La Resolución núm. CCC-210-2026, fechada el 24 de agosto de 2026, aprueba el informe de evaluación económica y adjudica a Agencia de Viajes Milena Tours, S.R.L. la contratación de servicios integrales para eventos institucionales por RD$6,400,000.00. El acta consigna que la empresa cumplió con el pliego y que el monto no excede la apropiación presupuestaria de RD$6,400,000.00.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (16 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento indica que cabe interponer un «recurso de impugnación» ante INDOTEL en diez días hábiles y lo funda en el artículo 208, que regula el recurso jerárquico impropio ante la DGCP contra la decisión de reconsideración. La reconsideración ante el órgano responsable se regula en los artículos 204 y 205; la cita discordante podría generar confusión sobre la vía administrativa aplicable.
“Esta resolución no es definitiva en sede administrativa y contra la misma cabe interponer un recurso de impugnación ante el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) en el plazo de diez (10) días hábiles conforme con el…”
Ley 47-25, artículo 204 — Recurso de reconsideración
Artículo 204.- Recurso de reconsideración. Toda actuación recurrible en virtud de la presente ley deberá, en primer lugar, ser impugnada mediante un recurso de reconsideración ante el órgano responsable del proceso.
Ley 47-25, artículo 205 — Plazo para la interposición del recurso
Artículo 205.- Plazo para la interposición del recurso. El recurso de reconsideración deberá ser presentado en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha en que el acto perfecciona su eficacia, ya sea por su notificación a través de las vías físicas o electrónicas establecidas a esos fines, o mediante su publicación, cuando esta pueda sustituir a la notificación, de conformidad con las reglas previstas en la presente ley.
Ley 47-25, artículo 208 — Plazo para la interposición del recurso
Artículo 208.- Plazo para la interposición del recurso. El recurso jerárquico impropio deberá ser presentado en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha en que la resolución impugnada sea notificada, de conformidad con las mismas reglas aplicables al recurso de reconsideración.
El acta adjudica por RD$6,400,000.00, igual al monto estimado del proceso y a la apropiación presupuestaria. La coincidencia no acredita por sí sola una irregularidad, pero, dado que el portal registra un único oferente, conviene verificar la razonabilidad del precio y el soporte de mercado; la pluralidad limitada ya fue señalada en otro documento del proceso.
“ADJUDICAR al oferente Agencia de Viajes Milena Tours, S.R.L”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 87 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
El acta consigna la adjudicación por RD$6,400,000.00, mientras que los datos del portal suministrados registran la oferta de la empresa en RD$0 y con estado «Cargada / Pendiente»; el contrato del portal sí figura por RD$6,400,000.00. La diferencia puede deberse a un registro incompleto o desactualizado, pero conviene comprobar que la oferta económica y su importe quedaron correctamente incorporados al expediente y al sistema.
“SEGUNDO: ACOGER las recomendaciones contenidas en el informe de evaluación de las ofertas económicas de fecha 19 de agosto de 2026 del procedimiento por contratación simplificada para la organización y la realización de eventos…”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 47 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 47 — Uso y gestión de la información
Artículo 47.- Uso y gestión de la información. Toda información generada o incorporada al Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas tiene validez jurídica y fuerza probatoria, siempre que se produzca conforme a los parámetros de autenticidad, integridad, inalterabilidad y conservación definidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Las instituciones contratantes deben: 1. Registrar oportunamente en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas todas las actuaciones administrativas de los procedimientos de contratación, incluyendo los documentos técnicos, jurídicos y financieros, así como aquellos vinculados a la ejecución y liquidación de los contratos. 2. Mantener…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona