La Enmienda I, aprobada mediante el Acta núm. 127-1/2026 y fechada el 31 de agosto de 2026, modifica el criterio de adjudicación por lotes, las condiciones de entrega, el contenido de la oferta económica y el cronograma del proceso MINERD-CCC-LPN-2026-0034. Establece como regla adjudicar un lote por oferente, con una excepción para adjudicar varios; fija entregas totales de hasta 90 días calendario para el lote 1 y de 10 días para los lotes 2, 3 y 4. También indica ofertas vigentes hasta el 17 de diciembre de 2026 y cambia las fechas de evaluación y adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: La presentación por correo o en soporte físico, además del SECP, reduce la centralización y trazabilidad electrónica de los documentos subsanables..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La regla limita la adjudicación a un lote por oferente, pero permite adjudicar más de uno cuando exista la posibilidad de que queden lotes desiertos, sin precisar cómo se determina esa posibilidad ni cómo se aplica el reparto en ese supuesto. La falta de parámetros verificables merece revisión porque puede incidir en la asignación de los lotes.
“A los fines de garantizar mayor oportunidad a los oferentes participantes, se adjudicará un lote por oferente. El orden de adjudicación será del lote 1 al 4 conforme al menor precio ofertado. Sin embargo, excepcionalmente, podrá adjudicarse” (pág. 2)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 114 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 52-26, artículo 114 — Criterios de adjudicación
Artículo 114.- Criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación constituyen las reglas generales a partir de las cuales se entiende una propuesta como la más conveniente. Deben ser establecidos de manera inequívoca en el pliego de condiciones. De conformidad con el contenido de la Ley núm. 47-25, pueden ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor costo atendiendo al…
El cronograma ubica la subsanación de la garantía de seriedad el 5 de octubre, antes de la apertura económica del 26 de octubre y de la notificación de errores económicos prevista para el 2 de noviembre. La secuencia consignada amerita verificar si la fecha está correctamente asignada a esa actividad.
“8. Periodo para subsanar la garantía de seriedad de la oferta (artículo 204 Reglamento núm. 52- 26 … El 5 de octubre del 2026; 12:00 m” (pág. 6)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 87 · Reglamento 52-26, art. 204 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 87 — Cronograma de actividades y plazos
Artículo 87.- Cronograma de actividades y plazos. El pliego de condiciones aprobado para un procedimiento de selección de proveedores debe incluir un cronograma de actividades con los plazos y fechas límites para las distintas actuaciones, tomando en cuenta las condiciones temporales previstas por la Ley núm. 47-25 para la presentación de propuestas, aclaraciones, adendas o enmiendas, subsanación y aclaración de ofertas, entre otros aspectos.
Reglamento 52-26, artículo 204 — Subsanación de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 204.- Subsanación de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. Si la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta contiene errores materiales o se encuentra emitida en una moneda distinta a la solicitada, puede requerirse al oferente que realice las correcciones necesarias, siguiendo el procedimiento especificado en el pliego de condiciones, sin que el plazo pueda ser inferior a un (1) día hábil ni superior a cinco (5) días hábiles. Párrafo. La oferta del proponente que no subsane la garantía dentro del plazo establecido podrá ser desestimada sin más trámite.
La enmienda fija solo 10 días calendario para entregar totalmente los servicios de esos lotes, a partir de la certificación contractual y el anticipo si aplica. Dado que las fichas del proceso describen renovaciones de licencias, actualizaciones y servicios de ciberseguridad, conviene verificar si ese plazo es operativamente realizable por una pluralidad de proveedores.
“2,3,4 Los servicios deberán ser entregados de forma total en un periodo no mayor a 10 días, calendarios a partir de la certificación del contrato ante la contraloría General de la Republica y el pago por concepto de avance o anticipo (si ap” (pág. 3)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El portal indica que el proceso no es por lotes, mientras la enmienda regula expresamente la adjudicación de los lotes 1 a 4. Puede tratarse de un metadato desactualizado o incorrecto; conviene verificar que la información pública del proceso refleje la estructura aplicable.
“El orden de adjudicación será del lote 1 al 4 conforme al menor precio ofertado.” (pág. 2)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 83 · Ley 47-25, art. 179 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 83 — Lotificación
Artículo 83.- Lotificación. Para todas las contrataciones establecidas en la presente ley, tratándose de bienes, servicios y obras individualizables, los procedimientos podrán realizarse por lotes, cuando, de conformidad con los estudios previos, se haya identificado tal posibilidad, de manera que, sin afectar el interés público, se busque la inclusión de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES). Párrafo.- Los pliegos de condiciones, en el caso previsto en este artículo, deberán haber establecido los lotes a adjudicar y la posibilidad o no de hacer adjudicaciones parciales, según la naturaleza de la contratación a realizar.
Ley 47-25, artículo 179 — Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas
Artículo 179.- Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. Se crea e instituye el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas como herramienta tecnológica oficial y obligatoria para la implementación, gestión, monitoreo y control de los procedimientos de contratación pública, desde la planificación hasta el pago y liquidación de los contratos. Párrafo I.- A través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas deberá gestionarse y difundirse toda la información relativa a cada una de las etapas de los procedimientos de contratación pública, con excepción de aquella considerada como reservada. Párrafo II.- El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas deberá contar con…
Cambios que introduce (4)
Sección
Antes
Después
Efecto
10.1 Criterio de adjudicaciónAsignación de lotes por oferente
Criterio del pliego original; su texto no se reproduce en esta enmienda.
Regla de un lote por oferente, asignados del lote 1 al 4 según el menor precio; excepcionalmente se permite adjudicar más de uno si existe posibilidad de lotes desiertos.
Endurece
6 Entregas a requerimientoPlazos de entrega
Condición anterior del pliego; no reproducida en esta enmienda.
Entrega total en máximo 90 días calendario para el lote 1 y 10 días calendario para los lotes 2, 3 y 4, contados desde la certificación del contrato y el pago del anticipo, si aplica.
Endurece
10.2 Contenido de la oferta económicaPrecio, vigencia y garantía de seriedad
Contenido anterior del pliego; no reproducido en esta enmienda.
Precio en RD$, expresado con dos decimales; oferta vigente hasta el 17/12/2026; garantía de seriedad del 1% y vigencia mínima de 98 días, con excepción para MIPYMES; detalla supuestos no subsanables.
Aclara
19 Cronograma de actividadesFechas y medios para subsanaciones
El pliego original programaba la adjudicación para el 15/10/2026, según el resumen del proceso; los demás términos previos no se reproducen en la enmienda.
La enmienda programa la adjudicación para el 16/11/2026 y permite presentar documentos subsanables por SECP, correo institucional o entrega física.
RelajaQuita un control: La presentación por correo o en soporte físico, además del SECP, reduce la centralización y trazabilidad electrónica de los documentos subsanables.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona