La Enmienda 01, fechada el 7 de septiembre de 2026, acoge parcialmente observaciones del monitoreo de la DGCP y modifica el pliego del proceso CSLEA-CCC-PEEX-2026-0002. Entre los cambios, reduce de dos a un camión cisterna de uso exclusivo y fija en un máximo de 30 días los plazos de pago del anticipo y de los pagos parciales; ordena publicar la enmienda y continuar el procedimiento.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal identifica el proceso como excepción por exclusividad, pero la enmienda ordena continuar como «Contratación Simplificada». Para servicios en 2026, el umbral máximo de contratación simplificada es RD$6,436,757.50 frente al monto estimado de RD$79,000,000; si se trata solo de una denominación errónea y el proceso sigue bajo la excepción, ese umbral ordinario no sería aplicable. Conviene conciliar la modalidad consignada en los actos y el portal.
“CUARTO: ORDENA la continuación de la ejecución del presente procedimiento de Contratación Simplificada de referencia CSLEA-CCC-PEEX-2026-0002,”
Artículo 57.- Selección por cuantía. La selección por cuantía aplicará en: 1) La licitación pública cuando el valor estimado sea igual o superior al umbral mínimo determinado en aplicación del tratado internacional de libre comercio vigente, el cual deberá ser fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 2) La contratación simplificada cuando el valor estimado sea inferior al umbral fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) La contratación menor cuando el valor estimado sea inferior al umbral de contratación simplificada fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de…
Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción
Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce de dos a uno los vehículos exclusivos exigidos, eliminando el segundo vehículo como respaldo operativo ante mantenimiento o indisponibilidad del primero..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
4.10. Derecho a participarReferencias sobre capacidad e inhabilidades
Remitía al artículo 8 de la Ley 340-06 para acreditar capacidad y al artículo 14 de esa ley para prohibiciones e inhabilidades.
Remite al artículo 37 de la Ley 47-25 para la capacidad de contratar y al artículo 38 para las inhabilidades.
Aclara
4.12. Comportamientos violatorios de la competenciaReferencia normativa sobre prácticas prohibidas
Remitía al artículo 11 de la Ley 340-06.
Sustituye esa referencia por las disposiciones de la Ley 47-25 sobre prácticas prohibidas y exclusión de oferentes, y actualiza el texto correspondiente.
Aclara
2.9. Desempate de ofertasRegla de desempate
Remitía al artículo 117 del Reglamento 56-22.
Remite al artículo 117 del Reglamento 52-26 y mantiene los criterios del pliego en cuanto sean compatibles con este.
Aclara
Subsanación de ofertasReferencia reglamentaria
La referencia consignaba el artículo 106 del Reglamento 52-06.
La referencia se corrige al artículo 106 del Reglamento 52-26; se mantiene la remisión al artículo 112 de la Ley 47-25.
Aclara
Condiciones de pagoPlazo para pagar anticipo y pagos parciales
El anticipo y los pagos parciales podían pagarse en un plazo no mayor de 60 días.
El anticipo, cuando aplique, y cada pago parcial tienen un plazo máximo de 30 días desde que se cumplan las condiciones de exigibilidad; los pagos parciales se vinculan a entregas recibidas y certificadas.
Endurece
1.6. Entregables/resultados esperados, punto 10Camiones cisterna exclusivos
Disponibilidad mínima de dos camiones cisterna operativos en exclusividad.
Se exige un camión cisterna de operación exclusiva para abastecer el complejo hospitalario.
RelajaQuita un control: Reduce de dos a uno los vehículos exclusivos exigidos, eliminando el segundo vehículo como respaldo operativo ante mantenimiento o indisponibilidad del primero.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona