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Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES.pdf

CONTRATACIÒN DE SERVICIOS PROFESIONALES DE PERITOS FINANCIEROS EXTERNOS ESPECIALIZADOS EN PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIONES PÙBLICA · Programa de Medicamentos Esenciales

Publicado el 25 ago de 20269 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso PROMESECAL-CCC-PEPS-2026-0001

Lo que dice

El pliego establece una contratación de excepción por selección directa, bajo la modalidad de prestaciones de carácter personalísimo, para dos peritos financieros externos, con presupuesto base de RD$6,000,000 distribuido en dos lotes de RD$3,000,000 cada uno. Fija la convocatoria para el 25 de agosto de 2026 y la recepción de propuestas para el 3 de septiembre de 2026; identifica a Robinson Esteban Segura Féliz y Garibaldi Brito Zapata como los profesionales que prestarían los servicios.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

A revisarHallazgo en documentosRD$6 millones

Elegibilidad delimitada por profesionales previamente identificados

Documento del 25 ago 2026 · hace 1 mes

El pliego vincula la prestación a dos profesionales nombrados y condiciona la adjudicación a que cumplan los requisitos los profesionales invitados. Según el acta de adjudicación resumida en el expediente, Jav Acountax Consulting fue excluida por no corresponder a profesionales previamente identificados; conviene revisar cómo se determinó y comunicó el universo de participantes, pues esta delimitación tuvo un efecto concreto sobre la evaluación.

“Los servicios serán prestados por los señores Robinson Esteban Segura Félix y Garibaldi Brito Zapata, quienes actuarán como profesionales independientes, responsables de emitir informes, análisis, matrices comparativas, opiniones técnicas y”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Formulario de oferta económica clasificado como subsanable

Documento del 25 ago 2026 · hace 1 mes

El pliego incluye el formulario de oferta económica entre la documentación financiera subsanable, sin precisar en esa clasificación los límites de la subsanación. La regla reglamentaria permite subsanar documentos, pero no admite cambios que alteren el contenido esencial, el precio o las condiciones técnicas de la oferta; debe verificarse que esa distinción se aplique en la evaluación.

“Documentación Financiera, Subsanable | 1 | Formulario de Oferta Económica (SNCC.F.033).”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · Reglamento 52-26, art. 106 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas

Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 106 — Subsanación y aclaración de ofertas

Artículo 106.- Subsanación y aclaración de ofertas. Las instituciones contratantes deben garantizar que el procedimiento de evaluación preserve la igualdad de trato, la competencia y la transparencia, permitiendo la subsanación o aclaración de documentos, pero sin admitir modificaciones que alteren el contenido esencial de la oferta, su precio o sus condiciones técnicas. Párrafo I. Toda solicitud de subsanación debe realizarse formalmente, mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y el correo electrónico institucional, y notificarse por las vías correspondientes. Párrafo II. El requerimiento debe indicar de manera clara y específica los documentos o informaciones que deben…

Oferentes que registra (2)

2 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Robinson Esteban Segura FélizProfesional identificado en el pliego como prestador propuesto de los servicios de peritaje financiero externo.MencionadoLote 1RD$3,000,000
Garibaldi Brito ZapataProfesional identificado en el pliego como prestador propuesto de los servicios de peritaje financiero externo.MencionadoLote 2RD$3,000,000

Otros documentos del proceso (12)

  • REQUERIMIENTO.pdfPliego · 25 ago de 2026
  • APROBACIÓN DE FONDOS.pdfDocumento · 25 ago de 2026
  • SOLICITUD DE COMPRAS_001.pdfSolicitud de compra · 25 ago de 2026
  • INFORME PERICIAL.pdfInforme justificativo · 25 ago de 2026 · 1 señal
  • INFORME PERICIAL 2.pdfInforme justificativo · 25 ago de 2026 · 2 señales
  • ACTA DE INICIO.pdfInforme pericial · 25 ago de 2026 · 1 señal
  • FOMULARIO 034.docxDocumento · 25 ago de 2026
  • FOMULARIO 034.docxDocumento · 25 ago de 2026
  • CONTRATO MODELO PERSONALISIMO (2).docxContrato · 25 ago de 2026
  • CONVOCATORIA_001.pdfContrato · 25 ago de 2026
  • ACTA DE ADJUDICACIÓN.pdfActa de adjudicación · 22 sept de 2026 · 2 señales
  • Informe final del portalDocumento · —

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  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

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