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Abriendo la ficha…

Pliego

pliego la terminación de 8 edificios en Batey 8.pdf

Terminación de (8) Edificios de (4) Apartamentos cada uno, ubicados en el Distrito Municipal de Batey (8) Municipio Cristóbal, Prov. Independencia · Instituto para el desarrollo del Suroeste

Publicado el 27 ago de 202656 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INDESUR-DAF-CM-2026-0021

Lo que dice

El pliego de agosto de 2026 fija la contratación menor, en lote único, para terminar ocho edificios de cuatro apartamentos cada uno en Batey 8, con presupuesto referencial de RD$26,674,352.05 y plazo de ejecución de 12 meses. Establece la recepción de ofertas para el 11 de septiembre de 2026 y prevé evaluación técnica y económica con adjudicación por mayor puntaje. El portal registra una oferta de RD$24,006,981, aún pendiente.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentosRD$5.3 millones

Línea de crédito exigida por 20% de la oferta

Documento del 27 ago 2026 · hace 1 mes

El pliego exige una línea de crédito equivalente al 20% del valor ofertado; tomando el presupuesto referencial como referencia, representa aproximadamente RD$5,334,870.41. Junto con los índices financieros y referencias bancarias y comerciales, es un requisito de capacidad financiera que merece revisión de proporcionalidad para esta obra y de su aplicación uniforme.

“Presentar línea de crédito correspondiente al 20% del valor ofertado.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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A revisarHallazgo en documentos

El pliego prevé presentar y abrir juntas las ofertas técnica y económica

Documento del 27 ago 2026 · hace 1 mes

El pliego dispone un único sobre con ambas ofertas y señala que se abren el mismo día. Esto contrasta con la separación de ofertas y la apertura económica posterior a la evaluación técnica previstas en la Ley, y puede debilitar la confidencialidad del precio durante la evaluación técnica.

“Para las ofertas presentadas en formato papel los (las) oferentes presentarán un único sobre, contentivo de la oferta técnica y la oferta económica que se denominará … por tratarse de una contratación menor las Propuestas Técnicas y”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 106 · Ley 47-25, art. 113 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 106 — División de las propuestas

Artículo 106.- División de las propuestas. Las propuestas deberán contener una oferta técnica y una oferta económica. Párrafo I.- Las ofertas deberán presentarse por separado a través de los medios indicados en la presente ley y bajo las medidas tendentes a garantizar su confidencialidad. Párrafo II.- Cuando las propuestas sean presentadas en físico, la oferta técnica y la oferta económica deberán presentarse mediante sobres sellados y separados. Párrafo III.- Se deberá garantizar la encriptación de las ofertas presentadas a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 113 — Apertura de ofertas

Artículo 113.- Apertura de ofertas. Las ofertas deberán abrirse en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones o en sus alcances sobre prórrogas, en el lugar y con las formalidades que se hayan indicado; debiendo ser agotado el procedimiento siguiente: 1) Una vez agotado el horario de recepción de las ofertas, deberán abrirse las ofertas técnicas o “Sobres A” en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones; 2) El acto de apertura se llevará a cabo por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, según corresponda, y en presencia de notario público, quien se limitará a certificarlo. El acto será público para todo aquel…

A revisarHallazgo en documentos

Metodología técnica contiene instrucciones de evaluación incompatibles

Documento del 27 ago 2026 · hace 1 mes

El pliego indica tanto que toda la documentación técnica es habilitante bajo cumple/no cumple como que esos documentos se puntúan; además, combina esas reglas con un mínimo de 49 puntos. La falta de una delimitación clara de qué requisitos habilitan y cuáles se puntúan puede producir evaluaciones no uniformes.

“En la metodología de evaluación CUMPLE/NO CUMPLE, todos los documentos referidos en el “documentación técnica” se convierten en habilitantes y obligatorios de la oferta y deberán ser cumplidos totalmente para que los oferentes puedan”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 115 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 115 — Metodología de evaluación

Artículo 115.- Metodología de evaluación. Las ofertas pueden ser evaluadas bajo las siguientes metodologías: 1. Metodología cumple/no cumple, en la que se establecen criterios mínimos que deben ser acreditados por las ofertas técnicas o económicas presentadas. 2. Metodología de puntaje, en la que se establecen criterios mínimos y máximos a los que se les asigna una puntuación considerada como proporcional de acuerdo con el nivel alcanzado. En este tipo de metodología es necesario desglosar todas las puntuaciones que pueden ser asignadas a cada requisito exigido. 3. Metodología combinada, que consiste en la aplicación tanto del método cumple/no cumple como del puntaje para la evaluación de…

A revisarHallazgo en documentos

Código de actividad del RPE aparece como preferido y también obligatorio

Documento del 27 ago 2026 · hace 1 mes

En la descripción del objeto, la actividad 30220000 se presenta como preferible; en los requisitos legales se exige que conste en el RPE. Esa diferencia puede afectar la elegibilidad de empresas de construcción cuya actividad registrada sea pertinente al objeto, pero no figure bajo ese código específico.

“por lo que los oferentes deberán tener preferiblemente las actividades comerciales “Familia … Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 91 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…

ContextoHallazgo en documentosRD$24 millones

El portal registra una sola oferta pese a un número elevado de notificaciones

Documento del 27 ago 2026 · hace 1 mes

Según el portal, hay una sola oferta registrada y 37,537 proveedores notificados. Este dato no demuestra por sí solo una restricción de competencia, pero la participación efectiva merece verificarse frente al mercado y al alcance de la obra.

“Con el objetivo de seleccionar proveedores o empresas del Estado que se encarguen de ejecutar la obra mencionada anteriormente.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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ContextoHallazgo en documentos

Retenciones de pago descritas con bases que pueden superponerse

Documento del 27 ago 2026 · hace 1 mes

El pliego prevé una retención del 5% de cada pago y también retenciones del 10% y 5% del costo de la obra para supervisión, sin precisar claramente cómo se relacionan entre sí ni si se acumulan. La ambigüedad puede afectar la estimación de flujo de caja y la comparabilidad económica de las ofertas.

“El Instituto para el Desarrollo del Suroeste (INDESUR) podrá retener un cinco por ciento (5%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Ley 47-25, art. 135 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Ley 47-25, artículo 135 — Contenido mínimo de los contratos

Artículo 135.- Contenido mínimo de los contratos. Para ser considerados válidos, los contratos deberán tener el siguiente contenido mínimo: 1) Identificación de las partes contratantes; 2) Acreditación de la calidad de los suscribientes a los fines de la formalización del contrato; 3) Antecedentes de la contratación; 4) Definición del objeto contractual y tipo de contrato; 5) La duración del contrato, la fecha de inicio de su ejecución, el cronograma de entrega o prestaciones y la posibilidad de prórrogas a la duración; 6) La determinación del riesgo previsible y el esquema bajo el cual estará distribuido entre las partes; 7) El precio cierto o el modo de determinarlo, los criterios para el…

Oferentes que registra (1)

1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Constructora Morel Arias, SRLEl portal registra la oferta como cargada/pendiente; no consta adjudicación ni decisión de habilitación en el pliego.MencionadoLote únicoRD$24,006,981

Otros documentos del proceso (21)

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  • SNCC_F037_Personal_Oferente (3) (1) (1).docxDocumento · 26 ago de 2026
  • SNCC_F036_Equipos_Oferente (3) (1) (1).docxDocumento · 26 ago de 2026
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta (11) (1) (1) (1).docxDocumento · 26 ago de 2026
  • SNCC_F033_Of_Economica (11) (1) (1) (1).docxDocumento · 26 ago de 2026
  • SNCC_D049_Experiencia_contratista (4) (1) (1).docxDocumento · 26 ago de 2026
  • SNCC_D045_Curriculo_Personal (3) (1) (1).docxDocumento · 26 ago de 2026
  • SNCC_D044_Enfoque_y_Metodologia (3) (1) (1).docxDocumento · 26 ago de 2026
  • contrato-de-obra corregido (1) (2).docxContrato · 26 ago de 2026
  • compromiso-etico-de-proveedores (7) (1) (1) (1).docxDocumento · 26 ago de 2026
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

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