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Pliego · Acta 02-2026

1- Acta simple.pdf

Construcción y Mejoramiento de la Infraestructura peatonal y del Drenaje Pluvial en: Carretera La Isabela · Junta Municipal de Pantoja

Publicado el 3 sept de 20264 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso JMP-DAF-CM-2026-0001

Lo que dice

El Acto Administrativo de Inicio de Expediente núm. 02-2026 aprueba iniciar el procedimiento de Contratación Menor JMP-DAF-CM-2026-0001 para construir y mejorar la infraestructura peatonal y el drenaje pluvial de la Carretera La Isabela, junto con el cronograma y las especificaciones técnicas. Designa tres peritos y ordena publicar la convocatoria en los portales de la DGCP y de la Junta Municipal; el acta menciona solicitudes y trámites de julio y agosto de 2026, pero no consigna su propia fecha.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

El comité actúa en la aprobación de una contratación menor

Documento del 3 sept 2026 · hace 1 mes

El acta atribuye al Comité la aprobación del inicio del procedimiento y la designación de los peritos. La Ley asigna la gestión de la contratación menor a la Dirección Administrativa en coordinación con la Jurídica, previa autorización de la máxima autoridad; el Reglamento también exceptúa estas contrataciones de la competencia del Comité y atribuye a la Dirección Administrativa y Financiera la designación de peritos. Conviene verificar cómo se documentaron esas actuaciones en el expediente.

“PRIMERO: APROBAR COMO AL EFECTO APRUEBA, solicitud elaborada por el encargado de Obras Públicas de la JMP. Cronograma de actividades e iniciar el procedimiento de Contratación Menor denominado JMP-DAF-CM-2026-0001… SEGUNDO: DESIGNAR COMO AL”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 68 · Reglamento 52-26, art. 14 · Reglamento 52-26, art. 91 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 68 — Competencia para la organización, gestión y ejecución

Artículo 68.- Competencia para la organización, gestión y ejecución. La competencia para la organización, gestión y ejecución de los procedimientos de selección previstos en los artículos 60, 62, 63, 64, 65, 66 y 67 de la presente ley, se distribuirá de la forma siguiente: 1) Para los procedimientos de licitación pública, licitación pública abreviada, subasta inversa, sorteo de obras y contratación simplificada, serán competentes los Comités de Contrataciones Públicas de las instituciones contratantes; 2) Para el procedimiento de contratación menor será competente la Dirección Administrativa en coordinación con la Dirección Jurídica, o las unidades equivalentes, previa autorización de la…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 14 — Comités de Contrataciones Públicas

Artículo 14.- Comités de Contrataciones Públicas. Órgano colegiado responsable de conducir las deliberaciones y decisiones esenciales dentro de los procedimientos de contratación, con excepción de la contratación menor y la contratación directa sujeta a umbral. Los Comités de Contrataciones Públicas desarrollan las funciones establecidas en la Ley núm. 47-25 y en este reglamento, y se integran de conformidad con lo dispuesto por la ley citada.

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 91 — Formalización de designación y duración de funciones

Artículo 91.- Formalización de designación y duración de funciones. La designación de los peritos debe constar mediante acto administrativo motivado emitido por el Comité de Contrataciones Públicas. Dicho acto debe indicar: 1. Nombres, cargos y perfiles de los peritos designados; 2. Funciones específicas asignadas a cada uno; 3. Declaración de ausencia de conflictos de interés. Párrafo I. En los procedimientos de contratación directa sujeta a umbral y de contratación menor, los peritos son designados por la Dirección Administrativa y Financiera. La designación debe hacerse constar en un acta simple de inicio de procedimiento. Párrafo II. La designación de peritos tiene validez únicamente…

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A revisarHallazgo en documentos

No se identifica representante del área de planificación en el comité

Documento del 3 sept 2026 · hace 1 mes

La integración consignada incluye cargos administrativo-financiero y de tesorería, además de los ámbitos jurídico, municipal y de acceso a la información, pero no identifica al titular o representante de planificación. La composición prevista para los comités locales incluye un representante de planificación; corresponde verificar si existe una designación o integración complementaria en otra pieza del expediente.

“Lic. José Remedios Beltré M. | Administrativo y Financiero | [firma] | Lic. Yananca Benítez Marte | Jurídico | [sello] | [firma] | Lic. Oliver Luis Cuello Díaz | Tesorero | [sello] | [firma] | Sr. Fidel de los Santos | Alcalde Municipal | [”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 197 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 197 — Comités de Contrataciones Públicas Locales

Artículo 197.- Comités de Contrataciones Públicas Locales. Los gobiernos locales contarán con un Comité de Contrataciones Públicas Locales. Será responsabilidad de dicho comité la designación de los peritos que elaborarán las especificaciones técnicas del bien a adquirir y del servicio u obra a contratar, la aprobación de los pliegos de condiciones de la contratación, el procedimiento de selección y la decisión sobre las recomendaciones emitidas por los peritos designados para evaluar las ofertas. Su composición será la siguiente: 1) El alcalde o el director, o a quien estos deleguen su representación; 2) El gerente financiero o, en su defecto, el tesorero municipal; 3) El consultor…

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ContextoHallazgo en documentos

La orden de publicación no menciona los avisos en periódicos

Documento del 3 sept 2026 · hace 1 mes

La instrucción de publicar la convocatoria identifica los portales de la DGCP y de la Junta, pero no menciona la publicación en periódicos impresos nacionales durante dos días consecutivos que establece el artículo 98. El acta no demuestra que esos avisos se hayan omitido en la ejecución; conviene comprobarlo en el expediente y en los registros de publicación.

“TERCERO: ORDENAR COMO AL EFECTO ORDENA, a la unidad operativa de compras y contrataciones del departamento administrativo de esta Junta Municipal de Pantoja JMP. A publicar el aviso o convocatoria relativa al procedimiento por Contratación ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 98 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 98 — Publicidad de la convocatoria

Artículo 98.- Publicidad de la convocatoria. La convocatoria a presentar ofertas en el procedimiento de selección correspondiente deberá generarse a través del portal de la institución contratante, en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en periódicos impresos de circulación nacional durante dos (2) días consecutivos. Párrafo I.- De manera conjunta con la convocatoria, deberá hacerse disponible el pliego de condiciones a través de los medios indicados. Párrafo II.- En los casos que se requiera una convocatoria internacional, deberá adicionalmente, realizarse una publicación a través de medios digitales de difusión internacional orientados al mercado público y otros mecanismos…

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Otros documentos del proceso (10)

  • 2- Certificacion de existencia de fondos.pdfCertificación de fondos · 3 sept de 2026 · 1 señal
  • 3- Solicitud de compra.pdfSolicitud de compra · 3 sept de 2026
  • 4- Estudio Previo.pdfEstudio previo · 4 sept de 2026 · 1 señal
  • 5- Pliego de condiciones.pdfPliego · 4 sept de 2026 · 4 señales
  • 6- Convocatoria.pdfDocumento · 4 sept de 2026
  • 7- Presupuesto.xlsxDocumento · 4 sept de 2026
  • SNCC_D049_Experiencia_contratista.docxDocumento · 4 sept de 2026
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 4 sept de 2026
  • 3- Acta de adjudicación.pdfActa de adjudicación · 25 sept de 2026
  • Informe final del portalDocumento · —

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

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