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Abriendo la ficha…

Informe justificativo

INFORME_JUSTIFICATIVO_SUBASTA_INVERSA_SI-2026-0002_signed.pdf

ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLE (GASOIL REGULAR) PARA SER UTILIZADO EN EDEESTE LOCALIDAD MONTE PLATA · Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, S.A.

Publicado el 31 ago de 20264 páginasEn el mensaje «Informe justificativo de la selección de la modalidad Subasta Inversa para la ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLE (GASOIL REGULAR) PARA SER UTILIZADO EN EDEESTE LOCALIDAD MONTE PLATA. REF.: EDEESTE-CCC-SI-2026-0002»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso EDEESTE-CCC-SI-2026-0002

Lo que dice

El informe técnico justificativo sostiene que el gasoil regular es un bien común y estandarizado y concluye que procede utilizar la subasta inversa electrónica para el proceso EDEESTE-CCC-SI-2026-0002. Indica que el lote de Monte Plata del proceso convocado en 2025 fue declarado desierto y que la proyección para este nuevo suministro es de 2,000 galones mensuales durante 36 meses. No consta en el informe una fecha de emisión ni un número de acta.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

A revisarHallazgo en documentos

Criterios citados podrían exceder la comparación por precio de la subasta

Documento del 31 ago 2026 · hace 1 mes

El informe enumera capacidad logística, tiempo de respuesta, disponibilidad y cobertura como variables para comparar ofertas, además del descuento. La subasta inversa se basa en lances de precio y adjudicación al menor precio; conviene verificar que esas variables se utilicen como requisitos técnicos objetivos y no como criterios adicionales de puntuación o adjudicación.

“Verificado el cumplimiento de las especificaciones técnicas, las ofertas pueden compararse mediante criterios objetivos tales como … Porcentaje de descuento ofertado. • Capacidad logística de distribución” (págs. 2-3)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 63 · Ley 47-25, art. 121 · Reglamento 52-26, art. 139 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 63 — Subasta inversa

Artículo 63.- Subasta inversa. La subasta inversa es el procedimiento de selección que podrá utilizarse para contratación de bienes comunes y estandarizados, en el cual los oferentes realizan propuestas en el plazo establecido en la presente ley, reduciendo el precio inicialmente ofertado en valores o porcentajes mínimos mediante puja electrónica a través del Sistema Electrónico de las Contrataciones Públicas o a través de subasta presencial ante la institución contratante. Párrafo.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley determinarán el procedimiento y mecanismo aplicable para la realización de la subasta inversa, garantizando que sea de manera pública, transparente y en igualdad…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 121 — Menor precio

Artículo 121.- Menor precio. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir del menor precio, la institución contratante deberá evaluar en primer lugar la oferta técnica “Sobre A” bajo el criterio cumple o no cumple, y solo aquellas propuestas que cumplan con todos los criterios establecidos, serán habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I.- La oferta más conveniente será aquella que luego de haber cumplido todo lo técnico, presente el menor precio. Párrafo II.- Para el procedimiento de contratación mediante subasta inversa, siempre será considerada como propuesta más conveniente la de menor precio ofertado.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 139 — Condiciones de la puja electrónica y adjudicación

Artículo 139.- Condiciones de la puja electrónica y adjudicación. Solo pueden participar en la puja electrónica aquellos oferentes cuya propuesta técnica y económica inicial hayan sido habilitadas por cumplir con lo establecido en el pliego de condiciones. Párrafo I. Para la puja se requiere que al menos dos oferentes hayan sido habilitados y estén conectados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas, conforme al día y la hora prevista en el cronograma de actividades. Párrafo II. Debe adjudicarse al oferente que haya presentado el menor precio dentro del tiempo de la puja. Párrafo III. Si solo existiese un oferente conectado con una oferta inicial presentada, la institución puede…

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ContextoHallazgo en documentosRD$11.8 millones

Una sola oferta registrada frente a la pluralidad de mercado afirmada

Documento del 31 ago 2026 · hace 1 mes

El informe afirma que existen múltiples proveedores, mientras que el portal registra una oferta de PETROMOVIL, S.A. (RD$11,844,000), con estado cargada/pendiente, y el proceso figura cancelado. La diferencia no demuestra por sí sola falta de competencia, pero es un dato útil para revisar la participación efectiva y el momento de la cancelación.

“El mercado nacional dispone de múltiples proveedores habilitados para el suministro de combustibles, lo que garantiza condiciones adecuadas de competencia, amplia participación y disponibilidad para satisfacer la demanda pública.” (pág. 3)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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Otros documentos del proceso (24)

  • 02. Informe-SI-2026-0002-GASOIL Monte Plata.pdfDocumento · 10 ago de 2026
  • 01. Requerimiento-SI-2026-0002-GASOIL Monte plata.pdfDocumento · 10 ago de 2026
  • 03. Ficha técnica-SI-2026-0002-GASOIL Monte Plata.pdfPliego · 10 ago de 2026 · 2 señales
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  • DECLARACION JURADA LIBRE DE COLUSION (Personas Jurídicas).docxDocumento · 10 ago de 2026
  • declaracion-sencilla-persona-juridica.docx

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

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Documento · 10 ago de 2026
  • DO1_CDOC_3338273_Codigo-de-Etica-EDEESTE-1.pdfDocumento · 10 ago de 2026
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