El Acta núm. MEM-CCC-0108-2026, de 2026-08-26, aprobó por unanimidad el informe económico y adjudicó a CECOMSA, S.R.L. la licitación MEM-CCC-LPN-2026-0008 por RD$36,047,985.02, ITBIS incluidos. El acta registra que fue el único oferente habilitado técnicamente y que, tras una aclaración sobre una diferencia entre 39 computadoras portátiles i5 en la oferta técnica y 36 en la económica, la empresa remitió una oferta económica corregida sin alterar el monto ofertado.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra que la oferta técnica consignaba 39 computadoras portátiles y la económica 36; los peritos solicitaron una oferta económica modificada sin alterar el monto y aceptaron las correcciones. Como la cantidad forma parte de la prestación y el total se mantuvo, conviene verificar si se corrigió un error aritmético o si se modificaron condiciones económicas esenciales antes de adjudicar.
“la empresa deberia enviar la propuesta economica modificada sin alterar el monto ofertado . ... el equipo de peritos procede a revisar los documentos remitidos, confirmando el cumplimiento a cabalidad con todo lo establecido en el pliego de”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · Reglamento 52-26, art. 106 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas
Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…
Reglamento 52-26, artículo 106 — Subsanación y aclaración de ofertas
Artículo 106.- Subsanación y aclaración de ofertas. Las instituciones contratantes deben garantizar que el procedimiento de evaluación preserve la igualdad de trato, la competencia y la transparencia, permitiendo la subsanación o aclaración de documentos, pero sin admitir modificaciones que alteren el contenido esencial de la oferta, su precio o sus condiciones técnicas. Párrafo I. Toda solicitud de subsanación debe realizarse formalmente, mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y el correo electrónico institucional, y notificarse por las vías correspondientes. Párrafo II. El requerimiento debe indicar de manera clara y específica los documentos o informaciones que deben…
El acta consigna que CECOMSA fue el único oferente habilitado técnicamente. El portal registra cinco ofertas, aunque tres aparecen con monto RD$0 y estado «Cargada / Pendiente»; el hecho merece revisar la competencia efectiva y las evaluaciones de las demás propuestas, sin que esta acta permita atribuir la causa de su exclusión.
“Se procede a revisar la documentacion correspondiente a la oferta econdmica sometida por el zinico oferente habilitado tecnicamente, con elfin de verificar el contenido de sn oferta econdmica”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
CECOMSA, S.R.L.El Comité aprobó por unanimidad el informe de evaluación económica y adjudicó el procedimiento; el acta consigna que cumplía con el pliego.
Adjudicado
Proceso único; nueve ítems
RD$36,047,985
Otros documentos del proceso (39)
SOLICI~1.PDFSolicitud de compra · 9 jun de 2026 · 1 señal
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona