El Comité del Ministerio de Administración Pública aprobó el informe pericial y adjudicó el proceso MAP-CCC-PEPU-2026-0002 a la Fundación Educativa del Caribe por RD$6,200,000.00, según acta del 20 de agosto de 2026. El acta consigna que la oferta fue recibida el 10 de agosto, mientras que el portal registra la convocatoria el 11 de agosto de 2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta consigna que la oferta se recibió el 10 de agosto de 2026, mientras que el portal registra la publicación de la convocatoria el 11 de agosto. Si la fecha consignada es correcta, la oferta precedió al llamado público; conviene verificar las marcas de tiempo y el expediente electrónico.
“Que. en fecha diez (10) de agosto del año dos mil veintiséis (2026). se recibió la oferta del PROCESO PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN POR EXCEPCIÓN MAP-CCC-PEPU-2026-0002, para la Contratación el recinto que servirá como sede para la realizac”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 98 · Ley 47-25, art. 105 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 98 — Publicidad de la convocatoria
Artículo 98.- Publicidad de la convocatoria. La convocatoria a presentar ofertas en el procedimiento de selección correspondiente deberá generarse a través del portal de la institución contratante, en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en periódicos impresos de circulación nacional durante dos (2) días consecutivos. Párrafo I.- De manera conjunta con la convocatoria, deberá hacerse disponible el pliego de condiciones a través de los medios indicados. Párrafo II.- En los casos que se requiera una convocatoria internacional, deberá adicionalmente, realizarse una publicación a través de medios digitales de difusión internacional orientados al mercado público y otros mecanismos…
Ley 47-25, artículo 105 — Presentación de propuestas
Artículo 105.- Presentación de propuestas. Los oferentes deberán presentar sus propuestas por vía electrónica, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas, o en soporte físico. Párrafo I.- Deberá garantizarse la confidencialidad de las propuestas hasta el momento de su apertura, en la fecha y hora fijado por el pliego de condiciones. Párrafo II.- Las propuestas presentadas fuera del plazo fijado para su recepción se considerarán irrecibibles. Párrafo III.- Al momento de preparar los documentos que conforman sus propuestas técnicas y económicas, los oferentes deberán hacer constar en sus propuestas cuáles informaciones deben ser consideradas como confidenciales, con la…
El acta registra una única oferta, de RD$6,200,000.00, y la adjudica por ese mismo monto; según el portal, coincide también con el monto estimado. Aunque el proceso se tramitó como excepción por proveedor único, la coincidencia y la ausencia de otras ofertas hacen pertinente verificar cómo se sustentó la razonabilidad del precio y la afirmación de adjudicar por calidad y precio.
“I. FUNDACIÓN EDUCATIVA DEL CARIBE RNC: RD$ 6,200.000.00.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 117 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Ley 47-25, artículo 117 — Propuesta más conveniente
Artículo 117.- Propuesta más conveniente. La evaluación de las propuestas procurará que la selección recaiga sobre aquella que resulte más conveniente, entendida como la que constituye una mejor relación calidad-costo, menor costo del ciclo de vida o menor precio, según corresponda de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos. Párrafo.- Por su naturaleza, en los procedimientos de sorteo de obras el criterio determinante de la selección será el azar.
Fundación Educativa del CaribeAdjudicación por RD$6,200,000.00; el acta indica que cumplió con las especificaciones técnicas y que completó la debida diligencia.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona