La Enmienda II del proceso MEM-CCC-LPN-2026-0008, fechada el 14 de julio de 2026, establece que la adjudicación se hará por menor precio económico entre las ofertas que cumplan previamente los requisitos técnicos del pliego. También consigna que, si se presenta una sola oferta, podrá adjudicarse si cumple el pliego y resulta conveniente para la institución.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Criterios de adjudicaciónRegla para seleccionar la oferta adjudicataria | Se tomarían en cuenta los factores económicos y técnicos más favorables, sin precisar una regla de comparación. | Se adjudicará a la oferta de menor precio económico entre las ofertas técnicas que hayan cumplido todo lo solicitado en el pliego. | Aclara |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona