La solicitud de propuesta del proceso MINERD-CCC-PEIN-2026-0109 invita a Transporte y Depósito Miguel Ángel Peguero, S.R.L. a presentar oferta para arrendar por un año el inmueble donde funciona la Nave C, en San Cristóbal. Establece un monto total de RD$32,919,819.36, pagadero en 12 mensualidades, y fija como fecha límite de presentación el 17 de septiembre de 2026 a las 13:00. El documento no adjudica el contrato.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La solicitud identifica a una única empresa como destinataria y le pide presentar oferta bajo la modalidad de contratación directa; el portal registra una sola oferta pendiente. El Reglamento establece convocatoria pública para el arrendamiento de inmuebles y contempla selección directa excepcional cuando solo un proveedor pueda satisfacer la necesidad; conviene verificar que esa condición esté sustentada, teniendo en cuenta que otros documentos del proceso identifican a la empresa como propietaria del inmueble.
“Señores: ... TRANSPORTE Y DEPOSITO MIGUEL ANGEL PEGUERO SRL ... Mediante la presente, y en cumplimiento de lo establecido en la Ley núm. 47-25, sobre Contrataciones Públicas, así como en su Reglamento de Aplicación aprobado mediante el Decr” (pág. 2)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 163 · Ley 47-25, art. 78 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 163 — Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal
Artículo 163.- Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal. Los procedimientos de contratación para la adquisición o el arrendamiento de inmuebles para uso estatal deben realizarse cuando concurran, como mínimo, las siguientes condiciones: 1. Necesidad institucional: Que sea necesario un inmueble directamente vinculado con las funciones, programas o servicios institucionales que justifican la contratación. 2. Inexistencia de alternativas: Que no existan alternativas razonables dentro del patrimonio estatal, lo cual debe acreditarse mediante un estudio técnico. 3. Justificación de la contratación: Que se acredite la necesidad de contratar la adquisición o el…
Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción
Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…
El documento enumera documentos obligatorios de la propuesta, pero después indica que la falta de cualquiera de los documentos estandarizados no será motivo de rechazo ni impedirá la evaluación. La diferencia entre requisito exigido y documento cuya ausencia no excluye puede generar incertidumbre sobre qué controles documentales se aplicarán uniformemente.
“1. (Oferta Técnica conforme a las Especificaciones Técnicas indicadas en el apartado 1 del presente documento, No subsanable … Se aclara que, en el evento de que un(a) oferente no presente su oferta en alguno de estos documentos” (págs. 5-6)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas
Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona