El informe no fundamenta de forma concreta la excepción
· hace 2 meses
El informe explica la necesidad de la campaña y su monto, pero el texto aportado no expone las circunstancias que justificarían apartarse de los procedimientos ordinarios ni demuestra cómo se cumplirían las condiciones de selección directa para publicidad, como contratar directamente con los medios y sin intermediarios. Es un punto a verificar en el expediente completo, pues esos fundamentos podrían constar en otros documentos.
“Por estas razones y otras, hacemos solicitud al Comité de Compras y Contrataciones, la contratación de diversos medios de comunicación (televisión, radio, internet, redes sociales, periódicos, revistas) por un período de dos meses, por un m” (pág. 1, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 79 · Reglamento 52-26, art. 151 · Reglamento 52-26, art. 167 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 79 — Justificación de las excepciones
Artículo 79.- Justificación de las excepciones. El uso de cualquiera de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección deberá estar siempre justificado y debidamente motivado mediante resolución del Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante para aprobar el inicio de su ejecución, previo informes técnicos y jurídicos que motiven y justifiquen su uso. Párrafo.- Los principios rectores de la contratación pública son aplicables a los procedimientos de contratación mediante excepción, de conformidad con la naturaleza y características específicas que correspondan.
Reglamento 52-26, artículo 151 — Justificación de la excepción
Artículo 151.- Justificación de la excepción. El informe justificativo tiene por objeto demostrar la procedencia, necesidad y legalidad del uso de una excepción a los procedimientos ordinarios de selección, garantizando que dicha decisión esté motivada, documentada y aprobada formalmente por el Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante. El informe debe contener, como mínimo, lo siguiente: 1) Identificación de la contratación. a) Nombre o descripción del objeto a contratar. b) Unidad requirente. c) Monto estimado e identificación de la disponibilidad de apropiación presupuestaria, salvo en los casos justificados de emergencia o seguridad nacional. d) Modalidad de…
Reglamento 52-26, artículo 167 — Procedimiento de selección directa para la contratación de publicidad en medios o plataformas de comunicación social y digital
Artículo 167.- Procedimiento de selección directa para la contratación de publicidad en medios o plataformas de comunicación social y digital. La contratación directa de publicidad solo procede bajo las siguientes condiciones: 1. Que la orden de compra o el contrato se emita o se suscriba directamente con el medio de comunicación o la plataforma digital titular del espacio, programa o canal de difusión (prensa, radio, televisión, sitio web, red social, plataforma de streaming, entre otros). 2. Que el medio o la plataforma esté legalmente constituido y registrado ante la autoridad competente, cuando corresponda. 3. Que no exista intermediación comercial, agencias o representantes que…