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Abriendo la ficha…

Informe pericial · Acta CCC-2026-0002

ACTA APROBACION DEL PERITO20260618_17304456.pdf

COMPRA DE TERRENO PARA PROYECTO DE DESCONGESTIONAMIENTO VIAL EN EL CENTRO D ELA CIUDAD DE SAN GREGORIO DE NIGUA · Ayuntamiento Municipal San Gregorio de Nigua

Publicado el 18 jun de 2026Fechado el 17 jun de 20263 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ASGN-CCC-PEPU-2026-0003

Lo que dice

El acta CCC-2026-0002, fechada el 18 de junio de 2026, aprueba el pliego y el cronograma para comprar terrenos mediante la excepción de proveedor único, y designa a un perito. El acta identifica repetidamente el procedimiento como AMSGN-CCC-PEPU-2026-0001, mientras que el proceso del portal y el pliego corresponden al 2026-0003; no consigna ofertas, adjudicación ni monto.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

A revisarHallazgo en documentos

Designa un solo perito para el procedimiento

Documento del 18 jun 2026 · hace 4 meses

El acta nombra a un único perito para una excepción por proveedor único. La regla general exige al menos tres peritos —legal, financiero y técnico— y limita la designación de uno a los procedimientos de contratación menor y directa sujeta a umbral.

“al ING. José A. Ruiz Nova, Encargado de obras municipales en condición de perito por el AMSGN.” (pág. 1, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 90 · Reglamento 52-26, art. 89 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 90 — Designación de peritos

Artículo 90.- Designación de peritos. Para cada procedimiento de contratación, la institución contratante deberá designar los peritos que participarán en la elaboración de las especificaciones técnicas y la evaluación de las propuestas. Párrafo I.- Con excepción del procedimiento de contratación menor, deberán designarse un mínimo de tres (3) peritos: uno (1} legal, uno (1) financiero y uno (1) técnico, procurando siempre que el número total de peritos sea impar. Párrafo II.- Los reglamentos de aplicación a de la presente ley, las normas, instructivos y políticas adoptadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas, regulará los mecanismos de designación de peritos asegurando la…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 89 — Perfil y cantidad de peritos

Artículo 89.- Perfil y cantidad de peritos. Las instituciones contratantes deben designar como mínimo tres (3) peritos, procurando que el número total sea impar, integrados de la siguiente manera: 1. Un perito técnico, con conocimientos en el objeto de la contratación o en el área del conocimiento que corresponda (ingeniería, salud, tecnología, servicios, etc.); 2. Un perito financiero o económico, responsable de analizar la razonabilidad de precios, presupuestos y sostenibilidad económica de las ofertas; 3. Un perito legal, encargado de verificar la conformidad jurídica de las actuaciones y documentos legales. Párrafo I. En los procedimientos de contratación menor y de contratación directa…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

El acta identifica una referencia distinta a la del proceso

Documento del 18 jun 2026 · hace 4 meses

El acta aprueba y designa peritos para la referencia 2026-0001, pero el proceso del portal y el pliego aportado corresponden a la 2026-0003. La discrepancia amerita verificar que esta aprobación y designación correspondan al procedimiento convocado.

“mediante el Procedimiento de Excepción por Proveedor Único REFERENCIA” (pág. 1, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 95 · Reglamento 52-26, art. 103 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 95 — Aprobación del procedimiento de selección y de los pliegos de condiciones

Artículo 95.- Aprobación del procedimiento de selección y de los pliegos de condiciones. Previo a la publicación de la convocatoria, la institución contratante deberá aprobar, mediante acto administrativo, el procedimiento de selección y los pliegos de condiciones que hayan sido elaborados; el cual dará inicio al procedimiento de selección.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 103 — Aprobación interna del pliego de condiciones

Artículo 103.- Aprobación interna del pliego de condiciones. Previo a la convocatoria del procedimiento de selección de proveedores, el pliego de condiciones debe ser aprobado por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, mediante acto administrativo de la institución contratante, de conformidad con el artículo 95 de la Ley núm. 47-25 y las reglas internas de delegación de competencia que se hayan establecido. Párrafo I. El acto de aprobación debe indicar, como mínimo, el procedimiento de selección de proveedores aprobado, el objeto contractual, el valor referencial y la identificación del pliego de condiciones definitivo que regirá…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a , el asistente legal con IA de República Dominicana.

Otros documentos del proceso (8)

  • SOLICITUD DE COMPRA DE TERRENO DE LA ESQUINA20260618_16303843.pdfSolicitud de compra · 18 jun de 2026 · 1 señal
  • CERTIFICACION DE FONDOS DE COMPRA DE TERRENO DE LA ESQUINA20260618_16315549.pdfCertificación de fondos · 18 jun de 2026 · 1 señal
  • INFORME JUSTIFICATIVO DE TERRENO ESQUINA 20260618_15524796.pdfInforme justificativo · 18 jun de 2026 · 1 señal
  • AUTORIZACION DE COMPRA DE TERRENO DE LA ESQUINA.pdfPliego · 18 jun de 2026 · 1 señal
  • RESOLUCION DEL COMITE DE COMPRAS TERRENO ESQUINA.pdfResolución · 18 jun de 2026
  • DESIGNACION DE PERITO 20260625_16254789.pdfInforme pericial · 26 jun de 2026
  • Solicitud de propuesta excepción contratación directa 9.3.23 (pliego).pdfPliego · 25 ago de 2026 · 3 señales
  • cancelacion de proceso20260827_10292360.pdfDocumento · 28 ago de 2026

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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