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Pliego

Pliego de condiciones - DE OBRAS.pdf

Selección de un contratista para la construcción de una Funeraria Municipal En Bávaro como parte del Presupuesto Participativo Municipal 2026. · Ayuntamiento Distrito Municipal Turístico Verón Punta Cana

Publicado el 8 sept de 202646 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso Ayto. Verón-CCC-CP-2026-0008

Lo que dice

El pliego del proceso Ayto. Verón-CCC-CP-2026-0008 establece una contratación con presupuesto base de RD$6,000,000 para construir una funeraria municipal en Bávaro, con ejecución máxima de dos meses y ofertas hasta el 16 de septiembre de 2026. Aunque el portal clasifica el proceso como ordinario, el pliego lo describe también como una excepción por urgencia y dispone la recepción únicamente en papel. Las ofertas que constan en el portal están pendientes, por lo que este pliego no decide habilitación ni adjudicación.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentosRD$6 millones

El pliego mezcla proceso ordinario y excepción por urgencia

Documento del 8 sept 2026 · hace 1 mes

El portal clasifica el procedimiento como ordinario, pero el pliego lo denomina excepción por urgencia y exclusividad. Esa diferencia puede incidir en la justificación, las actuaciones y los plazos aplicables; conviene aclarar cuál modalidad rige, sin que este documento por sí solo permita concluir que faltan informes en el expediente.

“el presente proceso de contratación, declarado bajo modalidad de exclusividad por situación de urgencia”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 79 · Reglamento 52-26, art. 149 · Reglamento 52-26, art. 160 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 79 — Justificación de las excepciones

Artículo 79.- Justificación de las excepciones. El uso de cualquiera de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección deberá estar siempre justificado y debidamente motivado mediante resolución del Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante para aprobar el inicio de su ejecución, previo informes técnicos y jurídicos que motiven y justifiquen su uso. Párrafo.- Los principios rectores de la contratación pública son aplicables a los procedimientos de contratación mediante excepción, de conformidad con la naturaleza y características específicas que correspondan.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 149 — Aplicación estricta y prohibición de interpretación extensiva

Artículo 149.- Aplicación estricta y prohibición de interpretación extensiva. Las modalidades de excepción a los procedimientos ordinarios de selección previstas en la Ley núm. 47-25 solo pueden aplicarse en los casos y supuestos taxativamente establecidos, los cuales deben ser entendidos de manera estricta y nunca por analogía o interpretación extensiva.

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 160 — Procedimiento de selección competitiva en situaciones de urgencia

Artículo 160.- Procedimiento de selección competitiva en situaciones de urgencia. En los casos de situaciones de urgencia, deben aplicarse las siguientes reglas particulares: 1. El procedimiento debe iniciar con una resolución motivada de la máxima autoridad de la institución, la cual debe sustentarse en un informe pericial que justifique el uso de la excepción. Esta resolución autoriza al Comité de Contrataciones Públicas a organizar, gestionar y ejecutar el procedimiento. 2. El Comité de Contrataciones Públicas aprueba el uso de la excepción con base en el alcance y contenido establecidos en el informe de justificación, así como en el pliego de condiciones aplicable al procedimiento. 3.…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentosRD$6 millones

Requisitos financieros y de experiencia ameritan revisar proporcionalidad

Documento del 8 sept 2026 · hace 1 mes

Para una obra estimada en RD$6,000,000, el pliego exige experiencia en obras similares de al menos cinco años, estados financieros auditados de dos ejercicios y disponibilidad bancaria o crediticia mínima del 20%. La combinación puede restringir la participación; debe comprobarse su proporcionalidad con el objeto y el valor de la obra.

“Experiencia en ejercicio profesional en obras similares ≥ 5 años.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

A revisarHallazgo en documentos

Criterios financieros presentan una exigencia bancaria no uniforme

Documento del 8 sept 2026 · hace 1 mes

Una sección pide al menos una garantía o certificación bancaria por el 20% del valor del procedimiento; la tabla de evaluación indica que no sería necesaria si el capital de trabajo alcanza ese porcentaje. La diferencia deja incierto si la evidencia bancaria es siempre obligatoria o si puede sustituirse por capital de trabajo suficiente.

“Presentar minimo una (1) garantia o certificacion bancaria en donde se evidencie que posee disponibilidad de crédito y liquidez equivalente mínimo al 20% del valor total establecido en el presente procedimiento por el que participa.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 101 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

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Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

A revisarHallazgo en documentos

El límite de subcontratación excede el general sin condición expresa

Documento del 8 sept 2026 · hace 1 mes

El pliego permite subcontratar hasta el 50% de las tareas sin condicionar ese porcentaje a que las empresas subcontratadas sean MIPYMES. La ley fija un máximo general de 45% y permite llegar a 50% cuando las subcontratadas sean MIPYMES; corresponde precisar la regla aplicable.

“El(la) contratista podrá subcontratar la ejecución de hasta el 50% del monto de las tareas comprendidas en este pliego de condiciones, con la previa y expresa autorización de la institución contratante de acuerdo con la Ley núm. 47-25 y sus”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 152 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 152 — Subcontratación

Artículo 152.- Subcontratación. Los proveedores podrán subcontratar la realización parcial de las prestaciones requeridas por hasta un cuarenta y cinco por ciento (45%) del monto del contrato, siempre que la persona propuesta cumpla con los requisitos de calificación que resulten adecuados y proporcionales a las obligaciones contractuales pendientes de ejecutar y a la responsabilidad que deba asumir y no se encuentre incurso en el régimen de prohibiciones previsto en la presente ley. Párrafo I.- Autorizada la subcontratación, el proveedor contratado mantendrá su responsabilidad frente a la institución contratante por el cumplimiento del contrato. Párrafo II.- En ningún caso la…

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Oferentes que registra (4)

4 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Brand Torres Ingeniería y Arquitectura, SRLEl portal registra la oferta como cargada y pendiente; el pliego no decide su habilitación ni adjudicación.Mencionado—RD$5,400,000
DSMG Arquitectos e Ingenieros, EIRLEl portal registra la oferta como cargada y pendiente; el pliego no decide su habilitación ni adjudicación.Mencionado—RD$5,725,199
Bigex Group, SRLEl portal registra la oferta como cargada y pendiente; el pliego no decide su habilitación ni adjudicación.Mencionado—RD$5,884,832
OPORTO GROUP, SRLEl portal registra la oferta como cargada y pendiente; el pliego no decide su habilitación ni adjudicación.Mencionado—RD$6,544,630

Otros documentos del proceso (8)

  • PRESUPUESTO FUNERARIA.xlsxDocumento · 8 sept de 2026
  • Autorización.pdfActa · 8 sept de 2026
  • PLANOS FUNERARIA LA CEIBA.pdfDocumento · 8 sept de 2026
  • Pliego de condiciones - DE OBRAS.pdfPliego · 8 sept de 2026 · 3 señales
  • Requerimiento.pdfSolicitud de compra · 8 sept de 2026
  • Acta de inicio del proceso.pdfInforme pericial · 8 sept de 2026
  • Acta de inicio del proceso.pdfPliego · 8 sept de 2026 · 3 señales
  • PUBLICACION.pngDocumento · 11 sept de 2026

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  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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