El estudio previo, fechado el 16 de julio de 2026, sustenta la contratación por un año de servicios de mecánica preventiva, correctiva y reparaciones mayores para la flotilla del Ministerio de Interior y Policía, con presupuesto total de RD$10,000,000 distribuido en tres lotes. Describe una flotilla de 300 unidades y contempla, además, contingencias para 59 vehículos que aún estarían bajo garantía de fábrica.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Aunque el objeto se identifica como servicio para unidades fuera de cobertura de fábrica, el estudio incluye un esquema de contingencia para 59 vehículos bajo garantía. Conviene verificar cómo se delimitan esos casos y se evita el solapamiento con coberturas o servicios contratados por otras vías.
“Implementar un esquema de contingencia para las 59 unidades bajo garantía (2024-2026) ante exclusiones técnicas o demoras excesivas de los suplidores.” (pág. 4)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
El estudio exige a los oferentes estar al día con sus obligaciones fiscales y de seguridad social. La Ley 47-25 permite que las MIPYMES participen aun con obligaciones pendientes por un período de hasta seis meses, por lo que el requisito formulado sin esa salvedad podría restringir su participación.
“El oferente deberá demostrar que se encuentra habilitado para contratar con el Estado y que cumple con sus obligaciones legales y fiscales vigentes, presentando … Certificación de la Tesorería de la Seguridad Social (tss): Estar al día” (págs. 16-17)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · Reglamento 52-26, art. 223 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones
Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…
Reglamento 52-26, artículo 223 — Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social
Artículo 223.- Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social. De conformidad con lo establecido en la Ley núm. 47-25, las MIPYMES pueden participar en procedimientos de contratación aun cuando no se encuentren al día en sus obligaciones fiscales y de la seguridad social, siempre que el incumplimiento no se haya extendido por un período mayor a seis (6) meses. Párrafo I. A fin de cumplir con esta excepción, el oferente debe presentar certificación de la Dirección General de Impuestos Internos o de la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se haga constar el momento a partir del cual inició el incumplimiento de las obligaciones. Párrafo II. A los fines de este artículo,…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona