El 11 de septiembre de 2026, el Comité de Compras y Contrataciones de la Dirección General de Bienes Nacionales aprobó iniciar el proceso DGBN-CCC-SI-2026-0005 mediante subasta inversa para adquirir mobiliarios destinados al Edificio Gubernamental Juan Pablo Duarte, en La Vega. También aprobó el pliego y designó tres peritos para evaluar las ofertas.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal registra dos ofertas frente a 1,271 proveedores notificados. La cifra de notificaciones no equivale necesariamente a oferentes elegibles o interesados, pero la baja concurrencia efectiva merece revisión en el contexto de una subasta inversa reservada a MIPYMES Mujer.
“Aprobar como procedi mobiliarios para uso … de dificio Gubernamental Juan Pablo Duarte, Provincia La Vega, con”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
El portal registra a ENCADELCAT Multiservices, SRL como oferente; según la consulta DGII del 2026-09-27 aportada, su actividad vigente es la venta al por mayor de productos alimenticios, mientras que el proceso es para mobiliarios. Como la consulta es posterior a la oferta y no acredita por sí sola la actividad al momento de participar, conviene verificar la actividad registrada entonces y su capacidad para suministrar estos bienes.
“mobiliarios para uso de Edificio Gubernamental Juan Pablo Duarte, Provincia La Vega”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona