El Acta núm. 0044-2026, de fecha 2026-09-04, verifica los estudios previos y aprueba la subasta inversa electrónica y el pliego para adquirir tickets de combustible por RD$45,000,000. También verifica una certificación presupuestaria por RD$29,619,719.58, designa cinco peritos y ordena publicar el proceso MIMARENA-CCC-SI-2026-0005.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta consigna una solicitud de RD$45,000,000 y una certificación de apropiación por RD$29,619,719.58, una diferencia de RD$15,380,280.42. Conviene verificar si existe apropiación complementaria antes de continuar, pues el artículo 93 exige que la certificación cubra el monto total del egreso previsto.
“por un monto total de CUARENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$ 45, 000,000.00). … por un monto total DE VEINTINUEVE MILLONES SEISCIENTOS DIECINUEVE MIL SETECIENTOS DIECINUEVE CON 58/100 (RD$29,619,719.58).” (pág. 1)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 93 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 93 — Disponibilidad de apropiación presupuestaria
Artículo 93.- Disponibilidad de apropiación presupuestaria. Las instituciones contratantes, previo al inicio de un procedimiento de contratación de obras, bienes o servicios, se proveerán de una certificación de apropiación presupuestaria en la que se haga constar el monto total del egreso previsto para la contratación de que se trate. Párrafo I.- La certificación será publicada junto a la convocatoria en el Sistema Electrónico de las Contrataciones Pública. Párrafo II.- La violación a lo dispuesto en este artículo conllevará la nulidad de pleno derecho del procedimiento de contratación, salvo para los casos en que la presente ley y sus reglamentos de aplicación prevean excepciones. Párrafo…
El acta designa a los peritos por nombre y especialidad, pero no consigna perfiles, funciones específicas asignadas a cada uno ni la declaración de ausencia de conflictos de interés que el reglamento exige que indique el acto de designación. Verificar si hubo un acto complementario que documente esos elementos.
“QUINTO DESIGNAR como en efecto DESIGNA los peritos del proceso, a saber: como peritos técnicos los señores Balbina Mercedes, Francina Quezada, Nathalie Espinal, como peritos financieros, Anyely Janayra Soto, perito Financiera y como perito ” (pág. 4)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 91 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 91 — Formalización de designación y duración de funciones
Artículo 91.- Formalización de designación y duración de funciones. La designación de los peritos debe constar mediante acto administrativo motivado emitido por el Comité de Contrataciones Públicas. Dicho acto debe indicar: 1. Nombres, cargos y perfiles de los peritos designados; 2. Funciones específicas asignadas a cada uno; 3. Declaración de ausencia de conflictos de interés. Párrafo I. En los procedimientos de contratación directa sujeta a umbral y de contratación menor, los peritos son designados por la Dirección Administrativa y Financiera. La designación debe hacerse constar en un acta simple de inicio de procedimiento. Párrafo II. La designación de peritos tiene validez únicamente…
Al verificar los estudios previos para la compra de tickets de combustible, el acta describe el informe como referido a la adquisición de equipos tecnológicos. La discrepancia debe contrastarse con el informe incorporado al expediente para establecer si es un error de transcripción o si los estudios previos corresponden a otro objeto.
“Que en fecha ocho (08) de agosto del año dos mil veintiséis (2026) se emitió el informe de estudios previos para la Adquisición de equipos tecnológicos para uso del Ministerio.” (pág. 2)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona