La ficha técnica del proceso INAVI-CCC-CP-2026-0012 establece cantidades de almuerzos y cenas para días laborables, fines de semana y feriados, y requiere un precio único para esos servicios y un solo lote. El portal registra una convocatoria del 2026-09-01, un presupuesto estimado de RD$5,643,740 y dos ofertas pendientes; una aparece por RD$0 y la otra por RD$5,592,492. La ficha también exige que el proveedor habilite la cocina institucional y suministre equipos y utensilios.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La ficha agrupa en un solo lote la administración de la cafetería y varios tipos de comidas. El portal registra dos ofertas, una pendiente por RD$0 y otra pendiente por RD$5,592,492, frente a 5,278 proveedores notificados; es un indicio para revisar la competencia efectiva, aunque los estados pendientes no confirman ofertas económicas definitivas.
“El Comité de Compras adjudicará UN UNICO LOTE.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Se exige un único precio para almuerzos y cenas, aunque la ficha los desglosa en cuatro categorías con cantidades y componentes mínimos distintos. Conviene verificar cómo se debía comparar el costo de cada prestación y controlar su facturación y entrega bajo ese precio común.
“Nota 1: Su propuesta deberá contemplar un único precio para los tipos de servicios, tanto para los almuerzos como para las cenas.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
La ficha utiliza expresiones generales como «buena calidad» y «alto estándar» sin definir en este texto parámetros verificables para medirlas. Esto puede dificultar la comparación objetiva de propuestas y la comprobación del cumplimiento durante la prestación.
“Nota 2: Su propuesta deberá consistir en: Alimentos de buena calidad, con un menú balanceado y variado, de buena cocción en los mismos; así mismo como suplir todos los días los enseres (platos, servilletas, cuberterías) necesarios, y de Alt”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Oferentes que registra (2)
2 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Mister Sandwich Comidas Y Más, SRLEl portal registra la oferta como cargada y pendiente, por RD$0; el dato no permite tratarla como una oferta económica válida.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona