miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

3. Pliego de Condiciones 1.pdf

PROCESO DE EXCEPCIÓN POR URGENCIA PARA LA ADQUISICION DE UN SERVICIO DE ALQUILER 4 CAMIONES COMPACTADORES DE 25 YARDAS Y 1 CAMION COMPACTADOR DE 32 YARDAS, PARA LA OPERACION DEL PROGRAMA BASURA CERO… · Ayuntamiento Pedro Brand

Publicado el 11 sept de 202660 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso AMPB-MAE-PEUR-2026-0001

Lo que dice

El pliego del proceso AMPB-MAE-PEUR-2026-0001 establece el alquiler durante tres meses de cuatro camiones compactadores de 25 yardas cúbicas y uno de 32 yardas para el programa Basura Cero, con presupuesto base de RD$9,000,000. Fija la convocatoria para el 14/09/2026, la recepción de ofertas para el 17/09/2026 y la adjudicación para el 30/09/2026. Incluye reglas de evaluación y un modelo contractual con cláusulas que ameritan revisión por la falta de parámetros para ponderar calidad-costo y por diferencias frente a plazos y límites del marco aplicable.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (7)

A revisarHallazgo en documentosRD$9 millones

Registro de contrato anterior a la adjudicación del cronograma

Documento del 11 sept 2026 · hace 1 mes

El cronograma del pliego prevé adjudicar el 30/09/2026 y formalizar el contrato el 02/10/2026, mientras que el portal registra el contrato por RD$8,999,985 como activo y confirmado el 21/09/2026. La fecha del portal podría corresponder a un registro y no a la firma efectiva; conviene contrastarla con el acto de adjudicación y el contrato suscrito.

“Acto de Adjudicación 30/9/2026 13:00 Notificación de Adjudicación 30/9/2026 13:30”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 125 · Ley 47-25, art. 132 · Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato

Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 132 — Perfección del contrato

Artículo 132.- Perfección del contrato. Los contratos sujetos a la aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación se perfeccionarán con su formalización.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios

Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Criterio calidad-costo sin ponderación verificable

Documento del 11 sept 2026 · hace 1 mes

El pliego anuncia adjudicación por mejor relación calidad-costo y menciona factores técnicos y económicos, pero no identifica criterios concretos ni pesos o reglas para combinarlos. Esto dificulta que los oferentes anticipen y que luego se pueda verificar cómo se compararon las propuestas.

“La adjudicación se hará a favor del Oferente que presente la mejor propuesta económica y que cumpla con las especificaciones técnicas arriba indicadas y sea calificada como la Oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Ley 47-25, art. 119 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 119 — Mejor relación calidad-costo

Artículo 119.- Mejor relación calidad-costo. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir de la mejor relación calidad- costo, la institución contratante podrá establecer una pluralidad de criterios de evaluación de tipo cualitativo y económico, fijando el valor ponderado de cada uno. Párrafo I.- En los criterios cualitativos podrán incluirse aspectos medioambientales y sociales vinculados al objeto del contrato. Párrafo II.- En los contratos de consultoría y de servicios profesionales la experiencia deberá ser ponderada como criterio de evaluación y la ponderación de la oferta económica no podrá superar el treinta por ciento (30%) de la puntuación total.

A revisarHallazgo en documentos

Plazo contractual de firma superior al máximo legal

Documento del 11 sept 2026 · hace 1 mes

El pliego fija hasta veinte días hábiles para suscribir el contrato desde la notificación de adjudicación; la Ley 47-25 establece un máximo de diez días hábiles. La diferencia puede retrasar la formalización y el inicio de un servicio convocado por urgencia.

“Los contratos deberán celebrarse en el plazo que se indique en el presente Pliego de Condiciones Específicas; no obstante, a ello, deberán suscribirse en un plazo no mayor de veinte (20) días hábiles, contados a partir de la fecha de Notifi”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios

Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Modelo contractual permite subcontratar hasta 50 %

Documento del 11 sept 2026 · hace 1 mes

El modelo incluido en el pliego permite ceder o subcontratar hasta el 50 % del contrato, sin distinguir ambos mecanismos. Para la subcontratación, la Ley 47-25 fija un máximo general de 45 %; la cláusula puede ampliar el alcance permitido y debe aclararse frente a la regla legal.

“EL PROVEEDOR podrá subcontratar o ceder la ejecución de servicios hasta el cincuenta por ciento (50%) del monto de las tareas comprendidas en el contrato, con la previa y expresa autorización de LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE de acuerdo con el ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 152 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 152 — Subcontratación

Artículo 152.- Subcontratación. Los proveedores podrán subcontratar la realización parcial de las prestaciones requeridas por hasta un cuarenta y cinco por ciento (45%) del monto del contrato, siempre que la persona propuesta cumpla con los requisitos de calificación que resulten adecuados y proporcionales a las obligaciones contractuales pendientes de ejecutar y a la responsabilidad que deba asumir y no se encuentre incurso en el régimen de prohibiciones previsto en la presente ley. Párrafo I.- Autorizada la subcontratación, el proveedor contratado mantendrá su responsabilidad frente a la institución contratante por el cumplimiento del contrato. Párrafo II.- En ningún caso la…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Vigencia de garantía fijada en tres meses

Documento del 11 sept 2026 · hace 1 mes

El pliego indica que la garantía de fiel cumplimiento tendrá vigencia de tres meses desde su constitución, aunque la Ley 47-25 establece que debe mantenerse hasta la liquidación del contrato. Si la liquidación ocurre después de esos tres meses, podría quedar sin cobertura una etapa de cumplimiento y cierre.

