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Informe de evaluación

INFORME PREVIO Y JUSTIFICACION.pdf

Construcción de 3 obras en el Distrito Municipal De Quita Sueño · Junta del Distrito Municipal de Quita Sueño

Publicado el 27 ago de 2026Fechado el 23 ago de 202612 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso JDMQS-DAF-CM-2026-0001

Lo que dice

El informe, fechado el 24 de agosto de 2026, justifica e recomienda aprobar el pliego del proceso JDMQS-DAF-CM-2026-0001 para ejecutar tres obras en lotes independientes, con presupuesto estimado total de RD$6,260,026.47. Propone reservar la participación a MIPYMES locales, limitar cada oferente a un solo lote y establecer requisitos técnicos, financieros y de respaldo de costos para las ofertas.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

Marcas comerciales y cotizaciones de proveedores autorizados

Documento del 27 ago 2026 · hace 1 mes

El informe indica que el pliego exige especificar marcas comerciales y presentar cotizaciones de proveedores autorizados para ciertos insumos. La exigencia puede restringir las alternativas de suministro; el documento no explica por qué no bastarían descripciones técnicas objetivas o cotizaciones sin marca.

“Para materiales clave que representen más del 10% del costo de la obra (como hormigón f'c=210 kg/cm2, acero de refuerzo, o caliche), los proponentes deben especificar marcas comerciales y anexar cotizaciones escritas de proveedores autoriza”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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A revisarHallazgo en documentos

Restricción a presentar oferta para un solo lote

Documento del 27 ago 2026 · hace 1 mes

El informe consigna una regla que impide a cada oferente postularse a más de uno de los tres lotes, aunque estos se evalúan y adjudican independientemente. La limitación puede reducir la competencia por lote al excluir ofertas de proveedores que podrían ejecutar más de una obra; conviene verificar su justificación y proporcionalidad.

“Al dividir el presupuesto global de RD$ 6.2M en tres lotes más pequeños (de RD$ 1.7M, RD$ 900K y RD$ 3.6M), y al fijar la regla estricta de que 'un oferente solo puede postularse y ser adjudicado en un único lote', el Comité de Compras de l”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 83 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 83 — Lotificación

Artículo 83.- Lotificación. Para todas las contrataciones establecidas en la presente ley, tratándose de bienes, servicios y obras individualizables, los procedimientos podrán realizarse por lotes, cuando, de conformidad con los estudios previos, se haya identificado tal posibilidad, de manera que, sin afectar el interés público, se busque la inclusión de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES). Párrafo.- Los pliegos de condiciones, en el caso previsto en este artículo, deberán haber establecido los lotes a adjudicar y la posibilidad o no de hacer adjudicaciones parciales, según la naturaleza de la contratación a realizar.

A revisarHallazgo en documentos

Alcance territorial de la reserva descrito de forma discordante

Documento del 27 ago 2026 · hace 1 mes

El estudio presenta la búsqueda de proveedores como abierta a la provincia Sánchez Ramírez, con preferencia por Cotuí y sus distritos, pero concluye que la participación se restringe exclusivamente a Cotuí y sus distritos. La diferencia puede alterar quién resulta elegible y requiere verificar que el análisis de mercado sustente la delimitación territorial más estrecha.

“• Ámbito Geográfico: Domiciliados en la Provincia Sánchez Ramírez, con preferencia comercial activa registrada en el Municipio de Cotuí o sus Distritos Municipales, incluyendo Quitasueño. … Por lo tanto, se declara como COMPLETAMENTE LEGAL ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 173 · Reglamento 52-26, art. 224 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 173 — Domicilio local de los proveedores

Artículo 173.- Domicilio local de los proveedores. En las contrataciones destinadas para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se establecerá la condición a los proveedores interesados que tengan fijados, domicilio en el distrito municipal, municipio, provincia o región en la que se vayan a suministrar los bienes, prestar los servicios o ejecutar las obras. Párrafo I.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley establecerán los criterios para determinar el domicilio del proveedor. Párrafo II.- Solo en caso de no existir oferentes locales calificados en el distrito municipal, municipio, provincia o región que puedan satisfacer el objeto contractual, se podrá contratar las…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 224 — Domicilio local de los proveedores

Artículo 224.- Domicilio local de los proveedores. Para los fines del artículo 173 de la Ley núm. 47-25, el domicilio del proveedor MIPYME debe determinarse atendiendo a criterios de presencia efectiva y capacidad operativa en la demarcación territorial correspondiente, los cuales podrán acreditarse, de manera alternativa, mediante: 1. Sede principal, sucursal, oficina operativa o establecimiento registrado en la demarcación donde se ejecutará la contratación; 2. Capacidad comprobada de prestación del servicio o suministro en la zona, atendiendo a la naturaleza del objeto contractual, la logística necesaria y los tiempos de respuesta requeridos; 3. Relación comercial previa y verificable en…

Otros documentos del proceso (20)

  • ACTA DE DESIGNACION DE PERITO.pdfInforme pericial · 27 ago de 2026 · 1 señal
  • ACTA DE APROBACION DE LAS BASES DE CONTRATACION.pdfPliego · 27 ago de 2026 · 1 señal
  • CERTIFICACION EXISTENCIA DE FINDOS.pdfCertificación de fondos · 27 ago de 2026 · 1 señal
  • PLIEGO DE CONDICIONES.pdfPliego · 27 ago de 2026 · 9 señales
  • SOLICITUD COMPRA O CONTRATACION (1).pdfSolicitud de compra · 27 ago de 2026 · 1 señal
  • 01-CAPILLA SAN ARNULFO ROMERO-A.pdfDocumento · 27 ago de 2026
  • Anexo formato analisis de costo.pdfDocumento · 27 ago de 2026
  • Lote 1 Remodelacion Capilla.pdfDocumento · 27 ago de 2026
  • Lote 2 Recostruccion del muro aproche.pdfDocumento · 27 ago de 2026
  • Lote 3 Aceras y contenes.pdfDocumento · 27 ago de 2026
  • MURO DE CONTENCION DETALLES.pdfDocumento · 27 ago de 2026

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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PLANTILLA CONTEN.pdfDocumento · 27 ago de 2026
  • AUTORIZACION INICIO PROCESO.pdfAutorización · 27 ago de 2026
  • SOLICITUD COMPRA O CONTRATACION (2).pdfSolicitud de compra · 27 ago de 2026
  • Acta de Adjudicacion del proceso.pdfActa de adjudicación · 14 sept de 2026 · 2 señales
  • Informe final del portalDocumento · —
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