Las especificaciones del proceso DPP-CCC-PEPB-2026-0039 convocan una contratación directa de publicidad para el período del 1 de octubre al 30 de noviembre de 2026. Detallan 23 colocaciones por un estimado total de RD$5,456,400 y fijan la presentación de ofertas para el 16 de septiembre de 2026; el criterio indicado es cumplir con lo requerido en el pliego. El contexto del expediente registra adjudicaciones por ese total a 23 oferentes y dos ofertas no habilitadas.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego no precisa cómo comparar o escoger entre ofertas que cumplan los requisitos, sino que describe como criterio el cumplimiento general. Con múltiples ofertas registradas en el proceso, la falta de una regla explícita de comparación merece revisión para comprobar la aplicación objetiva del criterio.
“Se evaluarán las Ofertas dando cumplimiento a los principios de transparencia, objetividad, economía, celeridad utilizando como criterio de adjudicación cuya propuesta que cumpla con todo lo requerido en este pliego de condiciones.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 114 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 52-26, artículo 114 — Criterios de adjudicación
Artículo 114.- Criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación constituyen las reglas generales a partir de las cuales se entiende una propuesta como la más conveniente. Deben ser establecidos de manera inequívoca en el pliego de condiciones. De conformidad con el contenido de la Ley núm. 47-25, pueden ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor costo atendiendo al…
El pliego condiciona el anticipo del 30% a que la MIPYME lo solicite y prevé hasta 30 días desde la firma para pagarlo. La Ley establece el anticipo con la suscripción del contrato u orden, sin necesidad de factura; conviene verificar que esta formulación no limite ese derecho.
“El anticipo le será otorgado al adjudicatario (a), correspondiente a un (30%) si se trata de un oferente certificado como MIPYMES, se hará en un plazo no mayor a treinta (30) días a partir de la firma del Contrato y contra presentación de g”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · Reglamento 52-26, art. 225 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
Reglamento 52-26, artículo 225 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 225.- Anticipo de pago a MIPYMES. El desembolso del pago realizado a una MIPYME por concepto de anticipo debe ser registrado obligatoriamente en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas, así como la constancia de su aplicación en la ejecución contractual.
El pliego fija una vigencia de dos meses desde la emisión, mientras que la prestación corre del 1 de octubre al 30 de noviembre y la garantía debe mantenerse hasta la liquidación. Si la póliza se emite antes de octubre, podría vencer antes de esa fecha o de la liquidación; además, el propio pliego condiciona su aplicación.
“La vigencia de la Póliza de Fiel Cumplimiento de contrato será de dos (2) meses contando a partir de su emisión (si aplica).”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 208 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 208 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 208.- Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento debe mantenerse vigente hasta la liquidación del contrato, orden de compra u orden de servicio. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía debe mantenerse vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas o desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. De existir fallas o desperfectos debidamente demostrados y notificados al adjudicatario, y este se negare a repararlos, debe ejecutarse la garantía. Párrafo II. Cuando la prestación del servicio o la entrega del bien u obra no vaya a realizarse en la fecha prevista, el proveedor debe prorrogar…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Ruperto Alis DomínguezEl acta de adjudicación indica que cumple la evaluación técnica y económica.
Adjudicado
Ítem 21
RD$177,000
Carlos Guzmán GorisEl acta de adjudicación indica que cumple la evaluación técnica y económica.
Adjudicado
Ítem 22
RD$118,000
Grupo Mecca, SRLEl acta de adjudicación indica que cumple la evaluación técnica y económica.
Adjudicado
Ítem 23
RD$300,000
Arsenio Arcelino Peralta CiriacoEl acta afirma que no acreditó una condición esencial del artículo 167 del Reglamento 52-26 y que su inclusión requeriría recursos adicionales o modificar la programación.
No habilitado
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RD$118,000
Milton Odalis Camacho CruzEl acta afirma que no acreditó una condición esencial del artículo 167 del Reglamento 52-26 y que su inclusión requeriría recursos adicionales o modificar la programación.