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Abriendo la ficha…

Informe justificativo

6. INFORME DE LEVANTAMIENTO DA.DGA.1197-2026-PEIN-0095.pdf

CONTRATACIÓN DEL ALQUILER DE INMUEBLE DONDE SE ALOJA EL CENTRO EDUCATIVO ALTAGRACIA DE LA CRUZ (ESPEJO DEL ALTO DEL NIN), DISTRITO EDUCATIVO 03-01, AZUA. · Ministerio de Educación

Publicado el 7 sept de 2026Fechado el 28 may de 202516 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MINERD-CCC-PEIN-2026-0095

Lo que dice

El informe de avalúo, fechado el 29 de mayo de 2025, declara que busca determinar el valor actual de alquiler del inmueble, pero concluye un valor de mercado de RD$248,997. El proceso convocado el 7 de septiembre de 2026 tiene un estimado de RD$283,200 mensuales durante 24 meses, para un total de RD$6,796,800. El documento también contiene identificaciones distintas de la ubicación y del centro educativo asociado al inmueble.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentosRD$6.8 millones

El avalúo no expresa una renta mensual estimada

Documento del 7 sept 2026 · hace 1 mes

El documento dice que su objetivo es determinar el valor actual de alquiler, pero su resultado es un valor de mercado del inmueble de RD$248,997, sin expresar una renta. El portal registra un alquiler estimado de RD$283,200 mensuales; son magnitudes distintas, por lo que corresponde verificar cómo se sustentó el precio del arrendamiento.

“El objetivo principal de esta valoración es determinar el valor actual de alquiler del inmueble, de manera que el Ministerio cuente con información precisa y actualizada sobre el mismo. … hemos estimado el valor final de este inmueble es a ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Reglamento 52-26, art. 85 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos

Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 85 — Estudios previos

Artículo 85.- Estudios previos. Los estudios previos que sean desarrollados como parte de la planificación contractual de cada institución deben elaborarse por escrito, con la firma de los responsables técnicos, financieros y jurídicos de la institución, y deben formar parte integral del expediente administrativo del procedimiento de contratación. Deben contener, como mínimo, los aspectos establecidos en el artículo 87 de la Ley núm. 47-25. Párrafo. Cuando se produzcan variaciones sustanciales en las condiciones del mercado, del presupuesto o del objeto contractual, los estudios previos deben ser actualizados antes de la publicación del procedimiento.

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

El documento identifica ubicaciones y centros educativos distintos

Documento del 7 sept 2026 · hace 1 mes

Una sección ubica el inmueble en el Distrito Nacional y en los solares 15 y 16, mientras otras lo sitúan en Azua, parcela 2659, y lo identifican como Centro Educativo Jesucristo de Vida. El proceso corresponde al Centro Educativo Altagracia de la Cruz en Azua, por lo que debe verificarse que la valoración corresponda al inmueble arrendado.

“Está ubicado en la urbanización Gacela, en el solar y 16 de la manzana del DC-02, situado en la calle Cayetano Germosén en el Distrito Nacional, República Dominicana. … Nombre del Centro Educativo: LEVANTAMIENTOS DE EDIFICACIONES PARA ALQUI”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Reglamento 52-26, art. 85 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos

Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…

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Reglamento 52-26, artículo 85 — Estudios previos

Artículo 85.- Estudios previos. Los estudios previos que sean desarrollados como parte de la planificación contractual de cada institución deben elaborarse por escrito, con la firma de los responsables técnicos, financieros y jurídicos de la institución, y deben formar parte integral del expediente administrativo del procedimiento de contratación. Deben contener, como mínimo, los aspectos establecidos en el artículo 87 de la Ley núm. 47-25. Párrafo. Cuando se produzcan variaciones sustanciales en las condiciones del mercado, del presupuesto o del objeto contractual, los estudios previos deben ser actualizados antes de la publicación del procedimiento.

ContextoHallazgo en documentos

El avalúo antecede en más de un año a la convocatoria

Documento del 7 sept 2026 · hace 1 mes

La inspección y el informe datan de mayo de 2025, mientras que el proceso se convocó en septiembre de 2026. Como el propio documento se presenta como información sobre el valor actual del alquiler, conviene verificar que sus referencias de mercado y su estimación seguían vigentes al convocarse el proceso.

“Fecha de Inspección 20 de mayo de 2025 | Fecha de Informe 29 de mayo de 2025”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 85 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 85 — Estudios previos

Artículo 85.- Estudios previos. Los estudios previos que sean desarrollados como parte de la planificación contractual de cada institución deben elaborarse por escrito, con la firma de los responsables técnicos, financieros y jurídicos de la institución, y deben formar parte integral del expediente administrativo del procedimiento de contratación. Deben contener, como mínimo, los aspectos establecidos en el artículo 87 de la Ley núm. 47-25. Párrafo. Cuando se produzcan variaciones sustanciales en las condiciones del mercado, del presupuesto o del objeto contractual, los estudios previos deben ser actualizados antes de la publicación del procedimiento.

Texto oficial completo

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Otros documentos del proceso (13)

  • 1. ACTA ADM. NO.169 PEIN-2026-0095.pdfPliego · 7 sept de 2026 · 1 señal
  • 2. ACTA ADM. NO..pdfActa · 7 sept de 2026
  • 3. FICHA TECNICA DA.DGA.1197-2026-PEIN-0095.pdfPliego · 7 sept de 2026 · 1 señal
  • 4. ESTUDIO PREVIO ALQUILERES.pdfEstudio previo · 7 sept de 2026
  • 5. INFORME JUSTIFICATIVO PEIN-2026-0095.pdfInforme justificativo · 7 sept de 2026 · 1 señal
  • 7. CENTRO INFORME DE LEVANTAMIENTO DA.DGA.1197-2026-PEIN-0095.pdfDocumento · 7 sept de 2026
  • FORMULARIO.zipDocumento · 7 sept de 2026
  • MODELO DE CONTRATO.zipContrato · 7 sept de 2026
  • PLIEGO DE CONDICIONES -PEIN-2026-0095.pdfPliego · 7 sept de 2026 · 2 señales
  • DECLARACION JURADA DA.DGA.1197-2026-PEIN-0095.pdfDocumento · 7 sept de 2026
  • DECLARACION JURADA 0095.pdfDocumento · 17 sept de 2026

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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PREVENTIVO PEIN-2026-0095.pdf
Documento · 7 oct de 2026
  • Informe final del portalDocumento · —