El pliego del proceso CONANI-CCC-LPN-2026-0003 convoca una licitación pública nacional para adquirir medicamentos, con valor referencial de RD$15,680,275.00 y convocatoria prevista para el 01/09/2026. Establece ofertas económicas para todos los artículos, adjudicación por ítem y entregas mensuales a requerimiento. Incluye requisitos de experiencia, habilitación farmacéutica y garantías, además de cláusulas que deben contrastarse con las reglas aplicables a MIPYMES y con los plazos legales.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Se requieren dos referencias de servicios similares, con soportes documentales, cuya suma de montos ejecutados no sea inferior al 40% del valor del proceso, equivalente a RD$6,272,110. Este umbral puede limitar la participación de proveedores con experiencia pertinente pero de menor escala; corresponde revisar su proporcionalidad con el objeto y el valor de la contratación.
“La sumatoria de los montos ejecutados en las referencias presentadas no podrá ser menor al cuarenta por ciento (40%) del valor total del presente proceso.” (pág. 35)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El pliego pide precios para todos los bienes y, a la vez, prevé adjudicación por ítem. Esa condición puede impedir que proveedores especializados en parte del catálogo participen únicamente en los artículos que pueden suministrar.
“Los oferentes deberan presentar su oferta econ6mica por items para todos y cada uno de los bienes solicitados … La Adjudicaci6n sera por item a favor del C)ferente/Proponente que: 1) Haya sido habilitado para la apertura de su oferta” (págs. 37-46)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El pliego permite que la firma del contrato ocurra hasta 20 días hábiles después de la notificación de la adjudicación. La Ley 47-25 fija un máximo de 10 días hábiles para la suscripción, por lo que el plazo previsto podría prolongar la formalización respecto del límite legal.
“El contrato entre Consejo Nacional Para la Niiez y la Adolescencia y el(la) adjudicatario(a) debera ser suscrito en la fecha que establece el cronograma de actividades del presente pliego de condiciones, el cual no debera ser mayor a” (pág. 53)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios
Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…
Para los pagos parciales, el pliego concede hasta 45 días desde que el proveedor remite las facturas. La Ley 47-25 establece un plazo máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago y se presenta el requerimiento correspondiente.
“este pago se hara en un plazo no mayor de cuarenta … y cinco (45) dias contados a partir de que el proveedor remita a1 supervisor o responsable del contrato las facturas de los bienes entregados” (págs. 55-56)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio
Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…
Aunque el pliego también presenta el marco de la Ley 47-25, su sección general indica que rigen la Ley 340-06 y el Reglamento 416-23, además de mencionar otro objeto y referencia de proceso en otros pasajes. Esta coexistencia de regímenes puede generar incertidumbre sobre las reglas que se aplicarían a actuaciones de evaluación, adjudicación o impugnación.
“En este procedimiento de selecci6n, el contrato y su posterior ejecuci6n/ para la aplicaci6n de la normativa vigente en contrataciones pablicas, su interpretaci6n o resoluci6n de controversias e investigaciones, se aplicara el siguiente” (pág. 9)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 22 · Reglamento 52-26, art. 249 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 22 — Régimen jurídico de la contratación pública
Artículo 22.- Régimen jurídico de la contratación pública. Las contrataciones públicas sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley se regirán por: 1) La Constitución de la República; 2) Tratados y acuerdos internacionales con referencia a temas de contratación pública; 3) Las disposiciones de la presente ley; 4) Los reglamentos de aplicación de la presente ley y sus reglamentos especiales; 5) Las normas, políticas, decisiones u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas en el ámbito de su competencia; 6) Los respectivos pliegos de condiciones del procedimiento y sus enmiendas; y 7) El contrato o la orden de compras o de servicios. Párrafo…
Reglamento 52-26, artículo 249 — Aplicación del reglamento
Artículo 249.- Aplicación del reglamento. Las disposiciones establecidas en el presente reglamento son aplicables únicamente a los procedimientos de contratación que se inicien con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley núm. 47-25, de Contrataciones Públicas. Párrafo I. Sin perjuicio de la vigencia plena y obligatoria de los principios, derechos, obligaciones y requisitos sustantivos establecidos en la Ley núm. 47-25 y en este reglamento, la implementación operativa de los nuevos procedimientos de contratación puede realizarse de manera progresiva, limitada exclusivamente a su incorporación y funcionamiento en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. Párrafo II. En…
El pliego exige garantía de seriedad también a oferentes MIPYME, limitando para ellos el instrumento a una fianza de seguro. La Ley 47-25 dispone que no se requiere garantía de seriedad para MIPYMES, de modo que la cláusula añade una carga de participación para esa categoría.
“P61iza o Garantia Bancaria por un monto equivalente a uno por ciento (1 %) del monto de la oferta a presentar. Si se trata de un oferente certificado como MIPYME solo sera exigida la fianza de seguro” (pág. 38)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES
Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…
El pliego establece una garantía de fiel cumplimiento del 4% para los adjudicatarios, sin indicar la tasa especial del 1% prevista para MIPYMES. Si el adjudicatario pertenece a esa categoría, la exigencia consignada sería superior a la establecida en el Reglamento 52-26.
“Para. poder suscribir eI contrato eI(Ia) o Ios(las) adjudicatarios(as) deberan … garantia de fiel cumplimiento … Flivalente al cuatro por ciento (4 %) del monto de la adjudicaci6n” (págs. 30-52)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 207 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 207 — Monto de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 207.- Monto de la garantía de fiel cumplimiento. El monto de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, orden de compra u orden de servicio debe ser equivalente al cuatro por ciento (4 %) del monto de la adjudicación. Si con posterioridad a la firma del contrato se genera una modificación, el adjudicatario debe ajustar la garantía para que esta sea proporcional al nuevo monto establecido. Párrafo. Para las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), el monto de la garantía de fiel cumplimiento es equivalente al uno por ciento (1 %) del monto de la adjudicación. En caso de modificación posterior del monto contractual, la garantía debe ajustarse conforme a lo previsto en este…
El pliego prevé un anticipo de 20% para adjudicatarios MIPYME, pagadero hasta 45 días después de la firma y contra garantía. La Ley 47-25 establece un anticipo de 30% con la suscripción del contrato u orden, sin necesidad de factura; la diferencia puede afectar el flujo de caja previsto para estas empresas.
“El anticipo que Ie sera otorgado al(Ia) adjudicatario(a) como parte de las condiciones de [>ago, previstas en el numeral 11 de esta secci6n, que asciende a un 20% al/los oferentes/s … como MIPYMES, se hara en un plazo no mayor de” (pág. 54)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
Se exige a los oferentes una acreditación de servicios de farmacias de alta complejidad del sector privado, no subsanable, para un suministro amplio de medicamentos. El pliego no vincula esa acreditación a medicamentos o prestaciones específicos, por lo que conviene verificar su proporcionalidad y alcance competitivo.
“Credenciales de habilitaci6n y acreditaci6n de servicios de farmacias de alta complejidad deI sector privado por parte del Ministerio de Salud P6blica y Asistencia Social (NO SUBSANABLE” (pág. 35)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona