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Pliego

Esp. Tecnicas - Acueducto.pdf

AMPLIACION ACUEDUCTO MULTIPLE LAS TERRENAS, PROVINCIA SAMANA, ZONA III, SNIP 17234 · Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados

Publicado el 2 sept de 202657 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INAPA-CCC-LPN-2026-0022

Lo que dice

El documento reúne especificaciones técnicas para la ampliación del Acueducto Múltiple Las Terrenas, con requisitos de excavación, relleno, concreto, tuberías, pruebas y supervisión. El portal identifica una licitación pública convocada el 2026-09-02, con monto estimado de RD$1,837,717,816 y estado «Cancelado»; las especificaciones incluyen una referencia al Acueducto de Peravia y criterios técnicos que ameritan revisión.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

Datos contradictorios para tubería de 1,100 mm

Documento del 2 sept 2026 · hace 2 meses

Los cuadros 2.1 y 2.2 asignan valores distintos a la tubería de 1,100 mm: clase 150 frente a K7, y espesores de pared y totales diferentes. La discrepancia puede afectar la determinación del material y la comparación de ofertas para ese componente.

“1,100 / 42 1,130/ 44.50 150 10.4 / 0.41 6 / 0.24 16.4 / 0.65 1,097.2/ 43.20 1,114 … 1,100 / 42 1,130/ 44.50 K7 10.8 / 0.43 6 / 0.24 16.8 / 0.66 1,096.4/ 43.17 1,113.20” (págs. 25-26)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 101 · Ley 47-25, art. 91 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

Texto oficial completo

Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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A revisarHallazgo en documentos

Especificación de arena limitada a un tipo y exclusión de arena fabricada

Documento del 2 sept 2026 · hace 2 meses

Para morteros se exige arena gruesa clasificada «Itabo» y se excluye la arena artificial o fabricada. La restricción de materiales puede reducir las alternativas de suministro y afectar la concurrencia; conviene verificar su necesidad técnica para este proyecto.

“El mortero estará compuesto por 1 parte en volumen de cemento y 3 partes en Volumen de arena gruesa clasificada (Itabo). … Arena artificial o fabricada no se aceptará.” (págs. 15-18)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

A revisarHallazgo en documentos

Parámetro de presión vinculado a otro acueducto

Documento del 2 sept 2026 · hace 2 meses

La sección de homologación de presión para tuberías de hierro dúctil identifica expresamente el «Acueducto de Peravia», aunque el proceso es para Las Terrenas. Esto plantea dudas sobre si los rangos y cálculos referidos corresponden al diseño de esta obra.

“Para el Acueducto de Peravia, los rangos de presión para la tubería suministrada (diámetros de 100mm a 1100mm) se calcularan siguiendo la Norma Internacional ISO 10803.” (pág. 25)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 99 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 99 — Vinculación con los estudios previos y el presupuesto

Artículo 99.- Vinculación con los estudios previos y el presupuesto. El pliego de condiciones debe guardar coherencia directa con los estudios previos, la definición del objeto contractual, la investigación de mercado y la apropiación presupuestaria que respalda la contratación. Párrafo. La institución contratante debe dejar constancia, en el expediente administrativo, de que el pliego ha sido elaborado tomando en cuenta los estudios y datos de mercado, la estimación del valor referencial, los riesgos relevantes y la disponibilidad presupuestaria.

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

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