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Abriendo la ficha…

Enmienda

Pliego OGTIC-CCC-SI-2026-0010 con Enmienda no.1.pdf

Adquisición de equipos tecnológicos para equipamiento del Punto GOB San Francisco de Macorís. Proceso dirigido a empresas Pymes de la Provincia Duarte. · Oficina Gubernamental de Tecnología de la Información y la Comunicación (OGTIC)

Publicado el 11 sept de 202650 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso OGTIC-CCC-SI-2026-0010

Lo que dice

El pliego enmendado establece la subasta inversa electrónica para adquirir 214 equipos tecnológicos en un lote único, con presupuesto base de RD$16,026,240.00, y señala que el proceso está dirigido a empresas Pymes de la provincia Duarte. Fija la recepción de ofertas para el 18 de septiembre de 2026 a las 08:00 a. m.; el documento también contiene requisitos de habilitación, evaluación y ejecución contractual.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (7)

A revisarHallazgo en documentos

Restricción territorial para participar

Documento del 11 sept 2026 · hace 1 mes

El pliego dirige el proceso a Pymes de la provincia Duarte y exige domicilio en esa provincia. El Reglamento dispone que la exigencia territorial para MIPYMES sea preferencial y no excluyente, salvo que la naturaleza del objeto requiera razonablemente una prestación local y la restricción se justifique; conviene verificar ese fundamento para la compra de equipos tecnológicos.

“Copia del Registro Mercantil expedido por la Cámara de Comercio y Producción de la provincia Duarte. (vigente) (Subsanable)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 173 · Reglamento 52-26, art. 224 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 173 — Domicilio local de los proveedores

Artículo 173.- Domicilio local de los proveedores. En las contrataciones destinadas para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se establecerá la condición a los proveedores interesados que tengan fijados, domicilio en el distrito municipal, municipio, provincia o región en la que se vayan a suministrar los bienes, prestar los servicios o ejecutar las obras. Párrafo I.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley establecerán los criterios para determinar el domicilio del proveedor. Párrafo II.- Solo en caso de no existir oferentes locales calificados en el distrito municipal, municipio, provincia o región que puedan satisfacer el objeto contractual, se podrá contratar las…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 224 — Domicilio local de los proveedores

Artículo 224.- Domicilio local de los proveedores. Para los fines del artículo 173 de la Ley núm. 47-25, el domicilio del proveedor MIPYME debe determinarse atendiendo a criterios de presencia efectiva y capacidad operativa en la demarcación territorial correspondiente, los cuales podrán acreditarse, de manera alternativa, mediante: 1. Sede principal, sucursal, oficina operativa o establecimiento registrado en la demarcación donde se ejecutará la contratación; 2. Capacidad comprobada de prestación del servicio o suministro en la zona, atendiendo a la naturaleza del objeto contractual, la logística necesaria y los tiempos de respuesta requeridos; 3. Relación comercial previa y verificable en…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Se exige estar al día con impuestos y seguridad social a las Pymes

Documento del 11 sept 2026 · hace 1 mes

El pliego exige estar al día con DGII y TSS en un proceso reservado a Pymes. La Ley 47-25 permite que las MIPYMES participen aunque tengan obligaciones pendientes si el incumplimiento no supera seis meses, por lo que la condición consignada podría excluir oferentes que la ley permite admitir.

“Estar al día con sus obligaciones fiscales en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), tiene que ser depositado, será verificado en línea por la institución. 2. Estar al día con el pago de sus obligaciones de la Seguridad Social e”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones

Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…

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A revisarHallazgo en documentos

Requisito de dos referencias previas sin alcance definido

Documento del 11 sept 2026 · hace 1 mes

Se requiere acreditar al menos dos contratos u órdenes de compra ejecutados satisfactoriamente, sin definir en este requisito el valor mínimo ni la relación con el objeto. Al operar como condición de habilitación, puede limitar la participación de proveedores nuevos o con experiencia pertinente pero menos contratos; corresponde revisar su proporcionalidad respecto del objeto y presupuesto.

“Presentar mínimo dos (2) referencias de contratos y /o órdenes de compra ejecutados satisfactoriamente.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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A revisarHallazgo en documentos

Requisito técnico menciona codificaciones de neumáticos

Documento del 11 sept 2026 · hace 1 mes

En la documentación técnica se pide que las imágenes permitan apreciar codificaciones de neumáticos, aunque el objeto son equipos tecnológicos. Otra sección solicita fichas técnicas o catálogos de los equipos. La discrepancia puede generar incertidumbre sobre el requisito aplicable y sobre la base para habilitar o excluir ofertas.

“Oferta Técnica, indicando la marca ofertada y con imágenes donde se pueda apreciar las codificaciones de los neumáticos ofertados, conforme a las especificaciones técnicas suministradas.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…

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Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

A revisarHallazgo en documentos

Plazos de entrega generales y por artículo no coinciden

Documento del 11 sept 2026 · hace 1 mes

El pliego establece un plazo general de cinco días laborables tras cada requerimiento, pero las especificaciones por artículo incluyen entregas de hasta diez días y, para el servidor, de dos a cuatro semanas. La discrepancia puede afectar la comparación de ofertas y la exigibilidad del plazo contractual.

“El plazo de entrega previsto de los bienes se iniciará a partir de la certificación del contrato por la Contraloría General de la República, con un tiempo de entrega de 5 días laborables, luego de haber solicitado a requerimiento; la vigenc”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 77 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Reglamento 52-26, artículo 77 — Reglas particulares para los contratos de bienes según demanda

Artículo 77.- Reglas particulares para los contratos de bienes según demanda. En los contratos de bienes según demanda, la institución contratante puede requerir la entrega de los bienes durante el lapso de duración previsto y al precio unitario contratado, de acuerdo con sus necesidades y con una frecuencia preestablecida y acordada en el contrato. Párrafo I. En el pliego de condiciones debe advertirse que la institución contratante no asume el compromiso de requerir el total de las unidades adjudicadas, sino únicamente aquellas que sean requeridas. En consecuencia, el valor del contrato debe establecerse sobre un monto tope máximo determinable. Párrafo II. La institución contratante debe…

A revisarHallazgo en documentos

Condiciones de anticipo para MIPYMES son inconsistentes

Documento del 11 sept 2026 · hace 1 mes

Una cláusula indica que el anticipo para MIPYMES será del “veinte por ciento (30%)” y otra establece treinta por ciento, mientras que la primera también fija un plazo de hasta quince días y la sección de pagos uno de hasta treinta días. La divergencia deja inciertos el porcentaje y el momento del desembolso frente al anticipo del 30% previsto para MIPYMES.

“Si se trata de un adjudicatario certificado como MIPYME, por concepto de avance recibirán el veinte por ciento (30%)10, y solo se podrá exigir como garantía, una fianza prestada a través de una compañía aseguradora11.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES

Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.

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ContextoHallazgo en documentos

El criterio de precio se expresa también como porcentaje de descuento

Documento del 11 sept 2026 · hace 1 mes

El pliego indica que el precio de arranque será el menor precio ofertado, pero posteriormente lo identifica como el menor porcentaje de descuento. La diferencia puede cambiar la interpretación de la puja y la comparación económica, por lo que conviene aclarar cuál magnitud determina el orden de las ofertas.

“El precio de arranque de la subasta será el menor de los ofrecidos por los oferentes que resulten habilitados en la evaluación de las ofertas económicas iniciales, para participar en la puja. … El precio de arranque de la subasta será el me”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 121 · Reglamento 52-26, art. 114 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 121 — Menor precio

Artículo 121.- Menor precio. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir del menor precio, la institución contratante deberá evaluar en primer lugar la oferta técnica “Sobre A” bajo el criterio cumple o no cumple, y solo aquellas propuestas que cumplan con todos los criterios establecidos, serán habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I.- La oferta más conveniente será aquella que luego de haber cumplido todo lo técnico, presente el menor precio. Párrafo II.- Para el procedimiento de contratación mediante subasta inversa, siempre será considerada como propuesta más conveniente la de menor precio ofertado.

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Reglamento 52-26, artículo 114 — Criterios de adjudicación

Artículo 114.- Criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación constituyen las reglas generales a partir de las cuales se entiende una propuesta como la más conveniente. Deben ser establecidos de manera inequívoca en el pliego de condiciones. De conformidad con el contenido de la Ley núm. 47-25, pueden ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor costo atendiendo al…

Cambios que introduce (1)

SecciónAntesDespuésEfecto
Cronograma de actividadesFecha límite para recibir ofertasEl pliego anterior indicaba como límite el 11 de septiembre de 2026 a las 08:00 a. m.El pliego enmendado fija la recepción de ofertas hasta el 18 de septiembre de 2026 a las 08:00 a. m.Relaja

Otros documentos del proceso (16)

  • Acta_de_inicio_del_Procedimiento_-_Punto_GOB_SFM_signed.pdfInforme pericial · 31 ago de 2026
  • Resolucion_de_Aprobacion_de_Pliego_de_Condiciones_-_Equipos_Tec._SFM._SI.07_signed.pdfPliego · 31 ago de 2026
  • Resolucion_Modificacion_de_Peritos_-_Cesar_Ogando_signed.pdfInforme pericial · 31 ago de 2026 · 1 señal
  • Modelo de contrato para Bienes.docxContrato · 31 ago de 2026
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 31 ago de 2026
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 31 ago de 2026
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 31 ago de 2026
  • compromiso-etico-de-proveedores.docxDocumento · 31 ago de 2026
  • SNCCP-PROV-F-040- Formulario debida diligencia y conflicto de interes.docxDebida diligencia · 31 ago de 2026
  • Solicitud_de_Compras_SI-0010.pdfSolicitud de compra · 31 ago de 2026
  • NO OBJECION OGTIC.pdfPliego · 2 sept de 2026 · 2 señales

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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  • Pliego_de_Condiciones_SI-0010_firma_peritos_.pdfInforme pericial · 2 sept de 2026 · 2 señales
  • Acta_que_modifica_Cronograma_y_Ficha_Tecnica_SI.10.pdfActa · 11 sept de 2026 · 1 señal
  • Circular_de_Respuestas_oferente_SI-0010_signed.pdfCircular · 15 sept de 2026
  • Circular_de_Respuestas_oferente_SI-0010_signed.pdfCircular · 15 sept de 2026
  • Resolucion_Modificacion_de_Peritos OGTIC-RES-MAE-0006.pdfInforme pericial · 1 oct de 2026