El Acto Administrativo núm. 64-2026, fechado el 17 de agosto de 2026, valida el informe pericial y adjudica a Laboratorio Clínico Patria Rivas, S.R.L. el servicio de laboratorio clínico por RD$4,547,400.00, frente a un monto estimado de RD$5,000,000. El acta indica que fue la única oferta económica evaluada y ordena publicar la decisión.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica el 17 de agosto, mientras que el cronograma del pliego prevé hasta el 20 de agosto para aceptar correcciones o responder aclaraciones y hasta el 21 para subsanar la garantía de seriedad. Conviene verificar si esas etapas se cerraron antes de la decisión o si la fecha del acta refleja una modificación formal del cronograma.
“siendo las 3:40 pm del lunes (17) del mes de agosto del año dos mil veintiséis (2026)... RESOLUCIÓN : ADJUDICAR como al efecto ADJUDICA”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 87 · Ley 47-25, art. 112 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 87 — Cronograma de actividades y plazos
Artículo 87.- Cronograma de actividades y plazos. El pliego de condiciones aprobado para un procedimiento de selección de proveedores debe incluir un cronograma de actividades con los plazos y fechas límites para las distintas actuaciones, tomando en cuenta las condiciones temporales previstas por la Ley núm. 47-25 para la presentación de propuestas, aclaraciones, adendas o enmiendas, subsanación y aclaración de ofertas, entre otros aspectos.
Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas
Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…
El acta registra que Patria Rivas fue la única oferta económica evaluada, aunque el portal registra dos ofertas presentadas y 14,516 proveedores notificados. La falta de comparación económica efectiva merece revisión de la concurrencia y de las razones por las que solo un oferente avanzó a esa fase.
“El oferente cumple con el criterio de adjudicación siendo la única oferta económica por un monto de RD$ 4,547,400.00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona