Las bases técnicas de la segunda convocatoria definen la instalación y puesta en servicio de 11,359 totalizadores en cinco lotes territoriales, con suministro de materiales, personal, brigadas y controles de recepción y trazabilidad. El portal registra convocatoria el 2026-09-11 y un monto estimado de RD$180,537,319.54; los plazos de ejecución indicados en las bases varían entre dos y seis meses por lote, además de dos meses para adquirir materiales.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Las bases establecen cinco lotes, pero la ficha del portal suministrada indica «Por lotes: no». Aunque otros documentos del proceso también describen cinco lotes, la discrepancia merece verificarse porque puede afectar la forma de presentar ofertas y la trazabilidad de la adjudicación por lote.
“Se presentarán cinco (5) lotes, compuesto por un (1) sector que representan la zona de concesión de Edenorte.” (pág. 4)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 49 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 49 — Responsabilidad institucional y supervisión
Artículo 49.- Responsabilidad institucional y supervisión. Las instituciones contratantes son responsables de la veracidad, exactitud y actualización de la información que registren en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. El incumplimiento de las obligaciones de registro o publicación puede dar lugar a la aplicación de las sanciones disciplinarias establecidas en la ley, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas o civiles que correspondan. Párrafo. La Dirección General de Contrataciones Públicas debe ejercer funciones de monitoreo, control y asistencia técnica sobre el uso del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas, y puede realizar auditorías informáticas…
Las bases permiten que EDENORTE aporte materiales propios y los descuente «de la cantidad del presupuesto contratado», sin precisar en esta cláusula cómo se valorarán ni documentarán esos materiales para calcular la deducción. Conviene verificar que el pliego y el contrato establezcan una base de cálculo y una trazabilidad verificable para los ajustes de pago.
“En el caso que Edenorte lo requiera, puede aportar materiales propios de su almacén y descontar de la cantidad del presupuesto contratado.” (pág. 13)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Ley 47-25, art. 135 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Ley 47-25, artículo 135 — Contenido mínimo de los contratos
Artículo 135.- Contenido mínimo de los contratos. Para ser considerados válidos, los contratos deberán tener el siguiente contenido mínimo: 1) Identificación de las partes contratantes; 2) Acreditación de la calidad de los suscribientes a los fines de la formalización del contrato; 3) Antecedentes de la contratación; 4) Definición del objeto contractual y tipo de contrato; 5) La duración del contrato, la fecha de inicio de su ejecución, el cronograma de entrega o prestaciones y la posibilidad de prórrogas a la duración; 6) La determinación del riesgo previsible y el esquema bajo el cual estará distribuido entre las partes; 7) El precio cierto o el modo de determinarlo, los criterios para el…
La descripción asigna Duarte y Sánchez Ramírez al «San Francisco Centro» del lote 3 y también incluye Duarte en el lote 4; además, el detalle del lote 3 en la sección 4.3 enumera La Vega, Espaillat y Monseñor Nouel. La inconsistencia puede generar distintas interpretaciones sobre el territorio y las prestaciones comprendidas en cada lote.
“• Lote 3 Sector La Vega (incluye las provincias Monseñor Nouel, Espaillat y La Vega) y San Francisco Centro (incluye las provincias Duarte y Sánchez Ramírez). • Lote 4 Sector San Francisco (incluye las provincias Duarte, Samaná, María Trini” (pág. 4)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 83 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 83 — Lotificación
Artículo 83.- Lotificación. Para todas las contrataciones establecidas en la presente ley, tratándose de bienes, servicios y obras individualizables, los procedimientos podrán realizarse por lotes, cuando, de conformidad con los estudios previos, se haya identificado tal posibilidad, de manera que, sin afectar el interés público, se busque la inclusión de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES). Párrafo.- Los pliegos de condiciones, en el caso previsto en este artículo, deberán haber establecido los lotes a adjudicar y la posibilidad o no de hacer adjudicaciones parciales, según la naturaleza de la contratación a realizar.
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Las bases reservan a EDENORTE la posibilidad de modificar aspectos operativos, redistribuir frentes y ajustar cronogramas, pero la cláusula citada no fija alcance ni límites concretos. Por su posible incidencia en la ejecución y sus condiciones, corresponde verificar que los documentos contractuales delimiten cuándo y cómo pueden aplicarse esos cambios.
“EDENORTE podrá modificar aspectos operativos, redistribuir frentes de trabajo, priorizar zonas o ajustar cronogramas de ejecución conforme a las necesidades del proyecto y condiciones de terreno.” (pág. 14)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 149 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 149 — Modificación de los contratos
Artículo 149.- Modificación de los contratos. Los contratos podrán ser modificados unilateralmente o de mutuo acuerdo, cuando existan razones de interés público y bajo la forma y condiciones previstas en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones, bajo las siguientes circunstancias mínimas: 1) Que la posibilidad de la modificación haya sido prevista en los pliegos de condiciones de manera clara, precisa e inequívoca en cuanto a su alcance, naturaleza, límites y condiciones de aplicación; 2) Que la modificación sea decidida de manera unilateral por la institución contratante, en atención a razones de interés general vinculadas con el objeto de la…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona