El informe mezcla la exclusividad con la excepción de arrendamiento inmobiliario
· hace 1 mes
El encabezado invoca la excepción de bienes o servicios con exclusividad, mientras el cuerpo fundamenta el caso como arrendamiento de inmueble para uso estatal. Además, afirma que no hay alternativas en la zona, pero el artículo 163 del Reglamento requiere acreditar mediante estudio técnico la inexistencia de alternativas razonables dentro del patrimonio estatal y prevé convocatoria pública; conviene verificar qué fundamento y modalidad concreta sostuvieron el procedimiento.
“Informe Justificativo para uso de la excepción de bienes o servicios con exclusividad y contratación de servicios de alquileres para centros educativos, oficinas, naves y/o almacenes para suplir las diferentes necesidades del Ministerio de ” (pág. 1, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 78 · Reglamento 52-26, art. 163 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción
Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…
Reglamento 52-26, artículo 163 — Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal
Artículo 163.- Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal. Los procedimientos de contratación para la adquisición o el arrendamiento de inmuebles para uso estatal deben realizarse cuando concurran, como mínimo, las siguientes condiciones: 1. Necesidad institucional: Que sea necesario un inmueble directamente vinculado con las funciones, programas o servicios institucionales que justifican la contratación. 2. Inexistencia de alternativas: Que no existan alternativas razonables dentro del patrimonio estatal, lo cual debe acreditarse mediante un estudio técnico. 3. Justificación de la contratación: Que se acredite la necesidad de contratar la adquisición o el…
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