del contrato…” … “Este valor referenci”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Reglamento 52-26, art. 85 · Reglamento 52-26, art. 99 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos

Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 85 — Estudios previos

Artículo 85.- Estudios previos. Los estudios previos que sean desarrollados como parte de la planificación contractual de cada institución deben elaborarse por escrito, con la firma de los responsables técnicos, financieros y jurídicos de la institución, y deben formar parte integral del expediente administrativo del procedimiento de contratación. Deben contener, como mínimo, los aspectos establecidos en el artículo 87 de la Ley núm. 47-25. Párrafo. Cuando se produzcan variaciones sustanciales en las condiciones del mercado, del presupuesto o del objeto contractual, los estudios previos deben ser actualizados antes de la publicación del procedimiento.

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 99 — Vinculación con los estudios previos y el presupuesto

Artículo 99.- Vinculación con los estudios previos y el presupuesto. El pliego de condiciones debe guardar coherencia directa con los estudios previos, la definición del objeto contractual, la investigación de mercado y la apropiación presupuestaria que respalda la contratación. Párrafo. La institución contratante debe dejar constancia, en el expediente administrativo, de que el pliego ha sido elaborado tomando en cuenta los estudios y datos de mercado, la estimación del valor referencial, los riesgos relevantes y la disponibilidad presupuestaria.

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A revisarHallazgo en documentos

Plazo contractual y fecha límite de entrega no parecen compatibles

Documento del 14 sept 2026 · hace 1 mes

El informe fija una vigencia de un año desde la suscripción y, a la vez, una fecha límite de entrega del 31 de diciembre de 2027. Según el portal, la firma se estima para el 25 de noviembre de 2026, por lo que esa fecha de entrega quedaría después del aniversario de la firma estimada; se debe verificar el plazo que regirá efectivamente las entregas a requerimiento.

““Los bienes serán entregados a requerimiento de la institución, dentro del período de vigencia del contrato, con fecha limite de entrega el 31 de diciembre de 2027.” … “con una vigencia de un (1) año a partir de su suscripción.””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 135 · Ley 47-25, art. 45 · Reglamento 52-26, art. 77 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 135 — Contenido mínimo de los contratos

Artículo 135.- Contenido mínimo de los contratos. Para ser considerados válidos, los contratos deberán tener el siguiente contenido mínimo: 1) Identificación de las partes contratantes; 2) Acreditación de la calidad de los suscribientes a los fines de la formalización del contrato; 3) Antecedentes de la contratación; 4) Definición del objeto contractual y tipo de contrato; 5) La duración del contrato, la fecha de inicio de su ejecución, el cronograma de entrega o prestaciones y la posibilidad de prórrogas a la duración; 6) La determinación del riesgo previsible y el esquema bajo el cual estará distribuido entre las partes; 7) El precio cierto o el modo de determinarlo, los criterios para el…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 45 — Contratos de bienes

Artículo 45.- Contratos de bienes. Serán considerados contratos de bienes aquellos que tienen por objeto la adquisición de bienes de cualquier índole, incluyendo las materias primas, los productos, los equipos, otros objetos en estado sólido, líquido o gaseoso, así como los servicios accesorios al suministro de esos bienes, siempre que el valor de los servicios no exceda el de los propios bienes, los que podrán suscribirse, sin ser limitativos, bajo las modalidades siguientes: 1) Entrega definida: Bajo esta modalidad la institución contratante adquiere una cantidad específica, previamente definida, de productos o bienes muebles; y 2) Entrega según demanda: Bajo esta modalidad el proveedor…

Otros documentos del proceso (13)

  • REQUERIMIENTO.pdfPliego · 10 sept de 2026 · 1 señal
  • SOLICITUD DE COMPRA.pdfSolicitud de compra · 10 sept de 2026
  • Compromiso-etico-de-proveedores.docxDocumento · 10 sept de 2026
  • Formulario Debida Diligencia Proveedores.docxDebida diligencia · 10 sept de 2026
  • SNCC F033 Of Economica 033.docxDocumento · 10 sept de 2026
  • SNCC F034 Presentación de Oferta.docxDocumento · 10 sept de 2026
  • SNCC F042 Información Sobre el Oferente.docxDocumento · 10 sept de 2026
  • SNCC F056 Formulario de Entrega de Muestras.docxDocumento · 10 sept de 2026
  • PUBLICACION EN PERIODICOS DE CIRCULACION NACIONAL.pdfDocumento · 15 sept de 2026
  • ESPECIFICACIONES.pdfPliego · 15 sept de 2026
  • PLIEGO_DASAC-CCC-LPN-2026-0010.pdfPliego · 15 sept de 2026 · 6 señales

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 77 — Reglas particulares para los contratos de bienes según demanda

Artículo 77.- Reglas particulares para los contratos de bienes según demanda. En los contratos de bienes según demanda, la institución contratante puede requerir la entrega de los bienes durante el lapso de duración previsto y al precio unitario contratado, de acuerdo con sus necesidades y con una frecuencia preestablecida y acordada en el contrato. Párrafo I. En el pliego de condiciones debe advertirse que la institución contratante no asume el compromiso de requerir el total de las unidades adjudicadas, sino únicamente aquellas que sean requeridas. En consecuencia, el valor del contrato debe establecerse sobre un monto tope máximo determinable. Párrafo II. La institución contratante debe…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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ACTA DE APROBACION DE PLIEGO LPN-2026-0010.pdf
Informe pericial · 15 sept de 2026 · 1 señal
  • PUBLICACION LPN-0010 DIA 16.pdfDocumento · 16 sept de 2026