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Autorización

Autorizacion de procedimiento.pdf

PROCESO DE EXCEPCIÓN POR URGENCIA PARA LA ADQUISICION DE UN SERVICIO DE ALQUILER 4 CAMIONES COMPACTADORES DE 25 YARDAS Y 1 CAMION COMPACTADOR DE 32 YARDAS, PARA LA OPERACION DEL PROGRAMA BASURA CERO… · Ayuntamiento Pedro Brand

Publicado el 11 sept de 2026Fechado el 3 sept de 20262 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso AMPB-MAE-PEUR-2026-0001

Lo que dice

El 4 de septiembre de 2026, la Encargada Administrativa Financiera del Ayuntamiento de Pedro Brand declaró de urgencia y aprobó tramitar una excepción para alquilar cinco camiones compactadores —cuatro de 25 yardas y uno de 32— destinados al programa Basura Cero. La autorización atribuye la necesidad a la insuficiencia de la flotilla y a la acumulación de residuos, y encarga a la Unidad Operativa de Compras y Contrataciones conducir el proceso.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (1)

A revisarHallazgo en documentos

La autorización asigna a la encargada la aprobación de la excepción

Documento del 11 sept 2026 · hace 1 mes

El documento declara y aprueba la excepción por urgencia mediante una resolución firmada por la Encargada Administrativa Financiera. La Ley prevé que el Comité de Contrataciones Públicas apruebe el uso de la excepción; el Reglamento dispone que, para urgencia, la máxima autoridad autorice el inicio y el Comité apruebe la excepción. Además, el documento atribuye al artículo 77 una formulación que no aparece en ese artículo del marco legal, mientras que la urgencia está regulada específicamente en el artículo 78, numeral 3.

“PRIMERO: DECLARAR DE URGENCIA y APROBAR la realización del procedimiento de excepción para la adquisición del servicio de alquiler de cinco (5) camiones compactadores (cuatro (4) de 25 yardas y uno (1) de 32 yardas), destinados de manera ex”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 79 · Reglamento 52-26, art. 152 · Reglamento 52-26, art. 160 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 79 — Justificación de las excepciones

Artículo 79.- Justificación de las excepciones. El uso de cualquiera de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección deberá estar siempre justificado y debidamente motivado mediante resolución del Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante para aprobar el inicio de su ejecución, previo informes técnicos y jurídicos que motiven y justifiquen su uso. Párrafo.- Los principios rectores de la contratación pública son aplicables a los procedimientos de contratación mediante excepción, de conformidad con la naturaleza y características específicas que correspondan.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 152 — Trámites y actuaciones comunes a las excepciones

Artículo 152.- Trámites y actuaciones comunes a las excepciones. Salvo los casos de excepción por emergencia y por seguridad nacional, que deben iniciar con decreto del Presidente de la República, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Ley núm. 47-25 y este reglamento. Posteriormente, deben realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción: La Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe gestionar la realización de un informe pericial, que puede ser requerido a la unidad requirente o a un experto en el tema, en…

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 160 — Procedimiento de selección competitiva en situaciones de urgencia

Artículo 160.- Procedimiento de selección competitiva en situaciones de urgencia. En los casos de situaciones de urgencia, deben aplicarse las siguientes reglas particulares: 1. El procedimiento debe iniciar con una resolución motivada de la máxima autoridad de la institución, la cual debe sustentarse en un informe pericial que justifique el uso de la excepción. Esta resolución autoriza al Comité de Contrataciones Públicas a organizar, gestionar y ejecutar el procedimiento. 2. El Comité de Contrataciones Públicas aprueba el uso de la excepción con base en el alcance y contenido establecidos en el informe de justificación, así como en el pliego de condiciones aplicable al procedimiento. 3.…

Ver todos los detalles →

Otros documentos del proceso (14)

  • 3. Pliego de Condiciones 1.pdfPliego · 11 sept de 2026 · 7 señales
  • 4. ACTO ADMINISTRATIVO LP 01.pdfPliego · 11 sept de 2026 · 2 señales
  • 5.CONVOCATORIA.pdfDocumento · 11 sept de 2026
  • Dictamen juridico.pdfDictamen · 11 sept de 2026
  • Especificaciones tecnicas.pdfPliego · 11 sept de 2026 · 1 señal
  • Informe tecnico justificativo.pdfInforme justificativo · 11 sept de 2026 · 1 señal
  • Solicitud de compras.pdfSolicitud de compra · 11 sept de 2026 · 1 señal
  • Requisicion.pdfPliego · 11 sept de 2026
  • Periodico.pdfDocumento · 14 sept de 2026
  • 15. ACTA DE ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · 21 sept de 2026
  • 17. Acta de adjudicacion.pdfActa de adjudicación · —
  • 6. Certificacion de fondos.pdf

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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