sábado, 17 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Enmienda

ENMIENDA UTECT-CCC-LPN-2026-0003.pdf

Adquisición y renovación de licencias informáticas para la UTECT · Unidad Técnica Ejecutora de Titulación de Terrenos del Estado

Publicado el 11 sept de 2026Fechado el 10 sept de 202617 páginasEn el mensaje «ENMIENDA»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso UTECT-CCC-LPN-2026-0003

Lo que dice

La enmienda, fechada el 11 de septiembre de 2026, responde a observaciones de la DGCP y aclara que la adjudicación será por ítem independiente. También anuncia la publicación de una circular de preguntas y respuestas y actualiza el estudio previo para permitir subcontratación de hasta el 45% del contrato, o 50% si la subcontratada es MIPYME, con autorización institucional previa. No identifica oferentes ni montos adjudicados.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarEnmienda relaja un control

Enmienda relaja un control del pliego

Documento del 11 sept 2026 · hace 1 mes

El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina la prohibición de subcontratar consignada en el estudio previo y se permite que terceros ejecuten hasta el 45% o 50% de las prestaciones. Se mantienen controles de identidad —identificación de subcontratistas— y autorización institucional previa..

Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones

Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
ContextoHallazgo en documentos

Referencia de inhabilidades de subcontratistas apunta a artículo incorrecto

Documento del 11 sept 2026 · hace 1 mes

La cláusula actualizada remite al artículo 15 de la Ley 47-25 como régimen de inhabilidades, pero ese artículo trata las inhabilidades para ser director general de la DGCP; las inhabilidades para contratar están en el artículo 38. Conviene verificar que la evaluación de subcontratistas aplique el régimen pertinente; el documento no consigna que esto haya alterado una evaluación o adjudicación.

“quienes no podrán estar en el régimen de inhabilidades previsto en el artículo 15 de la Ley 47-25 sobre Contrataciones Públicas”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 38 · Ley 47-25, art. 152 · Reglamento 52-26, art. 195 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 38 — Inhabilidades para contratar

Artículo 38.- Inhabilidades para contratar. Se establece, bajo las condiciones y el alcance previsto en este artículo, un régimen de inhabilidades para contratar, el cual puede ser de dos tipos, por un lado absolutas, cuando el impedimento para contratar se extienda a todos los entes, órganos o instituciones, o por otro lado relativas, cuando se limiten a un determinado ente, órgano o institución; en consecuencia, no podrán ser oferentes ni contratar con los entes, los órganos o instituciones referidos en el artículo 2 de la presente ley, ni las personas físicas o jurídicas, en los términos siguientes: 1) Inhabilidades absolutas: a) El presidente y vicepresidente de la República, los…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 152 — Subcontratación

Artículo 152.- Subcontratación. Los proveedores podrán subcontratar la realización parcial de las prestaciones requeridas por hasta un cuarenta y cinco por ciento (45%) del monto del contrato, siempre que la persona propuesta cumpla con los requisitos de calificación que resulten adecuados y proporcionales a las obligaciones contractuales pendientes de ejecutar y a la responsabilidad que deba asumir y no se encuentre incurso en el régimen de prohibiciones previsto en la presente ley. Párrafo I.- Autorizada la subcontratación, el proveedor contratado mantendrá su responsabilidad frente a la institución contratante por el cumplimiento del contrato. Párrafo II.- En ningún caso la…

ContextoHallazgo en documentos

Diferencia sobre cuándo estuvo publicado el proceso en el portal institucional

Documento del 11 sept 2026 · hace 1 mes

La observación de la DGCP dice que el 7 de septiembre no pudo verificar la publicación; la UTECT sostiene que el proceso fue cargado oportunamente y aporta una captura. La discrepancia amerita comprobar la fecha y trazabilidad de esa publicación; el portal del proceso registra convocatoria el 11 de agosto, pero eso no resuelve por sí solo la fecha de publicación en el portal institucional.

““A! 7 de septiembre de 2026 a ¡as 9:10 a. m., no fue posible veriifcar ¡a publicación del proceso de referencia en el portal institucional.” … “constatamos quefue cargado en tiempo oportuno la publicación del proceso””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 34 · Ley 47-25, art. 98 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 34 — Perfil de contratante

Artículo 34.- Perfil de contratante. Las instituciones contratantes, sin perjuicio de las actuaciones publicadas a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas, deberán contar con un apartado integrado a su portal institucional en donde se agrupen las informaciones y documentaciones relativas a su actividad contractual, con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a estas. Párrafo.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley establecerán las informaciones, documentaciones y datos que deberán ser de acceso al público a través del perfil del contratante, así como las funcionalidades mínimas que deberán garantizarse a los usuarios de conformidad con la Ley…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 98 — Publicidad de la convocatoria

Artículo 98.- Publicidad de la convocatoria. La convocatoria a presentar ofertas en el procedimiento de selección correspondiente deberá generarse a través del portal de la institución contratante, en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en periódicos impresos de circulación nacional durante dos (2) días consecutivos. Párrafo I.- De manera conjunta con la convocatoria, deberá hacerse disponible el pliego de condiciones a través de los medios indicados. Párrafo II.- En los casos que se requiera una convocatoria internacional, deberá adicionalmente, realizarse una publicación a través de medios digitales de difusión internacional orientados al mercado público y otros mecanismos…

Cambios que introduce (2)

SecciónAntesDespuésEfecto
AdjudicaciónAdjudicación por ítem independienteEl documento señala que no estaba claro si se podía participar por todos los ítems o por ítems individuales.Se aclara que la adjudicación es por ítem independiente y que los oferentes pueden participar por uno o varios ítems.Aclara
Estudio previo, numeral 6.3SubcontrataciónEl estudio previo indicaba que la subcontratación no aplicaba; el pliego ya la autorizaba hasta 45%, o 50% si la subcontratada era MIPYME.Se actualiza el estudio previo para permitir subcontratación hasta 45%, o 50% si la subcontratada es MIPYME, con autorización previa, identificación de las prestaciones y subcontratistas, y responsabilidad del contratista.RelajaQuita un control: Se elimina la prohibición de subcontratar consignada en el estudio previo y se permite que terceros ejecuten hasta el 45% o 50% de las prestaciones. Se mantienen controles de identidad —identificación de subcontratistas— y autorización institucional previa.

Otros documentos del proceso (35)

  • Abrobación de la OGTIC.pdfDocumento · 10 ago de 2026
  • Acta de aprobación de especificaciones tecnias-pliego de condiciones-Inicio del procedimiento.pdfPliego · 10 ago de 2026 · 1 señal
  • Acta de aprobación de especificaciones tecnias-pliego de condiciones-Inicio del procedimiento.pdfPliego · 10 ago de 2026 · 1 señal
  • Acta de aprobación del procedimiento ordinario y designación de los peritos.pdfInforme pericial · 10 ago de 2026 · 1 señal
  • Especificaciones Técnicas.pdfPliego · 10 ago de 2026 · 3 señales
  • ESTUDIO PREVIO PARA LA RENOVACION Y ADQUISICION DE LICENCIAS.pdfEstudio previo · 10 ago de 2026 · 2 señales
  • Publicacion en el periodico El Nuevo Diario.pdfDocumento · 10 ago de 2026
  • COMPROMISO ETICO DE PROVEEDORES.docxDocumento · 10 ago de 2026
  • SNCC_D049_Experiencia_contratista.docxDocumento · 10 ago de 2026
  • SNCC_F033_Oferta_Economica.docxDocumento · 10 ago de 2026

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 195 — Condiciones adicionales para la cesión de contratos y la subcontratación

Artículo 195.- Condiciones adicionales para la cesión de contratos y la subcontratación. En adición a las condiciones previstas en la Ley núm. 47-25, la cesión de contratos y la subcontratación solo procede cuando el cesionario o subcontratista, según corresponda, se encuentre inscrito en el Registro de Proveedor del Estado y no se encuentre incurso en alguna de las inhabilidades previstas con relación a la contratación en cuestión.

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docx
Documento · 10 ago de 2026
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 10 ago de 2026
  • SNCC_F047_Autorizacion_Fabricante.docxDocumento · 10 ago de 2026
  • Contrato Ejecución de Servicios modelo.docxContrato · 10 ago de 2026
  • DECLARACION JURADA DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERES.pdfDocumento · 10 ago de 2026
  • Pliego de condiciones.pdfPliego · 10 ago de 2026 · 6 señales
  • Solicitud de Compras.pdfSolicitud de compra · 10 ago de 2026 · 1 señal
  • Publicacion en el periodico El Nuevo Diario.pdfDocumento · 11 ago de 2026
  • Publicacion en el Diario Libre.pdfDocumento · 11 ago de 2026
  • ENMIENDA Y CIRCULAR DE PREGUNTAS Y RESPUESTAS.pdfEnmienda · 11 sept de 2026 · 1 señal
  • Circular de Preguntas y Respuestas.pdfCircular · 11 sept de 2026 · 2 señales
  • Circular de Subsanacion Altice Dominicana SA.pdfCircular · 9 oct de 2026
  • Circular de Subsanacion BlueBox Solutions SRL.pdfCircular · 9 oct de 2026
  • Circular de Subsanacion Clickteck SRL.pdfCircular · 9 oct de 2026
  • Circular de Subsanacion Compañia Dominicana de Telefonos SA.pdfCircular · 9 oct de 2026
  • Circular de Subsanacion C-Ven Technologies SRL.pdfCircular · 9 oct de 2026
  • Circular de Subsanacion Dipuglia PC Outlet Store SRL.pdfCircular · 9 oct de 2026
  • Circular de Subsanacion Identificaciones JMB SRL.pdfCircular · 9 oct de 2026
  • Circular de Subsanacion Inversiones Express SRL.pdfCircular · 9 oct de 2026
  • Circular de Subsanacion IP Expert IPX SRL.pdfCircular · 9 oct de 2026
  • Circular de Subsanacion ITcorp Gongloss SRL.pdfCircular · 9 oct de 2026
  • Circular de Subsanacion PWA EIRL.pdfCircular · 9 oct de 2026
  • Circular de Subsanacion Seti & Sidif Dominicana SRL.pdfCircular · 9 oct de 2026
  • Circular de Subsanacion Silicio Technology EIRL.pdfCircular · 9 oct de 2026
  • Circular de Subsanacion Torres & Mata Investments SRL.pdfCircular · 9 oct de 2026