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Resolución · Acta 144/2026

ACTO ADMINISTRATIVO.pdf

CONTRATACIÓN DEL ALQUILER DE UN INMUEBLE PARA ALOJAR LA NAVE PARA SALVAGUARDAR LOS EQUIPOS DE LA EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO, SANTO DOMINGO OESTE. · Ministerio de Educación

Publicado el 25 ago de 2026Fechado el 14 jul de 202610 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MINERD-CCC-PEIN-2026-0090

Lo que dice

El Acto Administrativo núm. 144/2026, fechado el 15 de julio de 2026, aprueba el uso e inicio de la excepción para arrendar una nave en Santo Domingo Oeste y designa tres peritos. También ordena convocar y publicar el procedimiento. El texto contradice la aprobación por mayoría con una afirmación de que la decisión no fue aprobada por mayoría debido a la ausencia de un miembro, quien además aparece entre los firmantes.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (1)

A revisarHallazgo en documentos

Contradicción sobre la aprobación por mayoría y la asistencia del miembro

Documento del 25 ago 2026 · hace 2 meses

El acto afirma que la aprobación no fue lograda por mayoría debido a la ausencia de Carlos Federico Ayacx Mercedes, pero luego consigna que las resoluciones fueron aprobadas por mayoría. El mismo miembro figura entre los asistentes y firmantes; aunque el reglamento permite deliberar con quórum sin todos los miembros, la contradicción amerita verificar el acta de votación y la trazabilidad de la decisión.

“Cabe destacar que, al momento de la votación, el señor Carlos Federico Ayacx Mercedes Contreras, Viceministro de Planificación y Desarrollo, miembro del comité, no se encontraba presente, razón por la cual no fue aprobada por mayoría de vot” (pág. 8, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 18 · Reglamento 52-26, art. 18 · Ley 47-25, art. 25 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 18 — Comités de contrataciones públicas

Artículo 18.- Comités de contrataciones públicas. Los comités de contrataciones públicas son órganos deliberativos y decisorios permanentes que conocerán, a lo interno de la estructura organizacional de las instituciones, las contrataciones sometidas al ámbito de aplicación de la presente ley, los cuales tendrán de manera indicativa y no limitativa, las funciones siguientes: 1) Aprobar mediante acto administrativo el procedimiento de selección para contratar y el pliego de condiciones correspondiente; 2) Aprobar mediante resolución motivada el uso de algunas de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección previstos en la presente ley; 3) Aprobar o rechazar el dictamen de…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 18 — Funcionamiento interno y condiciones de deliberación

Artículo 18.- Funcionamiento interno y condiciones de deliberación. Los Comités de Contrataciones Públicas se rigen por las siguientes reglas de funcionamiento interno y condiciones de deliberación: 1. Las convocatorias a reuniones de los Comités de Contrataciones Públicas deben ser realizadas por el presidente, con la asistencia de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas. 2. El personal de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe fungir como secretario, con la responsabilidad de elaborar las actas de las reuniones y asistir en la coordinación de los encuentros. 3. El quórum mínimo para iniciar las reuniones y deliberar es de al menos tres (3) miembros, siendo siempre…

Texto oficial completo

Ley 47-25, artículo 25 — Actos administrativos

Artículo 25.- Actos administrativos. Todos los actos elaborados en el procedimiento de contratación pública deberán ser formalizados y debidamente motivados por las instituciones contratantes, en especial: 1) El acto de aprobación del procedimiento de selección; 2) La aprobación de alguno de los procedimientos de excepción previstos en la presente ley; 3) La aprobación de los pliegos de condiciones; 4) La selección de los peritos; 5) Las adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones, así como las circulares de respuesta o aclaraciones; 6) Los resultados de la evaluación en sus distintas fases; 7) La precalificación y calificación de oferentes; 8) La adjudicación; 9) La decisión de…

Ver todos los detalles →

Oferentes que registra (2)

2 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Cristina Celeste Peña AriasIdentificada como propietaria del inmueble propuesto para arrendamiento; este acto no determina su habilitación ni adjudicación.MencionadoLote único—
Ventura Antonio García SantiagoIdentificado como representante de la propietaria para el arrendamiento; este acto no determina su habilitación ni adjudicación.MencionadoLote único—

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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