“La vigencia de la garantía será de tres (03) meses contados a partir de la constitución de la misma hasta el fiel cumplimiento del contrato.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 164 · Reglamento 52-26, art. 208 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 164 — Fines de las garantías

Artículo 164.- Fines de las garantías. Los oferentes y los adjudicatarios, según corresponda y aplique, deberán presentar garantías para asegurar lo siguiente: 1) La seriedad de la oferta; 2) El fiel cumplimiento del contrato u orden de compra o de servicio; 3) Que no existan defectos o vicios ocultos en los bienes suministrados, los servicios prestados o las obras entregadas; y 4) Otras coberturas que, según las obligaciones derivadas del contrato y los riesgos asociados a su ejecución, se consideren necesarias.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 208 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento

Artículo 208.- Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento debe mantenerse vigente hasta la liquidación del contrato, orden de compra u orden de servicio. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía debe mantenerse vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas o desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. De existir fallas o desperfectos debidamente demostrados y notificados al adjudicatario, y este se negare a repararlos, debe ejecutarse la garantía. Párrafo II. Cuando la prestación del servicio o la entrega del bien u obra no vaya a realizarse en la fecha prevista, el proveedor debe prorrogar…

A revisarHallazgo en documentos

El cronograma limita las aclaraciones a dos horas

Documento del 11 sept 2026 · hace 1 mes

El cronograma abre la presentación de aclaraciones a las 16:00 del 14/09/2026, solo dos horas después de la convocatoria, aunque las ofertas vencen el 17/09/2026. Esa ventana reduce sustancialmente la posibilidad práctica de consultar y preparar ofertas informadas; el carácter urgente puede explicar plazos abreviados, pero no elimina la regla legal sobre el momento hasta el que pueden solicitarse aclaraciones.

“Fecha de publicación del aviso de convocatoria 14/9/2026 14:00 Presentación de aclaraciones 14/9/2026 16:00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 102 · Reglamento 52-26, art. 160 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 102 — Aclaraciones sobre los pliegos de condiciones

Artículo 102.- Aclaraciones sobre los pliegos de condiciones. Los interesados podrán solicitar a la institución contratante aclaraciones acerca del pliego de condiciones hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. Párrafo I.- La institución contratante deberá dar respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, según el orden de recepción o la complejidad de la cuestión planteada y a más tardar en la fecha que represente el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Párrafo II.- Las aclaraciones se publicarán, sin indicar el origen de la solicitud, en el portal de la institución…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 160 — Procedimiento de selección competitiva en situaciones de urgencia

Artículo 160.- Procedimiento de selección competitiva en situaciones de urgencia. En los casos de situaciones de urgencia, deben aplicarse las siguientes reglas particulares: 1. El procedimiento debe iniciar con una resolución motivada de la máxima autoridad de la institución, la cual debe sustentarse en un informe pericial que justifique el uso de la excepción. Esta resolución autoriza al Comité de Contrataciones Públicas a organizar, gestionar y ejecutar el procedimiento. 2. El Comité de Contrataciones Públicas aprueba el uso de la excepción con base en el alcance y contenido establecidos en el informe de justificación, así como en el pliego de condiciones aplicable al procedimiento. 3.…

ContextoHallazgo en documentosRD$9 millones

Oferta registrada por casi todo el presupuesto base

Documento del 11 sept 2026 · hace 1 mes

El portal registra una sola oferta, de Apicultura del Este, SRL, por RD$8,999,985, apenas RD$15 por debajo del presupuesto base de RD$9,000,000 consignado en el pliego. La urgencia y la convocatoria pueden influir en la concurrencia, pero la baja diferencia y la existencia de una sola oferta merecen revisión de la competencia efectiva y de la razonabilidad del precio.

“El presupuesto base para esta compra asciende a NUEVE MILLONES DE PESOS CON 00/100 (RD$9, 000,000.00), incluidos los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del bien a adquirir”
Ver todos los detalles →

Oferentes que registra (1)

1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Apicultura del Este, SRLEl portal registra una oferta y un contrato activo por RD$8,999,985. El registro empresarial consultado indica actividad de apicultura; esa consulta es posterior a la convocatoria y no establece por sí sola cuál era su actividad registrada al ofertar.Adjudicado—RD$8,999,985

Otros documentos del proceso (14)

  • 4. ACTO ADMINISTRATIVO LP 01.pdfPliego · 11 sept de 2026 · 2 señales
  • 5.CONVOCATORIA.pdfDocumento · 11 sept de 2026
  • Dictamen juridico.pdfDictamen · 11 sept de 2026
  • Especificaciones tecnicas.pdfPliego · 11 sept de 2026 · 1 señal
  • Informe tecnico justificativo.pdfInforme justificativo · 11 sept de 2026 · 1 señal
  • Solicitud de compras.pdfSolicitud de compra · 11 sept de 2026 · 1 señal
  • Autorizacion de procedimiento.pdfAutorización · 11 sept de 2026 · 1 señal
  • Requisicion.pdfPliego · 11 sept de 2026
  • Periodico.pdfDocumento · 14 sept de 2026
  • 15. ACTA DE ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · 21 sept de 2026
  • 17. Acta de adjudicacion.pdfActa de adjudicación · —
  • 6. Certificacion de fondos.pdf

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
Certificación de fondos · —
  • Informe final del portalDocumento · —
  • Orden de Compras_21/9/2026_6_19 p.m..PdfDocumento · —