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Reconsideración

ANEXO 06 .pdf

Construcción De Puente Peatonal En El Malecón Playa Gringo, Municipio Bajos de Haina, Provincia San Cristobal · Comité Ejecutor de Infraesctrutura de Zona Turísticas

Publicado el 1 sept de 20268 páginasEn el mensaje «RECURSO SE IMPUGNACION»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CEIZTUR-DAF-CM-2026-0040

Lo que dice

El fragmento de las especificaciones técnicas fija un presupuesto base de RD$10,100,000.01 y un plazo de ejecución de tres meses desde la coordinación con el Departamento de Ingeniería de CEIZTUR. Establece requisitos de experiencia, solvencia financiera y disponibilidad de equipos, además de evaluación técnica y económica bajo criterios de cumplimiento. También prevé revisar ofertas cuyo precio esté más de un 10% por debajo del presupuesto base y permite considerar cronogramas de hasta quince días adicionales.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentosRD$1.5 millones

Requisitos financieros y de experiencia que ameritan revisión de proporcionalidad

Documento del 1 sept 2026 · hace 1 mes

El pliego exige experiencia en proyectos de alcance similar cuya suma alcance el presupuesto base y una línea de crédito equivalente al 15% para personas jurídicas o al 10% para MIPYMES. Conviene verificar que la acumulación de estos requisitos sea proporcional a la obra y no restrinja innecesariamente la concurrencia.

“Una (01) Certificación Bancaria en original debidamente firmada y sellada (fecha no mayor a un (1) mes), dirigida al Comité Ejecutor de Infraestructuras de Zonas turísticas (CEIZTUR) con aprobación de una línea de crédito equivalente al 10%”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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A revisarHallazgo en documentos

Exclusión por contratos activos y adjudicaciones en otros procesos

Documento del 1 sept 2026 · hace 1 mes

El pliego excluye a quien tenga más de un contrato activo con CEIZTUR y dispone la descalificación automática si resulta adjudicatario en otro proceso antes de la adjudicación definitiva de este. Son restricciones a la participación basadas en la cartera contractual con la institución; conviene verificar su proporcionalidad y aplicación uniforme respecto de la capacidad real de ejecución.

“En virtud del principio de Participación, que rige las contrataciones públicas en el marco de la Ley número 47-25 sobre Contrataciones Públicas, y dar mayor posibilidad y participación de otros oferentes, no podrán participar en este proces”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

ContextoHallazgo en documentosRD$9.1 millones

Oferta adjudicada apenas por debajo del umbral de precio del pliego

Documento del 1 sept 2026 · hace 1 mes

Según el acta de adjudicación resumida entre los documentos del proceso, G. A. Morillo & Asociados fue adjudicada por RD$9,089,972.41, unos RD$27.60 por debajo del 90% del presupuesto base de RD$10,100,000.01. El pliego prevé que ofertas inferiores en más de un 10% puedan ser consideradas no sustentables; la proximidad al límite hace pertinente verificar cómo se aplicó ese criterio, sin que este fragmento establezca el resultado de esa revisión.

“Si el precio de la oferta es inferior en más de un 10% en relación al presupuesto base, se considerará no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación y la oferta podrá ser objeto de desca”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 123 · Reglamento 52-26, art. 124 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 123 — Exclusiones por ofertas temerarias

Artículo 123.- Exclusiones por ofertas temerarias. Para considerar la posibilidad de una oferta temeraria o económicamente no sustentable, por presentar un precio o costo anormalmente bajo frente al objeto de la contratación, esta debe superar la diferencia porcentual a la baja prevista en el pliego de condiciones con relación al presupuesto base del procedimiento de contratación. Párrafo. La Dirección General de Contrataciones Públicas debe emitir manuales, instructivos y guías para identificar ofertas temerarias o económicamente no sustentables por presentar precios anormalmente bajos.

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 124 — Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias

Artículo 124.- Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias. En caso de que se haya identificado la posibilidad de una oferta temeraria o económicamente no sustentable, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación, es decir, el Comité de Contrataciones Públicas o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, previo a proceder a la exclusión de la oferta por considerarse presuntamente anormalmente baja, debe agotar las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

ContextoHallazgo en documentos

Margen de quince días adicionales frente al plazo base de ejecución

Documento del 1 sept 2026 · hace 1 mes

La convocatoria fija tres meses de ejecución, pero el pliego permite considerar para evaluación cronogramas que excedan ese plazo hasta en quince días. La relación entre ese margen y el plazo contractual de tres meses merece aclaración para asegurar que las ofertas se comparen con una misma duración de ejecución.

“La Convocatoria al Proceso se hace sobre la base de un plazo para la ejecución de los trabajos de tres (3) meses, contados a partir de la coordinación de los trabajos con el Departamento de Ingeniería CEIZTUR. … solo podrá ser considerado p”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

Otros documentos del proceso (27)

  • ANEXO 19- MODELO DE REFERENCIA ANALISIS DE COSTOS.pdfDocumento · 12 oct de 2022
  • Modelo Contrato de Obra.pdfContrato · 2 jun de 2026
  • Compromiso Etico Oferentes.pdfDocumento · 5 ago de 2026
  • Acta de inicio de proceso CM-40.pdfPliego · 6 ago de 2026 · 1 señal
  • Autorizacion MAE. CM-40.pdfActa · 6 ago de 2026
  • CERT. SNIP 17447.pdfDocumento · 6 ago de 2026
  • Compromiso Etico Administrativo CM-40.pdfDocumento · 6 ago de 2026
  • convocatoria General CM-40.pdfDocumento · 6 ago de 2026
  • Convocatoria visita CM-40.pdfDocumento · 6 ago de 2026
  • Especificacion Tecnicas CM-40.pdfPliego · 6 ago de 2026 · 1 señal
  • Listado de Partida.pdfDocumento · 6 ago de 2026
  • PLANOS~1.PDFDocumento · 6 ago de 2026

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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  • Sol. Aautorizacion MAE.pdfAutorización · 6 ago de 2026
  • Solicitud Compra o Contratacion CM-40.pdfSolicitud de compra · 6 ago de 2026
  • TDR CM-2026-40.pdfPliego · 6 ago de 2026 · 4 señales
  • FORMULARIOS CM-2026-40.zipDocumento · 6 ago de 2026
  • Pasarela de Haina - Listado de partidas.xlsxDocumento · 6 ago de 2026
  • Estudios Previos.pdfEstudio previo · 6 ago de 2026
  • Acta de Adjudicacion.pdfActa de adjudicación · 1 sept de 2026 · 2 señales
  • ANEXO 01 - Circular CEIZTUR-ADM-0607-2026 (20-08-2026).pdfReconsideración · 1 sept de 2026 · 3 señales
  • ANEXO 03 - SNCC.D.049 y anexos (15 folios).pdfReconsideración · 1 sept de 2026 · 2 señales
  • ANEXO 04 - Informe Evaluacion Tecnica Sobre A (28-08-2026).pdfReconsideración · 1 sept de 2026
  • ANEXO 05 - Acta Simple de Adjudicacion (01-09-2026).pdfActa de adjudicación · 1 sept de 2026 · 1 señal
  • ANEXO 07a - Registro Mercantil.pdfReconsideración · 1 sept de 2026
  • ANEXO 07b - Registro de Proveedores del Estado.pdfReconsideración · 1 sept de 2026
  • ANEXO 07c - Cedula representante legal.pdfReconsideración · 1 sept de 2026 · 1 señal
  • Informe final del portalDocumento · —